EL PROCESO DE FORMACIÓN DEL ESTADO MODERNO
Enviado por Betzaida1 • 17 de Noviembre de 2016 • Apuntes • 2.233 Palabras (9 Páginas) • 274 Visitas
EL PROCESO DE FORMACIÓN DEL ESTADO MODERNO
INTRODUCCIÓN
Estado, idea de una comunidad organizada en un territorio, no todos los estudiosos manifiestan estar de acuerdo con estos, Estado es toda unidad política superior organizada, elementos estructurales que lo componen poder territorio, población, derecho, etc. Han permanecido y permanecen inmutables desde los primeros tiempos hasta nuestros días. De este modo, concluyen, Ciencias Política y Teoría del Estado se confunden.
El Estado tiene una situación en el espacio y en el tiempo. Su marco es occidental, europeo, nace a fines de la Edad Media, se afianza en el Renacimiento y adquiere su plena forma en el siglo XIX. La praxis de estos Estados está íntimamente ligada con las primeras monarquías en Inglaterra (Enrique VII Tudor) Francia (LUIS XI) y España (Reyes Católicos), en el plano teórico su renacimiento en las figuras de Maquiavelo y Bodino.
Son varios los factores que se van gestando a través de un largo proceso histórico, iniciado por el interés expansivo territorial de los príncipes bajo-medievales.
El Estado tiende a ser el elemento unificador del nuevo desarrollo europeo, el que da forma a las recientes naciones surgidas del Renacimiento, el catalizador de los intereses de la nueva clase burguesa que necesita de un aparato fuerte y centralista que apoye esta acumulación de capital necesaria para hacer efectivo su poder en un determinado momento. Este Príncipe, que encarnará al Estado, terminará siendo el único creador y ejecutor de las leyes por las que deben regirse los ciudadanos. "del ius incertum de la sociedad medieval, donde cada derecho era obra de quien orientaba el poder, se pasa ahora al ius certum de la ley general y pública, hecha por todos y dirigida a todos".
Mientras que para unos lo importante es destacar la búsqueda del bien común, para Heller y Marx Weber, lo que debe preocuparnos es resaltar el medio en que se desarrolla este Estado. Jellinek y Kelsen, identifican la Teoría del Estado de ambos en un análisis cinentífico-positivo con valor en el mismo.
Platón, Aristóteles y el cristianismo, concibieron el Estado como un organismo ético-espiral en su forma interna y natural en su forma externa. El cristianismo, siguiendo las doctrinas de San Pablo, hizo suya la concepción organicista, no es sino la unión en el corpus mysticum Chirsti. En el mundo moderno la concepción organicista no se ha extinguido.
En oposición a esta teoría organicista del Estado, el "iusnaturalismo" de los siglos XVII y XVIII, sitúa al individuo por delante del Estado, ya que aquél es anterior a éste en su existencia y formación. El Estado se concibe como una suma de individuos, creado para que cuide de sus intereses particulares. Su característica principal es la no intervención. En este sentido, Hobbes, Locke y Kant fueron sus más conspicuis representantes.
La Escuela de Viena aporta a la naturaleza del Estado la idea de que éste debe reducirse a un normativismo jurídico, a una mera abstracción. Lo que caracteriza al Estado es su permanencia, su inmutabilidad. Al convertir al Estado en un sistema de normas jurídicas, prescindiendo del entorno histórico-social, le priva de su propia sustantividad y lo reduce a simple Derecho. Una vez que hemos establecido la normativa jurídica del Estado en abstracto, podemos conocer la naturaleza de cualquier Estado, al margen del espacio, del tiempo o de las personas. Este planteamiento doctrinal tuvo que soportar duras críticas, pues se pensaba que la Teoría del Estado no debe considerarse como generalización, pues la realidad estatal que conforma la convivencia política no puede captarse con patrones formales, valederos para todos los tiempos y lugares de modo fijo y permanente.
El siglo XX, ha mostrado una pérdida de interés por la búsqueda de una abstracción del Estado como una forma de vida humano-social, en palabras definitorias de Heller, significa que el Estado "es una formación real histórica que hay que comprenderlo y explicarlo mediante la interpretación de la conexión de actividad histórico-social No se trata, de reducir a pura Historia a devenir, sino de encontrar la "estructura de este Estado en el devenir".
Si esto fuese así, se verían afectados los aspectos normativos del Estado, el peligro de reducir toda Teoría de Estado a una Sociología, estaríamos ante un "sincretismo metódico" que restablece la generalidad y la heterogeneidad de la investigación científica. Desde que Jellinek entrevió la posibilidad de distinguir en el estudio del Estado dos caras, Teoría social del Estado y Teoría Jurídica, este punto de vista se ha visto ampliado por la posición de Hans Nawiasky, que sostiene la inexistencia de un "triple objeto de la Teoría General del Estado": Teoría jurídica del Estado, Teoría social del Estado y Teoría ideológica del Estado.
II.- EL ORDEN POLÍTICO MEDIEVAL
La filosofía, madre del saber constantes "especialidades" del saber. Una de ellas, la ciencia política, empieza a dar sus primeros pasos, aunque su bautizo no llegue hasta el siglo XVI con la figura de Maquiavelo.
La importancia política del Bajo Medievo consistió en saber liberar el poder temporal de las ataduras religiosas, por un lado, por otro, se produjo un extraordinario florecimiento, el modelo de Príncipe medieval excluía el despotismo, puesto que él debía ser el intérprete de la razón y de la justicia, entre la ley natural y la positiva y debía tender hacia el provecho común.
Dos pensadores, Juan de Jandún y Marsilio de Padua, por un lado, y dos "romanistas", Bartolo y Baldo, por otro, iniciaron todo esta proceso.
Juan de Jandún y Marsilio de Padua tomaron parte en la disputa clásica que aún sobrevivía en el siglo XVI, entre el Papa y el Emperador, por la supremacía del poder temporal. Señalar que el Papa debe limitar su esfera de acción al campo de la fe y de la moral, Dios es el creador del Estado también fue el creador del orden natural, por eso el gobierno del Rey, que representa a este Estado, viene de Dios, pero también del pueblo, de ningún modo del Papa.
Este obstáculo iba a ser salvado por Marsilio de Padua, siguiendo las pautas mercadas por el pensamiento y la filosofía de Guillermo de Ockam.
Partiendo del principio de que la Naturaleza no necesita de la metafísica para poder explicar sus propias leyes, Marsilio desarrolla su propia noción de ley que afectará también al Derecho. La ley se hace, no se concede. A partir de ahora no basta para que exista Derecho el que tengamos un recto razonamiento de las cosas. La voluntad del pueblo constituye el elemento fundamental de la Ley. Nadie puede estar por encima del legislador y, como este papel corresponde a la comunidad, es claro que la plenitud del poder pertenece al pueblo. El concepto de Justicia se modifica, perdiendo se carácter abstracto, típico de la filosofía. Lo justo es algo relativo y dependiente de la voluntad de las distintas comunidades. En estos momentos el Derecho romano empieza a aplicarse de forma muy distinta a como lo habían hecho los hombres de los siglos XI, XII o XIII, lo que demuestra las múltiples interpretaciones a que podía ser sometido, pero que alcanza su plena expresión con la máxima de Marsilio: "Lo que a todos afecta debe ser aprobado por todos" del terreno político, se han sustraído las tan manoseadas máximas éticas, matices morales o verdades eternas.
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