Teoria de sistemas: Niklas Luhmann.
Enviado por delatorre2324 • 7 de Julio de 2016 • Documentos de Investigación • 3.824 Palabras (16 Páginas) • 581 Visitas
MARCO TEÓRICO
Teoría de Sistema: Niklas Luhmann
Explicar la complejidad y las contingencias de la sociedad en que vivimos fue, sin duda, un gran reto de Niklas Luhmann, sociólogo alemán. La teoría de sistemas fue su principal instrumento para tratar de lograrlo, lo que dentro de mi objeto de estudio estaré abordando de manera significativa en líneas adelante. De modo que mi tema de investigación se abordará dentro de un marco teórico luhmanniano.
G.H. Mead-E. Durkheim Jacobs:
Autores de un cierto cambio de paradigma en el ámbito de la sociología ya que consideran que el vínculo social no se concebiría ya desde los sentidos sino en términos de interacción de sistemas utilizando símbolos universales. E. Durkheim continuador de Hegel y Wundt considera que la realidad social es una conciencia colectiva. Que la vida social son representaciones, es psíquica y un sistema de acciones. Piensa en una sociedad mundial y un sistema único de leyes. Talcott Parsons sigue a Webber y propone ampliar su teoría. Para Parsons los sistemas desempeñan el papel de sujetos de las acciones sociales; no piensa en una sociedad mundial por su complejidad. Así pues, llegamos a Luhmann con los sistemas donde sus acciones sociales se han de entender desde la comunicación del sentido. De modo que en Luhmann el proceso de diferenciación funcional implica el surgimiento de subsistemas como el Derecho, religión, política, etc. Que logran su identidad a partir de las funciones que desempeñan en el sistema global. Así mi tema de estudio tiene que ver con el Derecho, lo cual considero mas adelante.
Niklas Luhmann buscó un nuevo paradigma que explicara la sociedad, lo que indudablemente vio con mucha simpatía, sin duda que tuvo sus diferencias con grandes hombres de la talla de Max Webber, y la sociología comprensiva con la acción social, el sentido y el comportamiento o relación social.
Sin embargo, insistió en encontrar, en su estilo muy particular, un utensilio capaz de explicar la realidad de nuestra sociedad actual, esto es la teoría de sistemas. Este paradigma nos sirve para introducirnos al interior de la realidad de la sociedad en que vivimos mediante sistemas, lo que nos permite seleccionar, como si se tratara de un clasificador, el sistema que queremos considerar, llámese Derecho, Religión, Economía, etc.
Un sistema nos permite hacer una diferenciación entre lo que es y lo que no es, que substituye la relación sujeto-objeto, con ello Luhmann hace la diferenciación sistema-entorno. Luhmann bajo esta forma de diferenciación maneja magistralmente el sistema como el punto de que se trate, mientras que lo demás es el entorno.
Niklas Luhmann no presenta ninguna prioridad, preferencia o inclinación respecto de algún sistema en particular. Tampoco parte de un centro determinado ya que considera que todos los sistemas son importantes al igual que necesarios y determinantes para producir todo lo que necesitan para su manutención, por ello se determinan por la operación autopoiética, es decir, que todo hacer se nutre de sus propios componentes sin tener que acudir a lo externo para su consolidación, pues de su organización obtiene el producto, es decir, de ello mismo, de modo que no se distingue entre el productor y el producto.
La visión de Luhmann es que la propia sociedad produzca y reproduzca sus propios componentes, así como capaz de describir y dar cuenta de sus operaciones realizadas.
Para Luhmann, según su teoría de sistemas, no hay que inmiscuir la condición anímica del individuo para solucionar sus problemas, dado que la sociedad no se compone de acciones sino de comunicaciones. En ese sentido, el Derecho es un sistema de comunicaciones en donde me encuentro con mi objeto de estudio y en donde pretendo demostrar que la ineficacia en el cobro de los alimentos en los divorcios es la consecuencia de no disponer de un marco jurídico adecuado, pues sostengo que el marco jurídico en la zona metropolitana de Guadalajara no protege a los acreedores alimentarios en los divorcios.
Luhmann insiste en describir la realidad, que desde luego se aborda en mi tema de estudio, desde una diferenciación, o sea que no hay que partir desde la unidad sino de la diferencia y en sus resultados tenemos que aceptar la identidad por la diferencia.
A través de mi tema de estudio pretendo contribuir a que se solucione un serio problema social como es la ineficacia en el cobro de los alimentos en los divorcios, que es un serio problema social y por tanto de individuos, los cuales dentro de la teoría de sistemas forman el entorno. Luhmann establece en su teoría de sistemas que es menester no inmiscuir la condición anímica del individuo para solucionar sus problemas dado que “la sociedad no se compone de acciones sino de comunicaciones”, por tanto sì son los individuos los que tenemos que considerar en este estudio, como son los matrimonios, las parejas, los hijos. En ese mismo hilo pensamos que el objeto de nuestra investigación no es para una familia ni para un individuo, sino para la sociedad jaliciense, de entrada, y con trascendencia nacional, por ende tenemos que penetrar a una sociedad de modo sistemático-autopoietico, de modo que sus operaciones llevadas a cabo sean positivas y positivazas en el derecho familiar que forma parte del sistema jurídico jalisciense que les de lineamientos claros y precisos para lograr la eficacia en el cobro de los alimentos en los divorcios.
De esta forma aislamos lo social de tal manera que la realidad aparezca como sistema y el ser humano como entorno de ese sistema. Esto nos permite pensar en la importancia de crear un medio relativamente correcto, de tal suerte que pueda ser dable que la relación sujeto-objeto se pueda sustituir por lo que se ha considerado sistema-entorno. Esto es, si pasamos de esa relación sujeto, que es una madre carente de alimentos y sus hijos y, un objeto, que vienen siendo los alimentos; a un sistema, este es el jurídico y dentro del derecho familiar que lo compone, en el cual encontramos la realidad, que el sistema jurídico en la Zona Metropolitana de Guadalajara no ha garantizado en cobro de los alimentos en los divorcios, esto es una plena realidad, esto es así. El sistema jurídico no protege al entorno que viene a siendo el ser humano. Precisamente, de acuerdo al pensamiento de Luhmann.
El ejercicio del Derecho Familiar como comunicación, en el sentido de Luhmann, consiste en que tendrá que buscarse el equilibrio del sistema jurídico a través de los nutrientes que filtra y distribuye, esto es, que lo autoalimentan y le dan identidad pero también en reducir la complejidad del sistema, logrando mejorar en mucho, la ineficacia en el cobro de los alimentos en los divorcios.
En ese orden de hechos, debo decir que mi objeto de estudio es la ineficacia en el cobro de los alimentos en los divorcios, un tema que es grave en la sociedad jaliciense y sin temor a equivocarme en toda la sociedad mexicana, donde nuestro sistema jurídico no favorece en lo absoluto a los acreedores alimentarios en los divorcios.
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