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ANALICI DE LA TEORIA PURA DEL DERECHO


Enviado por   •  29 de Octubre de 2013  •  2.461 Palabras (10 Páginas)  •  249 Visitas

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Análisis de la teoría pura del DERECHO

Teoría pura del derecho hans Kelsen lo describe como un derecho positivo en general quiere mantenerse como una teoría y limitarse a conocer solo y exclusivamente su objeto y como se forma el derecho es una ciencia y no una política jurídica por la naturaleza y la sociedad por ser un derecho un fenómeno social que regula la conducta del hombre que estudia la sociedad desde distintos puntos por la naturaleza se entiende un orden o sistema la imputación en el pensamiento jurídico Según Kelsen "el derecho es una ordenación normativa del comportamiento humano, es un sistema de normas que regulan el comportamiento", por lo tanto considera a una norma como el sentido de un acto con el cual se ordena o permite y en especial se autoriza un comportamiento. Estas normas son producidas por el órgano legislador, pero también pueden ser producidas consuetudinariamente, es decir, cuando la comunidad establece a la costumbre como un hecho productor de derecho reconocido por el sistema jurídico. Las normas tienen dos características importantes la validez y la eficacia; mediante la validez designamos la existencia específica de una norma, mientras que con la eficacia nos referimos a que la norma sea verdaderamente aplicada y obedecida en los hechos entre las leyes causales las conductas humanas Forman partes del dominio de la naturaleza se encuentran enteramente determinadas por causas por las cuales son efectos como no puede escapar a la naturaleza en la aplicación de la norma sociales a hechos ajenos a la conducta humana establece una relación entre dos actos que emana sea de dos individuos diferentes por último que la sanción presenta por una norma jurídica está condicionada por un acto ilícito pero que ella puede alcanzar a un individuo distinto al actor . Las sanciones dentro de un orden jurídico pueden ser de dos tipos: sanción penal o sanción civil, que son la consecuencia del acto ilícito o delito. Lo ilícito de ninguna manera se presenta como una negación del derecho sino por el contrario es una condición del derecho, pues a partir de ella se puede establecer la sanción y da un orden normativo constituye un sistema social debido a que está en relación con otros hombres pues con sus normas regula el comportamiento humano y además porque la función de todo sistema social es obtener un determinado comportamiento del hombre sujeto a ese orden, es por ello que la moral y el derecho son considerados sistemas sociales. En todo sistema social funciona el principio de retribución, según el cual un determinado comportamiento humano tiene una respuesta que consiste en un premio o una pena, es decir una sanción. Una determinada conducta sólo puede ser considerada jurídicamente ordenada cuando el comportamiento opuesto a ella es la condición de una sanción.. En el objeto de la ciencia del derecho que es una ciencia normativa y no una ciencia de la naturaleza por las cuales es creado y luego aplicado y por lo tanto en validez de la norma no es otra cosa que el modo particular de su existencia considerando desde el punto de vista estático el derecho es solamente un sistema de normas a las cuales los hombres prestan o no conformidad pero aun si un orden jurídico es válido solamente cuando los individuos a los cuales se dirige conforman sus conductas de una manera general a las normas que los constituyen son siempre las normas jurídicas que son las que forman el derecho y no la conductas efectivas de los hombres. El derecho y la moral Junto a las normas jurídicas existen otras normas que regulan el comportamiento de los hombres llamadas normas sociales, estas normas se pueden abarcar bajo el concepto de moral y a la ética como la disciplina encargada de su conocimiento y descripción, ya que la justicia es una exigencia de la moral, la relación que se establece entre el derecho y la moral es la relación entre derecho y justicia.

Se ha tratado de hacer una diferencia entre la moral y el derecho, afirmando que la primera regula conductas internas mientras que el derecho regula

Conductas externas, pero esta distinción no es satisfactoria porque tanto el derecho como la moral determinan ambos tipos de conductas. Sólo podemos reconocer una diferencia entre el derecho y la moral en cuanto a cómo ellos obligan o prohíben una determinada conducta humana. Pues mientras que el derecho como orden coactivo puede establecer sanciones a la conducta opuesta de lo establecida en la norma, la moral como orden social reduce sus sanciones a la aprobación o desaprobación de la conducta del individuo. Kelsen separa el derecho de la moral, pues según este autor, "la validez de un orden jurídico positivo es independiente de su correspondencia o su no correspondencia con cierto sistema moral". Además el autor afirma que una justificación del derecho por parte de la moral es inaceptable porque no existe una única moral, una moral absoluta, sino numerosos sistemas morales que muchas veces son contradictorios; por tanto la ciencia jurídica que sólo tiene que conocer y describir el derecho no tiene por qué justificarlo ni con una moral absoluta ni con una moral relativa.

El deber ser considerado como idea transcendente esta adhesión reciente al positivismo aparece claramente en el concepto de norma bajo el cual se subsume el derecho positivo Qué es el derecho Es un sistema de normas validas que regulan la conducta humana, desde un punto de vista de orden normativo.

¿Por qué una norma es válida? El fundamento de validez de una norma es otra norma, pero esta norma debe ser superior en el orden jerárquico del sistema normativo.

Cómo se establecen normas validas Para el autor, la facultad de establecer normas validas procede de la autoridad competente y reconocida por el orden jurídico vigente.

El estado es un ser jurídico, como tal es sujeto de deberes y facultades. El pensamiento tradicional le atribuye una existencia particular con respecto al derecho. Es decir que tanto el derecho como el estado son seres diferentes. El estado crea su propio derecho siendo éste de existencia anterior, por lo tanto la organización de una sociedad es anterior a la formación del derecho, además como rasgo característico es que el estado utiliza la coacción para justificar su poder en orden jurídico establecido.

El estado tal cual lo conocemos ahora es distinto de las formas de agrupación primitivas, donde la fuente principal de su "derecho" era la costumbre o la ley del talión, el estado como orden jurídico limita su accionar al ámbito de su territorio o al espacio donde su ordenamiento jurídico tenga validez, en cualidad el estado no se diferencia mucho de otros ordenamientos jurídicos para imputar responsabilidades a sus miembros es necesario recurrir a una norma jurídica válida. Una vez superada las formas primitivas

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