Teoria Pura Del Derecho
Enviado por • 1 de Abril de 2013 • 2.907 Palabras (12 Páginas) • 531 Visitas
Antes de empezar me gustaría hablar un poco sobre el autor del libro teoría pura del derecho .el conocido y mencionado señor Hans Kelsen nacido en Praga en 1881 un judío que tuvo que pedir exilio en estados unidos por que fue perseguido por el movimiento nazi en cabeza de Adolfo Hitler cuando estuvieron perseguido a los judíos.
Un dato interesante sobre este eminencia de señor que es calificado como uno de los padres del derecho es que cuando estaba buscando exilio uno de los primeros países al que recurrió fue al nuestro lastimosamente la ignorancia del pueblo colombiano fue tanta que dejamos ir a este señor le rechazaron la solicitud de exilio, luego fue exiliado en estados unidos donde se radico y murió.
Kelsen defendió una visión positivista o ius-positivista que llamó teoría pura del Derecho: un análisis del Derecho como un fenómeno autónomo de consideraciones ideológicas o morales, del cual excluyó cualquier idea de derecho natural.
Al calificarse como teoría pura indica que entiende constituir una ciencia que tenga por único objeto al derecho e ignore todo lo que no responda estrictamente a su definición, el principio fundamental de su método es pues eliminar de la ciencia del derecho todos los elementos que le son extraños
La Teoría Pura del Derecho es una teoría sobre el derecho positivo, que lo que quiere es excluir del conocimiento orientado hacia el derecho, todos aquellos elementos que le son extraños, es por ello que el autor afirma que los acontecimientos fácticos considerados jurídicos tienen dos elementos: el acto perceptible y la significación jurídica, es decir, la significación que ese acontecimiento tiene para el derecho. Este acontecimiento logra su sentido jurídico cuando una norma en su contenido se refiere a él, es decir, cuando el contenido de un suceso fáctico coincide con el contenido de una norma válida.
Según Kelsen "el derecho es una ordenación normativa del comportamiento humano, es un sistema de normas que regulan el comportamiento", por lo tanto considera a una norma como el sentido de un acto con el cual se ordena o permite y en especial se autoriza un comportamiento. Estas normas son producidas por el órgano legislador, pero también pueden ser producidas consuetudinariamente, es decir, cuando la comunidad establece a la costumbre como un hecho productor de derecho reconocido por el sistema jurídico. Las normas tienen dos características importantes la validez y la eficacia; mediante la validez designamos la existencia específica de una norma, mientras que con la eficacia nos referimos a que la norma sea verdaderamente aplicada y obedecida en los hechos.
Derecho y moral aparte de las normas jurídicas existen otras normas que regulan el comportamiento de los hombres llamado normas sociales estas pueden abarcar bajo el concepto de moral y de ética. Se ha tratado de hacer una diferencia entre la moral y el derecho, afirmando que la primera regula conductas internas mientras que el derecho regula conductas externas, pero esta distinción no es satisfactoria porque tanto el derecho como la moral determinan ambos tipos de conductas.
Él autor trata de decirnos que una justificación del derecho por parte de la moral es inaceptable porque no existe una única moral, una moral absoluta, sino numerosos sistemas morales que muchas veces son contradictorios. Hans kelsen consideraba la moral como parte de la justicia como un anexo interconectado con la Justicia (que es uno de los fines del Derecho); así, en el libro dice «en tanto la justicia es una exigencia de la moral, la relación entre moral y derecho queda comprendida en la relación entre justicia y Derecho».
Objeto de la ciencia del derecho luego de ver que la ciencia del derecho es una ciencia normativa y no una ciencia de la naturaleza vamos a definir cual es su objeto particular. Para Kelsen el objeto de la ciencia del derecho son las normas jurídicas, y la conducta humana porque está contenida en dichas normas. Podemos distinguir dos teorías del derecho: la teoría estática, que tiene como objeto el derecho en cuanto sistema de normas con validez, es decir el derecho en su equilibrio; y la teoría dinámica que tiene como objeto el proceso jurídico en el que el derecho se produce y aplica, es decir, el derecho en su movimiento. Desde el punto de vista estático el derecho aparece como un orden social, como un sistema de normas que regulan conductas reciprocas de los hombres, es el acto particular que acompaña a los actos por los cuales son creadas las normas jurídicas.
Hablemos un poco sobre la validez de la norma que es uno de los aspectos más importantes de la teoría pura del derecho Según Kelsen, sólo se puede concebir una norma jurídica válida dentro de un sistema de normas válido.
El jurista se refiere a distintos conceptos de validez de las normas y de los sistemas jurídicos. En primer lugar, que una norma sea válida significa que existe y pertenece a un sistema jurídico particular. En segundo lugar, la validez de las normas depende de un criterio formal no material de tipo procedimental. Es decir, la norma B es válida si y solo si el órgano gubernamental competente y autorizado por la norma A, que tiene una jerarquía superior a la norma B, siguió el procedimiento adecuado y estipulado en la norma A cuando creó a la norma B. En tercer lugar, la validez de un sistema jurídico significa que los individuos se encuentran sujetos a las órdenes y mandatos que las normas de este sistema les imponen. Sin embargo, esta igualación de validez y obligatoriedad.
Kelsen dice que para que la norma pueda tener validez debe de cumplir con cuatro características:
-Concordancia
-Pertenencia
-Procedimiento
-Competencia
Para poder que se ha una norma valida kelsen dice que debe cumplir con esas 4 características; y dentro de un ordenamiento jurídico debe haber jerarquía de normas donde la norma de mayor jerarquía siempre va hacer la constitución y los leyes de menor rango tiene que estar hechas de acuerdo a la constitución. Si son contrarias a la constitución son declarados inconstitucionales o nulas.
Una pregunta que es muy frecuente es quien o que norma le da la el carácter a la constitución de norma de normas o la norma de mayor supremacía en un sistema jurídico, esto también no lo explica el señor kelsen como una norma extra sistemática (por fuera del sistema), supuesta que no está escrita en ningún lado pero se presume su validez de presumirse esta validez se presume que la constitución es válida también.
kelsen tenía un forma muy didáctica de explicar su tesis que es una pirámide del ordenamiento jurídico que la adjuntare a continuación.
Según Hans Kelsen en otro aporte muy interesante en su libro nos habla
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