Análisis Código de Ética del Licenciado en Administración
Enviado por Rosy Mendez Velazquez • 24 de Septiembre de 2020 • Apuntes • 982 Palabras (4 Páginas) • 1.481 Visitas
Análisis
Código de Ética del Licenciado en Administración
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Alumna: Rosa Guadalupe Méndez Velázquez
Maestría en Administración
24 de septiembre 2020
Código de Ética del Licenciado en Administración
Introducción
El código de ética del licenciado en administración es un conjunto de normas que regulan la actividad profesional del Licenciado en Administración, en los diferentes sectores en que se desarrolla, bien sea en las organizaciones y ante la sociedad en el ámbito de su competencia profesional, con base en valores, y principios establecidos por la misma sociedad.
En bien de la profesión y del país los administradores deben considerar en su manera de actuar las normas de conducta de éste Código de Ética, por lo que a continuación se hace análisis por cada uno de los artículos incluidos en los capítulos I,II,III. Que son del artículo 1 al artículo 37.
Capítulo I
De las Normas Generales
Artículo 1. Este código es el que rige la conducta del licenciado en administración en su ejercicio profesional en cualquiera de sus actividades.
Artículo 2. Este código tiene las reglas y las normas que rigen la conducta del licenciado en administración.
Artículo 3. Aunque el licenciado en administración tenga otra profesión deberá regirse con estas normas aparte de las normas de su otra carrera.
Artículo 4. Cuando haya duda sobre este código deberá someterse de acuerdo a los colegios y federación de licenciados en administración.
Artículo 5. Sus conocimientos profesionales deben utilizarse únicamente en labores que cumplan la moral, la ética profesional, responsabilidad social.
Artículo 6. Se debe apegar a los principios de administración, aceptados en el glosario y diccionario nacional de administración que son los documentos que norman las bases conceptuales de la administración.
Artículo 7. En un juicio profesional, el profesional debe ser realista y comprobar los hechos con evidencias.
Artículo 8. Los Informes que emita debe ser resultado de su trabajo o por sus colaboradores supervisado por él.
Artículo 9. Es el responsable de los informes que emita y debe ser validado con su firma.
Artículo 10. Se responsabilizara de los asuntos que sepa tenga capacidad para atenderlos y no aceptara cargos que no pueda atender de acuerdo a su capacidad.
Artículo 11. Sus honorarios será redituado de acuerdo a los labores que desarrolla.
Artículo 12. No realizara comentarios negativos, que perjudiquen la reputación y el prestigio de otro colega.
Artículo 13. Deberá dar buen trato al igual fomentar la educación, capacitación y desarrollo.
Artículo 14. Si existe alguna desviación por algún colega y se tiene las pruebas de acuerdo al establecido en el código de ética, tendrá la obligación de informarla por escrito al Consejo.
Artículo 15. Ofrecerá el trabajo a sus colegas, socios, empelados con su conocimiento de estos.
Artículo 16. Su reputación deberá ser a base a los conocimientos profesionales que el administrador posee.
Artículo 17. No deberá participar como juez de asuntos que afecte su criterio, al personal o empresa.
Artículo 18. Evitará tomar decisiones que perjudiquen al gremio, personal bajo su mando, colaboradores y a la sociedad.
Artículo 19. Evitará el uso de información, procedimientos técnicos de colegas sin su consentimiento por escrito.
Artículo 20. Si se utiliza la información, material o procedimiento de un colega, tendrá obligación de darles el crédito debido.
Capítulo II
De la Responsabilidad en el Ejercicio Profesional
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