Bases Filosoficas Y Organizativas
Enviado por hebeiigr • 17 de Septiembre de 2013 • 3.176 Palabras (13 Páginas) • 359 Visitas
EL CONCEPTO DE EDUCACIÓN Y SUS FINES EN LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Introducción
Tratar el concepto de educación es penetrar a un territorio escarpado y estrecho, desprovisto de fronteras precisas y de señales oportunas. Educación es un concepto distinto de azul uno de los colores fundamentales o león mamífero carnívoro perteneciente a la familia de los félidos o dormir, una actividad fácil de comprobar.
Además, educación pertenece, el género de conceptos cuyo fin se contiene en el mismo concepto. Algo semejante ocurre en buscar y correr. El hombre que encuentra algo perdido o gana una carr¡:>r;¡ no produce p;:;¡da ni alcanza un objetivo distinto de la actividad practicada. Sólo tiene ~xito €:l ella. Logia la nOíma o consigue la met;; interna de la actIvidad que de<>empeña. De maneia semejante, el hombre educado es quien ha logrado bUen éxito en relación con ciertas tareas a las cuales éi y sus maestros se han dedicado durante largo tiempo. Educación se parece a "reforma", la cual no se educe a un solo proceso, pues los hombres pueden reformarse por castigos, por buenos ejempros o por ei cariño y ccmprensiór¡ cleun amigo. De medo parecido, PP.dro puede educarse pro la escuela, por la lectura de libros o por indicacionc$ de sus mayores. Así como encontrar es el resultado de buscar, ser educado lo es de toda una familia de tareas llamadas procesos educativos entre las cuales pueden mencionarse instruir, informar, impartir valores y normas, dar un buen ejemplo, etc.
La ¿omplejidad del vocablo "educación" no termina "a!Ií". También es inseparable de juicios de valor. Si algo se estima como educativo, debe valer la pena. En este aspecto. educación de parece de nuevo a reforma. Sería una contradicción decir: "Juan ha sido educado, pero mas no ha mejorado". Ciertamente, puede hablarse de una educación pobre, cuando una tarea valiosa se estropea. Ahora bien, lo valioso puede incluir distintos logros como el sentido de responsJbilidad, el conocimiento científico, el patriotismo, etc. Se supone también valioso", como sena afirmar: "se ha formado, más no ha mejorado". Ciertamente, puede habl<lfse de una educación pobre, cuando una tarea valiosa se estropea. Ahora bien, :0 valioso puede incluir distintos logros como el sentido de responsabilidad, el conocimiento científico, el patriotismo, etc. Se supone también valioso el modo como se efectúa la educación, el cual excluye al adoctrinamiento y la imposición, impropios por completo de la dignidad dei hombre Como se ve, pues, lo que vale la pena no sólo se refiere a los contenidos de la educación, <;:no también a la forma en que ésta se imparte (Peters, 1987).
Por otra parte, el ser educado o estar educado puede implicar distintos aspectos, tales como poseer el mínimo de habilidades necesarias para ocupar uno su lugar en la sociedad; buscar ulteriur conocimiento; proporcionar a los hombres y mujeres un entrenamiento vocacional que los capacitaría para mantenerse a sí mismos; despertar interés y gusto por el conocimiento; hacer a las personas críticas; o, finalmente, poner a los hombres y mujeres en contacto con los logros culturales y morales de la humanidad y enseñarles a apreciarlos (Q'Connor, 1957)
E')tas consideraciones respecto de la educaCión no son sino el marco para cornent2r el concepto y los fines de la educación en la Ley General de Educación ue 1993.
Digitalizado por: I.S.C. Hèctor Alberto Turrubiartes Cerino
hturrubiartes@beceneslp.edu.mx
BASES FILos6ACAS, LEGALES y ORGANllATlVAS DEL SlmMA EOUCATlVO MEXICANO
El CONCEPTO DE EDUCACIÓN EN LA LGE
La Ley General de Educación trata del concepto de educación en el artículo 2°, párrafo segundo; artículo 7° y sus fracciones de la I a la XII. El artículo 7°. remite al párrafo segundo del artículo 3° constitucional, deiS de marzo de 1993, en el cual aparece la definición de educación: [proceso que]" ... tenderá a desarrollarse armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él. a la vez, el amor a la Patria y la consecuencia de la solidaridad internacional, en la independencia yen la justicia". Estas palabras están tomadas del artículo 3°, primer párrafo, del 30 de diciembre de 1945 (Diario Oficial de la Federación, de igual fecha).
El mismo artículo 2°, segundo párrafo, indica otra definición de educación: "es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determina!1te para la adquisición de conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social". Proceso permanente en dos sentidos: individualmente, la educación dura toda la vida. El hombre siemple debe estar educándose. Y colectivamente, año con año nacen nuevas generación que requieren ser adecuadas. El texto citado fue tomado por la nueva ley del también artículo 2° de la ley Federal de Educación (LFE) de 1973, a la que de ahora en adelante citaremos entre paréntesis para que el lector pueda hacer las comparaciones correspondientes.
los autores disienten sobre si la educación debe contribuir siempre a la transformación, y contestan que la educación tienE' una doble f'Jnción: conseíVadora, pues transmite los principios, normas y valores de una cultura especifica y, símu!táneamente, propone nuevos objetivos de acuerdo
con el progreso tecnológico del país y del mundo (Brubacher, 1969).
Respecto de su función como factor de conocimiento, debe afirmarse que aquélla es primord¡ai para la adquisición de los conocimientos más completos y complicados como los que . comprende una carrera, una maestría y mucho mas un doctorado.
En la otra función, como factor para formar a los hombres en el sentido de solidaridad, la
educación interviene también de modo importante. el hombre tiende de ordinario a ver por sí
independientemente de los demás. Requiere de la educación para adquirir el sentido de la solidaridad,
es decir, la unidad con el grupo que produce la comunidad de intereses, objetivos y normas.
El concepto de educación. según la LGE, implica:
1) Un proceso permanente;
2) Contenidos: conocimientos y valores (criterios); y
3) Un método, de suerte que el educando entienda lo que se le transmite:
En el proceso educatiVo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando
su iniciativa y su sentido de responsabilitiad social para alcanzar los fines a que se refiere el artículo 7°.
(Art. 2°. párrafo tercero).
I
l
Digitalizado por: I.S.C. Hèctor Alberto Turrubiartes Cerino
hturrubiartes@beceneslp.edu.mx
,BLOQUE
...