Celtas Y Germanos
Enviado por mariaflor2013 • 17 de Febrero de 2013 • 356 Palabras (2 Páginas) • 1.292 Visitas
La «gens» entre los celtas y los germanos se describe, igualmente, con arreglo al esquema evolutivo indicado para todo el mundo. Concretamente pasa revista a los bárbaros de Escocia, Gales, Irlanda, Germanos, Rusia, etc., aunque —por fuerza de los datos históricos— debe reconocer que estas sociedades eran monogámicas y patriarcales, como en el caso de Roma se afirma que ello es debido a que se trata de una fase posterior en la que «el derecho materno había sido reemplazado por el derecho paterno» (p. 173). Sobre tal base cualquier dato —por ejemplo la necesidad de un período de siete años para consolidar las nupcias en algunas tribus, o el «ius primae noctis», o el respeto a la mujer, o cualquier otra institución— se interpretará como «un vestigio de la familia punalúa (p. 169), «una reliquia viva de la gens organizada con arreglo al derecho materno» (p. 172), como algo que «nos recuerda los tiempos del derecho materno» (p. 170). Para que la tesis quede indemne se prescinde de datos o conclusiones que pudieran considerarse argumentos en contra; así, por ejemplo, tras analizar los «vestigios» semánticos maternos, cuando un término ofrece dificultades para ser encajado, se ignora: «Sibja (pariente) parece poderse dejar a un lado» (p. 171); o —después de apoyarse en la autoridad científica de Kovalevski— se le desautoriza cuando «pretende que la situación descrita por Tácito suponía, no la comunidad de marca o de localidad, sino la comunidad doméstica; de esta última es de quien, a juicio suyo, saldría más adelante la comunidad local, por efecto de la población» (p. 177); pero esto resulta inaceptable si se quiere mantener la hipótesis de la originalidad del «matrimonio por grupos». Conviene de todas maneras señalar la trivialidad de la conclusión que se persigue en este capítulo (aparte de insistir en negar la «naturalidad» del matrimonio): se busca afirmar algo perfectamente admisible, y que hubiera requerido pequeña argumentación; afirmar que «se acabó la gens el día en que la sociedad salió de los límites dentro de los cuales era suficiente esa constitución» (p. 182) parece cosa incuestionable, sin necesidad de haber inventado o manipulado una serie de pseudo-argumentaciones.
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