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Ciencia Juridica


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2014  •  2.090 Palabras (9 Páginas)  •  145 Visitas

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Tema: “La ciencia jurídica y las nuevas formas de análisis de los modelos jurídicos en la era de la globalización”.

Se considera que el Estado esta sometido a una llamada dialéctica contradictoria, debido precisamente a la globalización la cual genera por una parte su debilitamiento y la natural decadencia, resultado del sometimiento a que lo conduce la globalización misma. Y por otro lado, se construye un Estado soberano e intervencionista y vigorizado. Estas resistencias “coexisten y se entrelazan, se oponen y se refuerzan mutuamente, sin un desenlace que dé la primacía a una sobre la otra”.1

En los países en desarrollo este fenómeno se matiza y permite su visualización, en el sentido en que no existe una efectiva coordinación de un orden legal y económico de los principales actores e intereses sociales, así como políticos del Estado-Nación. Las precarias condiciones de carácter económico, político, jurídico y social, abdican ante las prominentes estrategias con que intervienen los Estados con poder económico, los que en aras de la globalización, allanan la soberanía ejecutando las políticas que exigen este movimiento mundial, y actuando en una dinámica resultante del desplazamiento de capitales que exige alternar los sistemas jurídicos locales, los cuales quedan a expensas de los organismos de carácter mundial y tratados internacionales, para regular los convenios y actividades de orden mundial o regional que en el aspecto económico principalmente trae la globalización. Ante esta situación el Estado en sí, se vuelve más contradictorio y heterogéneo, ya que al interior, se ve como un Estado dependiente y sumiso.

Ahora bien hay quienes consideran que el Estado y su soberanía no están destinados a su extinción; pues la soberanía ha sido siempre de algún modo relativa y limitada, debido al continuo movimiento de intereses que los países capitalistas han desarrollado a través de la historia contemporánea, hecho ante el cual, los Estados han tratado de ejercer su soberanía, desde luego aceptando algunas restricciones y siendo condescendientes con las fuerzas trasnacionales que imperan en la globalización.

Sin embargo, también se han creado en las condiciones que permite el entorno mundial, organismos los cuales dirimen las disputas que a través de un procedimiento arbitral, resuelve como autoridad superior, a los cuales se han comprometido sujetarse, los Estados que a través de acuerdos multinacionales o tratados, así lo han convenido; así tenemos a la Organización de las Naciones Unidas, Corte Internacional de Justicia; entre otros organismos similares.

En este entendido, se tiene a un Estado portador de legitimidad, el cual cuenta con instancias por así decirlo, que van a “protegerlo” de las incidencias que pudiera sufrir ante los embates de la globalización.

Se tiene también en consecuencia que los asuntos de carácter nacional, se convierten mas a la globalización, y así el Estado-Nación, en un complejo desarrollo de este cuento globalizador, ve disminuidas sus jurisdicciones y sus atribuciones. Unas de las características que de fondo en todo este proceso, es que “la globalización económica permea los mercados, en sus aspectos productivos, comerciales y financieros, atravesando los Estados Nacionales.”2

Este análisis permite describir al derecho que en su ánimo regulador, sufre una creciente desintegración en su orden normativo, hacia el interior del Estado-Nación en su estructura social, pues si bien la economía se globaliza, el Estado como órgano rector muestra inconsistencias y se debilita al intentar enfrentar a los órganos de poder privados, “que a través del mercado asumen decisiones autónomas de localización de inversiones, empleos, salarios y precios, etcétera.” 3

Este fenómeno permite destacar un pluralismo jurídico, en el cual se da la lucha por un derecho positivo territorial del Estado que intenta una hegemonía o predominio, a través de:

a) “El derecho internacional a través del cual proliferan los tratados comerciales multilaterales y regionales” 4

b) “Y un incipiente derecho de la producción, generado en el ámbito de los conglomerados trasnacionales, y que en vía mercantil comienza a configurar una nueva Ley mercatoria”.

Atendiendo a la dogmática jurídica, se dice que se ve fragmentada en su racionalidad material y formal, surgiendo un tipo de derecho plural dinámico que reviste de los paradigmas de abstracción del derecho positivo tradicional; así se tiene que el orden jurídico y sus instrumentos propios de un Estado-Nación, en su composición binaria, permitido-prohibido, legal-ilegal, etc.; se constituyen como un orden normativo muy endeble para regular las complejas y múltiples relaciones que origina la globalización en su contexto estrictamente empresarial.

En esta vertiente es exigente adecuar un esquema legal en la dinámica de un pluralismo legal con carácter, internacional creado por los Estados y organismos multilaterales que convengan ajustarse a este nuevo ordenamiento.

Sucumbe la organización del común sistema jurídico colapsando el constitucionalismo y en lo que en un momento se conoció como un equilibrio de poderes creados en estos sistemas, ya no lo son; a pesar de de las dotes de efectividad que mostraba la autoridad del Estado contemporáneo. En consecuencia la globalización que es más de carácter económico genera la

revolución tecnológica y en algunos regímenes como en el caso del este europeo ha traído cambios sustanciales como es el caso de la caída del Muro de Berlín.

En el mismo sentido, se dan otro tipo de rupturas institucionales que han sido fundamentos estructurales en lo jurídico y en lo político, asignaturas que caracterizan el Estado Liberal del siglo XIX y el Estado Social del siglo XX. Lo anterior se significa en los siguientes conceptos:

a) La globalización obliga la internacionalidad de los mercados de insumos, consumo y financiación; reprimiendo las fronteras clásicas geográficamente hablando y limitando la actividad ejecutiva de los Estados Nacionales por cuanto hace a las políticas cambiaria, monetaria y tributaria.

b) El Estado se ve obligado a descentralizar sus obligaciones lo que de alguna manera persuade sus responsabilidades, y privatizando las empresas públicas condicionando a la ilegalidad, lo que hasta entonces había sido su legislación social.

c) Introducción de procesos de integración que son consecuencia de la internacionalización a que es sometido el Estado , y que así de la misma forma se ve obligado a formar parte de bloques regionales y en el mismo sentido a formar parte de los tratados del libre comercio .

d) La territorialidad

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