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Condiciones de la acción


Enviado por   •  26 de Agosto de 2013  •  Informe  •  498 Palabras (2 Páginas)  •  445 Visitas

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Condiciones de la acción

Son requisitos procesales que le da la facultad al juez para que pueda expedir un pronunciamiento valido.

Morales Godo comenta que no se deberían llamar condiciones de acción, porque la acción carece de condiciones, entonces debería llamarse presupuestos materiales.

Legitimidad para obrar.

Es necesaria esta legitimidad para poder plantear una pretensión en el proceso, de tal manera que si una pretensión es planteada por una persona legitimada el juez deberá pronunciar válidamente sobre el conflicto de interés que se le ha sido propuesto.

A la vez es un requisito indispensable para el pronunciamiento de fondo, esto indica que es un requisito para que se ampare la demanda.

Hay diferentes tipos de legitimidad:

• Legitimidad para obrar pasiva

• Legitimidad para obrar actica

• Legitimidad para obrar ordinaria

• Legitimidad para obrar extraordinaria

Interés para obrar.

Es lo sustancial que deben tener las partes que actúan en el proceso, esto quiere decir el motivo o razón porque el sujeto recurre a los entes jurisdiccionales a fin de que sus pretensiones formuladas sean aceptadas, y en el caso del demandado, dar la razón por la cual se opone o contradice tales pretensiones.

La persona que tiene un legítimo interés, es el que ve afectado su derecho, o cuando exista un interés difuso, esto se da cuando la persona agota todos los medios para satisfacer su pretensión, entonces no le queda de otra que recurrir a los órganos jurisdiccionales.

Voluntad de la ley.

Esto señala que toda pretensión debe tener un sustento, es decir debe estar tipificado en el ordenamiento jurídico para tener como un apoyo.

PRESUPUESTOS PROCESALES

Requisitos que tienen que existir con la finalidad de que la relación jurídica sea válida, y el juez emita un pronunciamiento de fondo.

Si el juez declara valido la relación jurídica, sin antes revisar los presupuestos procesales será un acto nulo, para lo cual las partes deberán interponer las excepciones correspondientes al caso

Competencia.

Es la capacidad que se le otorga al juzgador con la finalidad de que resuelva conflictos fijando los límites de la jurisdicción, haciendo más efectiva la administración de justicia

Jurisdicción: El Estado otorga este poder a determinadas instituciones para aplicar el derecho correspondiente a cada conflicto.

Son 4 tipos de competencia:

• Cuantía

• Territorio

• Grado

• Materia

Capacidad procesal.

El sujeto para poder ser capaz procesal debe ejercer por si mismo el derecho, no es lo mismo tener la capacidad para ser parte de un proceso de la capacidad procesal ya que esta es necesario el goce y la capacidad de ejercicio

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