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Cuestionario De Manual De Filosofía Del Derecho


Enviado por   •  22 de Febrero de 2015  •  4.290 Palabras (18 Páginas)  •  284 Visitas

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1. ¿En qué consiste el IUSNATURALISMO y cúales son sus 3 tesis?

Consiste en todas aquellas normas y principios que se derivan de la propia naturaleza y de la razón humana que existen como principios inmutables y universales de un orden cosmológico. Se compromete con la creencia de que existen, por encima de las leyes creadas por el hombre, ciertos principios de derecho natural. Estos principios de moralidad son inmutables y eternos, contrariamente a las leyes humanas que pueden cambiar de una comunidad a otra y de tiempo en tiempo.

Sus tres tesis son:

1) DN1 Existen principios de moralidad eternos y universalmente verdaderos, (leyes naturales)

2) DN2 El contenido de dichos principios es cognoscible por el hombre empleando las herramientas de la razón humana.

3) DN3 Sólo se puede considerar "derecho" (leyes positivas) al conjunto de normas dictadas por los hombres que se encuentren en concordancia con lo que establecen dichos principios

2. ¿En qué consiste el IUSNATURALISMO teológico y cuáles son sus representantes?

Consiste en todos aquellos conceptos que explican que el origen del derecho natural viene de Dios y que las leyes positivas deben derivarse del mismo, sus representantes son los más conspicuos filósofos tomistas entre otros.

Este movimiento filosófico tiene en Santo Tomas su figura cumbre. La escolástica clásica considera al Derecho como objeto particular de una virtud especial: la justicia. Estudia, pues, la justicia como un hábito subjetivo, como una virtud y llama Derecho a su contenido en sentido subjetivo. El derecho, y por tanto la justicia, presupone la vida social a cuya organización se rige. La justicia implica cierta igualdad, como lo demuestra su mismo nombre, pues se dice vulgarmente que se ajustan las cosas que se igualan; y la igualdad se refiere siempre a una relación plural. La justicia no tiene por objeto todo el elemento de la virtud moral, sino solo las acciones exteriores según cierta razón especial del objeto.

San Agustín afirmaba “no parece que sea ley la que justa no fuese “y Tomas de Aquino ratifica:” La ley injusta no es ley sino corrupción de ley” El contenido de la ley natural son los primeros principios prácticos como procurar el bien y evitar el mal (bonum faciendium matum vitandum) que son universales e inmutables, pero también las conclusiones próximas o remotas de tales principios que pueden ser particulares y mudables.

3. ¿En qué consiste el IUSNATURALISMO racionalista cuáles son sus representantes?

Consiste en aquellas teorías que sostienen que el origen de los principios morales se encuentra en la estructura o naturaleza de la razón humana y quienes trataron de axiomatizar esos principios autoevidentes que permitían derivar el resto de las normas. Lo común a todas ellas es que se desarrollan a partir de una teoría moral desde la cual, sostienen, se puede analizar mejor la forma de pensar y actuar en cuestiones jurídicas. La pregunta central a la que se enfrentan es de tipo moral: ¿cuándo estamos obligados a obedecer al derecho y cuando es legítimo desobedecerlo?

Sus principales representantes son los filósofos iluministas.

4. ¿Cuándo estamos obligados a obedecer el derecho y cuándo a desobedecerlo?

Es una pregunta que contiene mucho contenido de juicios morales en un debate entre posiciones naturalistas y positivistas, estamos obligados a obedecer el derecho toda vez que las leyes, que son positivizadas por el hombre con base en las leyes de orden natural mayormente y por ende son consideradas máxime justas y por ende al cumplirlas estamos garantizando que el sistema sea eficaz en alguna forma cuando seamos nosotros quienes necesitemos del derecho. En el caso de desobedecerlo de igual forma tiene en su decisión mucho contenido de juicios morales pero que en el momento propio de decidir tiene una fijación a la conciencia y a las emociones que rigen nuestro pensar ya que creemos firmemente que la ley que tentativamente quebrantaremos es injusta y atropella otros derechos o los derechos de otros.

5. ¿Cuáles son las tesis del IUSPOSITIVISMO?

Si el núcleo de las diversas corrientes iusnaturalistas está constituido por las tres tesis que hemos mencionado anteriormente, se puede definir al positivismo jurídico considerando la posición que asume ante ellas.

Todos los pensadores positivistas se oponen a la tesis DN3 con la que hemos caracterizado al iusnaturalismo. En ella se afirma que sólo se puede considerar “derecho” (leyes positivas) al conjunto de normas dictadas por los hombres que se encuentren en concordancia con lo que establecen los principios de moralidad eternos y universalmente verdaderos cognoscibles por la razón humana (leyes naturales).

En consecuencia, todo pensador para ser considerado positivista debe aceptar la siguiente tesis: (PJ1) La identificación de un conjunto de normas como jurídicas, esto es, como constituyendo un “derecho” o formando parte del “derecho”, no requiere someter a dichas normas a ninguna prueba relacionada con el valor moral de sus contenidos. Se puede dar respuesta a la pregunta “¿Qué es el derecho?” sin necesidad de apelar a propiedades valorativas (sean estas morales o de otro tipo).

En otras palabras, no existe relación conceptual entre derecho y moral (lo que no implica negar la existencia de otro tipo de relaciones entre ellos). Las razones para adoptar esta posición pueden ser de naturaleza muy diversa. Algunas de ellas pueden tener su origen en el rechazo de alguna de las otras dos tesis con las que definimos al iusnaturalismo. Se puede apoyar la tesis PJ1 argumentando que no existen principios morales eternos y universales, esto es, negando la verdad de la tesis DN1. Incluso se podría defender el positivismo mediante la negación conjunta de ambas tesis (DN1 y DN2). Algunos pensadores positivistas han seguido esta senda al justificar sus posiciones, pero muchos otros no. Por eso no parece conveniente definir la corriente apelando a tesis que sólo ciertos representantes están dispuestos a defender.

6. ¿En qué consiste la ventaja metodológica de Hart?

Implica poder distinguir entre el derecho que es y el derecho que debe ser, a los efectos de permitir la crítica moral de las instituciones vigentes.

Dentro de lo que llamamos el mundo del "ser" encontramos la realidad objetiva, es decir, las cosas u objetos materiales e inmateriales, las personas y los seres vivos en general. Fuera de esta realidad del "ser" que es estudiada por la ontología, encontramos una realidad que denominamos la del "deber ser" que es estudiada por la "deontología" y que se ocupa de determinar

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