Derecho Romano
Enviado por SELENNE11 • 25 de Septiembre de 2011 • 522 Palabras (3 Páginas) • 606 Visitas
Introducción
Como sabemos todos los principios son útiles y difíciles nuestra materia de derecho romano se desarrollo en el pueblo romano .
Esta materia es la única que exige a nosotros como estudiantes de derecho conocimientos para comprender textos, axiomas y aforismos que los maestros abogados nos dan a conocer en las demás materias que nosotros como alumnos llevamos nos es frecuente el uso de reglas de derecho y de axiomas. Esta ciencia se encuentra contenida principalmente en el campus iuris y otras instituciones. El derecho del que nosotros vamos a hablar se encuentra contenido en el código civil. Las instituciones que trata este campo de leyes: personas, familias, contratos, obligaciones, etc. Ya que son necesarias para estudiar en nuestra facultad al derecho romano como ciencia ya que es una disciplina jurídica que define las disposiciones de carácter normativo que rigieron al pueblo romano.
Tria iuris praecepto
El derecho objetivo, impone a los seres humanos ciertos deberes para lograr la conveniencia entre ellos en su trato cotidiano.
Este término abarca tres preceptos de derecho:
-Vivir honestamente
-No dañar al prójimo
-Dar a cada uno lo suyo
Margadant: afirma que su formulación de dudosa calidad, cuyos elementos se interfieren… quien lesiona a otro , no vive honestamente… en tanto, en parte otorgamos el valor al expresado por ulpiano ya que aceptamos que los tres preceptos, atañen a toda suerte de normas sociales, a las que es común un mismo principio sobre el obrar pero adquieren significado en el derecho. Los tres conceptos de derecho antes mencionados no pertenecen a la moral como muchos autores afirman, pues son simplemente jurídicos… ya que las leyes sirven para garantizar y guardar las buenas costumbres.
Ius romanum: son las disposiciones de carácter normativo que rigieron a roma desde la función asta el imperio del occidente.
Ius gentium: regulaba las relaciones entre romanos y extranjeros. En época ciceroniana se identifico al ius genitium como el derecho natural, como un conjunto de preceptos jurídicos y éticos dictados por la naturaleza para todos los hombres y pueblos.
Ius honorarium: se basaba en los edictos de los magistrados y respondía al derecho que estos tenían de hacer reglamentos y comunicaciones. Esto permitía adaptar el derecho a las necesidades sociales.
Ius publicum: es el derecho que se refiere a la manera de ser del estado romano. El termino publicus, expresa lo que pertenece al populus, a las civitas o estado.
Ius civil: fue el derecho de la ciudad, preservado privativamente a los cives de roma tubo por fuentes la ley y la costumbre y desde fines de la república, los senadoconsultos.
Ius scriptum y ius non scriptum: se distinguía el derecho en escrito y no escrito, mirando, no a la circunstancia
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