El papel de la justicia en las relaciones personales
Enviado por joseluisx3d • 4 de Abril de 2013 • Ensayo • 435 Palabras (2 Páginas) • 520 Visitas
La justicia tiene como objeto la regulación de las relaciones personales, podemos así inferir que habrá tantos tipos cuantos tipos de relaciones se distingan entre personas: las relaciones entre sí de los particulares, las relaciones de los particulares con el conjunto de la sociedad, y por último, las relaciones de la sociedad con los particulares. En cada una de estas formas son claramente distintos tanto aquello que se debe, como el sujeto que podemos denominar “deudor” y el sujeto “acreedor”, por lo que el deber de justicia se dice de ,amera análoga en cada uno de los casos, y en último asunto, exige un constante ejercicio de la prudencia para conocer adecuadamente la naturaleza de cada una de estas relaciones y juzgar así de lo conveniente en cada caso.
1. La Justicia legal o general: tiene como objeto el bien común, razón por la que hemos dicho regula las relaciones de los particulares con la sociedad. Hay que tener en cuenta que aquello a lo que estamos obligados por ley en relación con los demás, se deriva de la naturaleza del bien común, y no del conjunto de preceptos positivos que se recogen en las leyes y códigos; y nos referimos a la ley natural; ya que, ninguna acción humana puede tener un fin que contradiga al bien común, dado que somos seres sociales y en ningún caso el bien particular puede ir en contra del bien común.
2. La justicia distributiva regula las relaciones del bien común de la sociedad con los particulares. En ningún caso esta forma de justicia obliga a la distribución del bien común –puesto que, o no existiría como tal, o lo reduciríamos a una cuestión sólo material-. Este tipo de justicia obliga a que, en caso de que haya que distribuir un bien común entre los miembros de una sociedad, dicho reparto sea proporcionado a los méritos de los beneficiarios, del mismo modo que la contribución de estos al conjunto ha de ser proporcional a sus posibilidades. Es así como regula simplemente el modo en que se ha de distribuir ese bien común, no la cantidad material del mismo, que compete a la justicia legal.
3. La justicia conmutativa es el compromiso personal de cada uno con el otro; la justicia me obliga a reconocer al otro en cuanto tal otro sin necesidad de que me otorgue nada a cambio. Podríamos decir que, en un cierto sentido, cuando nuestro compromiso personal por la justicia es real no estamos haciendo más que lo que debemos, no es un acto de generosidad, estamos dando a la realidad –personal y social- el valor que merece.
...