Ensayo Derecho Penal
Enviado por mart147 • 14 de Enero de 2014 • 333 Palabras (2 Páginas) • 290 Visitas
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Artículo 32.
-
No hay concurso cuando las conductas constitu
yen un delito
continuado.
CAPÍTULO VII
REINCIDENCIA Y HABITUALIDAD
Artículo 33.
-
Hay reincidencia siempre que el condenado por sentencia ejecutoria,
dictada por cualquier tribunal de la República Mexicana o del extranjero, cometa
otro delito en la enti
dad.
Artículo 34.
-
La condena impuesta en el extranjero o en otra entidad federativa se
tendrá en cuenta si proviniere de algún delito que tenga tal carácter en el Estado.
Artículo 35.
-
Se considerará delincuente habitual quien haya sido condenado,
cuand
o menos, por tres delitos dolosos del mismo género.
Artículo 36.
-
No se aplicarán los artículos anteriores de este capítulo cuando se
trate de delitos que atenten contra la seguridad del Estado o cuando el sujeto
activo haya sido indultado.
CAPÍTULO VII
I
AUTORES, PARTÍCIPES, PANDILLEROS Y ASOCIACIÓN DELICTUOSA
Artículo 37.
-
El autor de un delito puede ser material o intelectual. El primero es
quien físicamente lo ejecuta; el segundo, quien lo planea, induce o compele a otro
a cometerlo.
Artículo 38.
-
Son partícipes del delito quienes:
I. Presten ayuda, cooperación o auxilio en la ejecución del delito, por conducta
anterior o simultánea;
II. Por acuerdo previo auxilien a los autores, después de que éstos hayan
ejecutado el delito; o
III. Sin acuerdo
previo, intervengan con otros en su comisión, cuando no se pueda
precisar el resultado que cada uno produjo.
Artículo 39.
-
Si varios individuos toman parte en la organización de un delito
determinado y alguno de ellos comete un delito distinto sin previo
acuerdo con los
otros, todos serán responsables del nuevo delito, cuando éste sirva de medio
adecuado para cometer el principal o sea consecuencia necesaria o natural del
mismo o de los medios concertados para cometerlo. No será responsable del
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nuevo delit
o quien no haya estado presente en su ejecución, o hubiese hecho
cuanto estaba de su parte para impedirlo.
Artículo 40.
-
La pandilla existe cuando tres o más personas se reúnen habitual,
ocasional o transitoriamente y, aun cuando no estén organizadas espe
cialmente
para cometer actos ilícitos, los ejecuten.
Existe asociación delictuosa cuando tres o más personas se reúnen para cometer,
en forma reiterada, delitos de los tipificados en este código.
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