Kelsen
Enviado por yenniferk14mora • 8 de Noviembre de 2014 • Informe • 298 Palabras (2 Páginas) • 212 Visitas
la filosofía jurídica contemporánea señala: la moral es unilateral, en tanto que el derecho es bilateral; la moral gobierna el ámbito interno, y el derecho es externo;
referencia expresa o tácita a la moral:
a) Según el artículo 16, "no podrán derogarse por convenios particulares las leyes en cuya observancia están interesados el orden y las buenas costumbres";
b) El artículo 1537 se refiere a las condiciones inductivas a hechos ilegales o inmorales;
c) El artículo 1524 define la causa ilícita como la prohibida por la ley, o contraria a las buenas costumbres o al orden público;
d) El artículo 472 autoriza excluír del inventario que debe hacer el guardador al asumir su cargo, los objetos "que fueren conocidamente de ningún valor o utilidad, o que sea necesario destruír con algún fin moral";
e) El artículo 627 consagra como causal de remoción de los guardadores la "conducta inmoral de que pueda resultar daño a las costumbres del pupilo";
f) El artículo 586, ordinal 8o., establece la incapacidad para ser guardadores de "los de mala conducta notoria", pues la "mala conducta" debe valorarse en relación con la moral vigente.
En conclusión: la moral es una realidad social diferente al derecho pero relacionada con éste. Y que, en algunos casos y dentro de ciertos límites, le sirve de sustento.
la moral es una, pero sus manifestaciones cambian en razón de la diversidad de las sociedades en el espacio y en el tiempo.
En resumen: hay siempre una moral social, que es la que prevalece en cada pueblo en su propia circunstancia. Entendida así, la moral no es individual: lo individual es la valoración que cada uno hace de sus actos en relación con la moral social.
No sobra, desde luego, advertir que la costumbre no puede ir contra la ley.
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