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LOS RAZONAMIENTOS VALIDOS E INVALIDOS


Enviado por   •  12 de Octubre de 2011  •  678 Palabras (3 Páginas)  •  5.139 Visitas

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En el desarrollo de esta elaboración textual referida a los Razonamientos inválidos y válidos en el derecho, para tener una definición concreta de estos elementos, tenemos que en sentido amplio, el razonamiento es la facultad humana que permite resolver problemas, conclusiones y aprender de los hechos, estableciendo conexiones causales y lógicas entre ellos. Podemos tener entonces una clasificación de diferentes tipos de razonamiento: el válido y el inválido.

Los elementos del Razonamiento válido están denominados como: Primera premisa, Segunda premisa y Conclusión.

Esto puede ejemplificarse de la siguiente manera:

Primera premisa:

El músico tiene la habilidad de ejecutar un instrumento conforme a las notas del pentagrama.

Segunda Premisa:

De acuerdo con las estadísticas, no todos los líricos interpretan en base a notas musicales.

Conclusión:

Los músicos para denominarse líricos deben ejecutar notas musicales plasmadas en pentagrama.

Entonces el razonamiento es un conjunto de afirmaciones y las premisas son las ideas que se toman de base para el razonamiento y esto en conjunto nos lleva a una deducción que comúnmente es llamada conclusión, donde se aplicó la lógica en relación a las premisas anteriores.

En la implicación o condicional deóntica tenemos dos tipos de clasificación: la externa y la interna, y estos dos elementos, independientemente de su valor, tienen matrices iguales al de la implicación indicativa.

Se encuentra citado en el libro de Metodología Jurídica que “la implicación deóntica simboliza la estructura más común de las normas, la hipotética, es decir, la que regula conducta únicamente en determinados supuestos.” (WITKER VELAZQUEZ & LARIOS VELASCO, 2002)

El precedente de la implicación deóntica representa la configuración del precepto y el consecuente, la resulta legal.

La implicación externa vincula dos operadores deónticos con sus hábitos correspondientes, uno como preexistente y otro como subsiguiente.

Frecuentemente alude a una ley en la cual el supuesto no es un comportamiento ni un tiempo determinado de algún hecho, sino una orden a la que le atribuye otro deber como consecuencia normativa.

Reanudando con la simbología, matriz, en sentido formal, es “el único caso de inexistencia de las obligaciones con implicación deóntica externa en determinado sistema normativo; es que en dicho sistema exista la obligación señalada como antecedente y no exista la obligación indicada como consecuente” (WITKER VELAZQUEZ & LARIOS VELASCO, 2002)

Que exista o no el antecedente en alguna ley, emancipado de la presencia o no de la obligación hacia un ente definido.

“En la lógica de cuantificadores, a las proposiciones universales, no se les denomina

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