La diligencia
Enviado por reposteriamaty • 17 de Marzo de 2012 • Práctica o problema • 565 Palabras (3 Páginas) • 927 Visitas
¿Qué diligencia debe oponer el deudor en caso de incumplimiento de la obligación?
La diligencia que hubiese desplegado un hombre muy cuidadoso, diligente, como el mejor padre de familia.
Efectos del cumplimiento
1. extinción de la obligación, que comprende dos aspectos.
a) Liberación del deudor: el cual queda liberado de obligación asumida
b) extinción de las acciones del acreedor.
EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
Concepto: es entendido como la inejecución de la misma que puede ser total o parcial, permanente o temporal debido a hechos imputables al deudor o a causas extrañas no imputable al deudor.
Formas generales de incumplimiento
Según su naturaleza propia
1. Total o parcial
2. Total supone la ejecución absoluta de obligación y es el incumplimiento por excelencika.
3. Incumpliendo Parcial es la ejecución en parte de la obligación, produce efectos según la magnitud del mismo, y corresponde al juez determinar la gravedad y calificar sus supuestos.
Según su Duración: puede ser permanente o definitivo e incumplimiento temporal
1. Permanente o Definitivo: consiste en la inejecución definitiva de la obligación es permanente e inmutable.
2. Temporal: es considera como un retardo en la ejecución de la obligación. El deudor no ha cumplido pero lo hará en fecha posterior.
Según las causas que lo originen
Incumplimiento involuntario e incumplimiento voluntario.
1. Incumplimiento involuntario. es la inejecución de la obligación por hechos, obstáculos o causas sobrevenidas después del nacimiento de la obligación y no dependen de la voluntad del deudor y por lo tanto no se le pueden imputar por eso la doctrina las ha denominado causas extrañas no imputables.
2. Incumplimiento voluntario también denominado culposo y es la inejecución de la obligación motivado a causas imputables al deudor. Art. 1271 cc
Incumplimiento voluntario o culposo
CONCEPTO: es la inejecución de la obligación motivada por un obstáculo o causa que es o se considera por el legislador imputable al deudor. El incumplimiento culposo viene dado por el dolo (intención) y por lo tanto la culpa es imputable al deudor.
El incumplimiento voluntario viene dado tanto por circunstancias imputables al deudor o por otras circunstancias no imputables. Como por ejemplo mala situación económica del deudor.
ELEMENTOS DEL INCUMPLIMIENTO CULPOSO
ELEMENTO DE NATURALEZA OBJETIVA: incumplimiento de la obligación que es lo mismo que inejecución total de la obligación. ART 1271 CC
ELEMENTO DE NATURALEZA SUBJETIVA: la culpa: LEVY la define como la violación de una confianza legítima engañada, PLANIOL: la define como la violación a una obligación preexistente.
TETRALOGO DE PLANIOL: Planiol no solo estableció el concepto de culpa sino
...