Penal.
Enviado por linay • 30 de Julio de 2013 • Tarea • 421 Palabras (2 Páginas) • 274 Visitas
CASO:
Leonardo, Juan Carlos, y Luis, hurtan una residencia en chiminangos Cali, hayan a dos personas en la sala a quienes golpean y amarran.
Encuentran dinero y joyas por valor de 50 millones de pesos, huyendo del sitio son capturados por la policía. Especial: lesiones personales con incapacidad de 10 días.
Definir la conducta punible (tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad), rango de movilidad de la pena.
SOLUCION:
TIPICIDAD
Apoderamiento de cosa ajena, tipo básico de resultado, es completo porque tiene primicia y sanción.
TIPO PENAL:
Hurto calificado y agravado en concurso con lesiones personales.
PARTE OBJETIVA:
ACCION: la acción de los sujetos fue el hurto. Pero lesionaron a dos personas que se encontraban en la vivienda para cumplir su objetivo.
SUJETOS:
Activo: Leonardo, Juan Carlos, y Luis según la cantidad estos tres sujetos serian plurales, y según la calidad serian simples porque la norma considera que no necesita una calidad especial para cometer el hecho punible.
Pasivo: las víctimas del hurto (dos personas). Estas son según la cantidad plurales.
PARTE SUBJETIVA:
ACTUACION: los sujetos activos actuaron con dolo directo, pues era una acción querida con un resultado . La acción que ellos realizaron era de hurtar y el resultado era de apoderarse de cosas ajenas para su beneficio propio.
CONCURSO DE PERSONAS:
En este se maneja la coautoría impropia pues actuaron en común acuerdo , con división del trabajo criminal y atendiendo la importancia de cada aporte.
CONCURSO DE CONDUCTAS.
En el caso en mención se maneja el concurso ideal heterogéneo debido a que en una sola maniobra se dan dos tipos penales que uno seria el hurto y el otro las lesiones personales.
DOMIO DEL HECHO: en este caso en se da el dominio funcional del hecho, pues es una coautoría impropia y los autores tenían el dominio del hecho sino de lo contrario sería una participación.
ANTIJURIDICIDAD
Contiene tres requisitos:
• Antijuricidad de carácter material:
Le sustrajeron sus joyas y dinero generando un detrimento en el patrimonio económico de las víctimas.
Coartaron su libertad pues los tuvieran amordazadas.
Las lesiones causadas dañaron su integridad física.
Antijuricidad de carácter formal:
Robar o hurtar es violar una norma de comportamiento tipificada en código penal.
No tienen justa causa
No tienen justificantes, pues querían era apropiarse para su beneficio de cosas que no les pertenecían y eran de terceros.
CULPABILIDAD:
CONSTA DE TRES ELEJMENTOS:
Son personas imputables pues tienen que responder penalmente y están consientes del delito que cometieron.
Tenían conocimiento de causa del delito
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