Primeros Filosofos
Enviado por levelcapgaming • 7 de Julio de 2014 • 1.638 Palabras (7 Páginas) • 208 Visitas
Ciudad _______________________________________
Doctora
LUZ MARINA FALLAN AARON
VICEPRESIDENTE DISTRIBUCION Y VENTAS
ALLIANZ SEGUROS SA.
Ciudad
REF: ALCANCE ALCONTRATO DE AGENCIA/AGENTE DE SEGUROS Año 2014
AUTOS INDIVIDUAL
Por medio del presente documento, me permito someter bajo su consideración el siguiente alcance al CONTRATO DE AGENCIA / AGENTE DE SEGUROS presentada por ______________________________________________________________________________
En adelante EL AGENTE/AGENCIA a ALLIANZ SEGUROS S.A. en adelante LA COMPAÑÍA con el fin de ADICIONAR al mencionado contrato la propuesta integral de comisiones para asesores en lo que tiene que ver con el pago de comisiones, la cual contemplara la clausula decimo séptima – “derechos económicos de la agencia/agente” del contrato de la agencia/agente de seguros mencionado haciendo parte integral de la misma y tendrá aplicación a partir del primero (01) de enero del año 2014. Los demás incisos, numerales y parágrafos de la cláusula decimo séptima, así como las demás cláusulas, términos, condiciones y anexos del contrato, continuarán vigentes, esto es, sin modificación alguna.
1. DEFINICIONES Y CONDICIONES POR RAMO
1.1. AUTOS LIVIANOS PARTICULARES
1.1.1. CARACTERÍSTICAS
A. Negocios Nuevos y Renovaciones de Autos Livianos Individuales (Ramo Técnico 1241)
B. Por lo anterior no se tiene en cuenta agrupadora ni colectiva
C. Comisión Básica del 15% sin retroactividad. Aplica desde la fecha de cambio en el sistema por parte de LA COMPAÑÍA
1.1.2. REMUNERACIÓN Y FORMA DE PAGO
A. Sobre comisión Anual por cumplimiento presupuestal y siniestralidad máxima 60%.
• Para el pago de esta sobre comisión se deberá cumplir con la meta establecida en el capítulo 2 de este alcance al 100% y tener una siniestralidad máxima del 60%.
• La sobre comisión se liquidará al finalizar la vigencia del convenio contra el recaudo de la prima, teniendo en cuenta las características y periodicidad pactada, descontando sus respectivas devoluciones.
• El porcentaje de sobre comisión es del 2%.
B. Sobre comisión Anual por mejores resultados en cumplimiento presupuestal y siniestralidad.
• Para el pago de esta sobre comisión se deberá cumplir con la meta establecida en el capítulo 2 de este alcance.
• La sobre comisión se liquidará al finalizar la vigencia del convenio contra el recaudo de la prima teniendo en cuenta las características y periocidad pactada, descontando sus respectivas devoluciones.
• Para determinar el porcentaje con el cual se liquidará esta sobre comisión anual, se tendrá en cuenta el porcentaje de siniestralidad, el cual es máximo del 60% , de acuerdo a la siguiente tabla:
AUTOS LIVIANOS INDIVIDUALES- RAMO TECNICO 1241
Cumplimiento Presupuestal Sinistralidad 60%- 55.9% Siniestralidad 55.8% - 50% Siniestralidad 49.9% - 40% Siniestralidad Menor a 40%
95% - 99.9% 0% 0% 0% 1%
100% - 104.9% 0.8% 1.2% 2% 3%
105% - 109.9% 0.9% 1.3% 2.5% 3.5%
110% - 114.9% 1.2% 1.6% 3.4% 4.6%
115% - 119.9% 1.6% 2.2.% 4.3% 6%
120% - 124.9% 2% 3% 5.4% 7.8%
Mayor 125% 2.5% 3.8% 6.8% 8.8%
1.1.3. SEGUIMIENTO
MEDICION CONVENIOS CIERRES MARZO/2014
• Si el cumplimiento presupuestal al cierre de Marzo/2014 se ubica por debajo del 90%, el convenio permanece vigente pero la comisión básica disminuye al 12.5% en Abril/2014.
• Si el cumplimiento presupuestal al cierre de Junio/2014 es reincidente y se ubica por debajo del 90%, el convenio se cancela.
• Si el cumplimiento presupuestal al cierre de Junio/2014 es igual o superior al 90%, la comisión básica se restablece en Junio/2014 sin retroactividad. Aplica desde la fecha de cambio en el sistema por parte de LA COMPAÑÍA.
• Si el cumplimiento presupuestal al cierre de Septiembre/2014 es reincidente y se ubica por debajo del 90%, el convenio se cancela y la comisión se disminuye al 12.5% en octubre/2014.
MEDICION CONVENIOS CIERRE JUNIO/2014
• Si en la primera medición con corte a Marzo/2014, el cumplimiento presupuestal es igual ó superior al 90%, pero en la segunda medición con corte Junio/2014, se ubica por debajo del 90%, el convenio permanece vigente pero la comisión básica disminuye al 12.5% en Julio/2014.
• Si el cumplimiento presupuestal al cierre de Septiembre/2014 es reincidente y se ubica por debajo del 90%, el convenio se cancela.
• Si el cumplimiento presupuestal al cierre de Septiembre/2014, es igual ó superior al 90%, la comisión básica se restablece en Octubre/2014 sin retroactividad. Aplica desde la fecha de cambio en el sistema por parte de LA COMPAÑÍA.
MEDICION CONVENIOS CIERRE SEPTIEMBRE/2014
• Si en la primera medición con corte a Marzo/2014, y en la segunda medición con corte a Junio/2014, el cumplimiento presupuestal es igual ó superior al 90% pero en la tercera medición con corte a Septiembre/2014, se ubica por debajo del 90%, el convenio permanece pero la comisión básica disminuye al 12.5% en Octubre/2014.
• Si al finalizar la vigencia del convenio en Diciembre/2014, el cumplimiento presupuestal se cumple, la comisión básica se restablece al 15% a partir del primer día hábil de Febrero de 2015.
Si al finalizar la vigencia del convenio en Diciembre/2014, el presupuesto de producción no se cumplió y queda por debajo del mismo por LA COMPAÑÍA, la comisión básica será del 12.5% a partir del primer día hábil de Febrero de 2015.
1.2. AUTOS PESADOS INDIVIDUALES
1.2.1. CARACTERÍSTICAS
A. Negocios Nuevos y Renovaciones de Autos Pesados Individuales (Ramo Técnico 1242)
B. Por lo anterior no se tiene en cuenta agrupadora ni colectiva
C. Comisión Básica del 12.5%
1.2.2. REMUNERACIÓN Y FORMA DE PAGO
A. Sobre comisión Anual por cumplimiento presupuestal y siniestralidad máxima 60%.
• Para el pago de esta sobre comisión se deberá cumplir con la meta establecida en el capítulo 2 de este alcance al 100% y tener una siniestralidad máxima del 60%.
• La sobre comisión se liquidará al finalizar la vigencia del convenio contra
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