Qué deben hacer M y su hermana mayor, teniendo en cuenta que ha finalizado su primer trimestre de embarazo?
Enviado por jfm8127 • 23 de Octubre de 2014 • Práctica o problema • 498 Palabras (2 Páginas) • 343 Visitas
3. ¿Qué deben hacer M y su hermana mayor, teniendo en cuenta que ha finalizado su primer trimestre de embarazo?
Buscar ayuda en el ICBF para que sean orientadas y seguir ese paso que es para M ser madre y la hermana ser Tía, de ahí buscar soluciones que sean a beneficio de M y del bebe pues es un ser que tiene derecho de vivir y de conocer nuevas experiencias desde su nacimiento.
4. ¿Cuál es la Sentencia de la corte en la que se amparó la tía para decidir enviarla a Bogotá para que le interrumpieran a M su embarazo?
La Sentencia C-355/06 La dignidad de la mujer excluye que pueda considerársele como mero receptáculo, y por tanto el consentimiento para asumir cualquier compromiso u obligación cobra especial relieve en este caso ante un hecho de tanta trascendencia como el de dar vida a un nuevo ser, vida que afectará profundamente a la de la mujer en todos los sentidos. En este supuesto cabría incluir también el embarazo resultado del incesto, porque se trata también de un embarazo resultado de una conducta punible, que muchas veces compromete el consentimiento y la voluntad de la mujer. En efecto, aun cuando no implique violencia física, el incesto generalmente compromete gravemente la autonomía de la mujer y es un comportamiento que por desestabilizar la institución familiar resulta atentatorio no sólo de esta (bien indiscutible para el Constituyente), sino de otro principio axial de la Carta: la solidaridad, según así lo ha considerado esta Corporación. Por estas razones, penalizar la interrupción del embarazo en estos casos supone también una injerencia desproporcionada e irrazonable en la libertad y dignidad de la mujer.
5. ¿Cuáles principios y disposiciones de la Corte Constitucional Colombiana han sido Violados? ¿Por qué?
La dignidad humana se constituye así en un límite a la potestad de configuración del legislador en materia penal, aun cuando se trate de proteger bienes jurídicos de relevancia constitucional como la vida. En tal medida, el legislador al adoptar normas de carácter penal, no puede desconocer que la mujer es un ser humano plenamente digno y por tanto debe tratarla como tal, en lugar de considerarla y convertirla en un simple instrumento de reproducción de la especia humana, o de imponerle en ciertos casos, contra su voluntad, servir de herramienta efectivamente útil para procrear.
6. ¿Qué tipo de actividades o acciones serían necesarias para garantizar la implementación de la Sentencia de la Corte Constitucional en este tipo de casos?
Lo mejor sería la cárcel ya que es una forma de dar solución a esas personas de cambiar no es una solución muy concreta pero si se puede establecer una forma de mejorar las cosas para las mujeres.
7. Cómo grupo ¿Qué alternativas de solución plantearían para resolver este caso?
Una parte es buscar ayuda primero que todo con psicólogos que son las personas que están
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