Relación Entre Derecho Y Moral
Enviado por arnulfo1971 • 9 de Noviembre de 2012 • 1.265 Palabras (6 Páginas) • 2.528 Visitas
RELACION ENTRE DERECHO Y MORAL trabajo
¿ES PARTE DE LA ETICA EL DERECHO?
En primer lugar conviene aclarar los conceptos de Ética y Moral, pues los expertos no se han puesto de acuerdo sobre la diferencia entre estos dos términos. Para algunos la Moral sería el estudio de las costumbres, que en relación a la bondad o maldad de las acciones humanas se dan en una comunidad determinada. La Ética, en cambio, sería la reflexión teórica, filosófica, en torno a la bondad o la maldad de los actos humanos. Para no entrar en polémica, en este ensayo se utilizará la Ética en el sentido que se acaba de señalar, y como sinónimo de esta la palabra Moral.
Se hará notar primero, que existen tres posiciones básicas en torno a este tema. La primera sería sobre la tesis de la inclusión, en ella se sostiene que todo el Derecho está incluido en la Moral. En segundo lugar tendríamos la tesis de la separación, en la que la Moral y el Derecho no serían sólo dos normatividades distintas, sino completamente separadas. En tercer lugar tendríamos la tesis de la vinculación, en la que se sostiene que existe en algún grado un área común entre Moral y Derecho y que ambas normatividades mutuamente se influyen, conservando su identidad propia y su mutua distinción.
Sostenemos que como un ordenamiento destinado a la convivencia entre seres racionales y libres, el Derecho no puede prescindir de la Ética, y que también debe estar atento a respetar los ordenamientos de la Moral religiosa.
Tesis de la inclusión
En las sociedades antiguas se dieron con alguna frecuencia normatividades religiosas que unían las exigencias morales y jurídicas. El caso más típico de la antigüedad lo encontramos en la legislación mosaica del pueblo hebreo.
Actualmente en algunos pueblos de la religión islámica que aplican a la vida civil las legislaciones del Corán. Estas legislaciones, en cierto modo subrayan la unidad del ser humano y tratan de positivizar algunos preceptos que podrían ser catalogados como de “derecho natural” .
Rechazamos esta posición ya que el fin del Derecho no es directamente ético-religioso, pues no pretende de suyo la perfección moral, ni la santidad del cuidadano, sino el bien común temporal de la sociedad. Ahora bien, no negamos que para lograr esa finalidad sea necesario tener en cuenta que algunos preceptos de la moral coadyuvan a ese bien común temporal.
Hacia una sana distinción
Sin embargo con Platón y Aristóteles se comienza poco a poco a distinguir los diferentes ámbitos de la realidad humana. Ellos asignaban lo jurídico al ámbito político-comunitario, sin negar que hubiera prescripciones religiosas y otros mandatos que fluirían del fondo de la naturaleza humana.
También en el pensamiento cristiano de los padres de la iglesia, en general, no se pugnó por una “legalización de la moral”, sino manteniendo el aspecto comunitario y de alteridad de Derecho, se colocó a lo jurídico bajo el rubro de la santificación humana.
Tomás de Aquino, con mayor precisión, concibió el Derecho con las notas de alteridad y objetividad, dirigido al bien común y con cierta coactividad. Esto por un lado delimita lo jurídico y lo distingue de otras normatividades, y por otro, no crea un divorcio entre la justicia estricta y las demás virtudes, ni restringe el orden moral, que abarca todo el actuar humano, tanto los aspectos personales como los sociales.
La tesis de la separación
El movimiento religioso de la Reforma protestante, con la postulación del libre examen inciden los fundamentos de la unidad religiosa y en los fundamentos de lo jurídico. Para Lutero y Calvino tanto la ley moral como la jurídica pierden importancia. Lutero en concreto, además de exaltar el eterno contraste entre la ley y gracia, hace una fuerte contraposición entre ley
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