SOCIOLOGÍA Y DERECHO
Enviado por DANYTHUNDERS • 27 de Septiembre de 2012 • 1.079 Palabras (5 Páginas) • 368 Visitas
SOCIOLOGÍA DEL DERECHO.
Dr. Luis G. Acosta Rivellini.
Profesor Titular de “Sociología”
Introducción: Para el Sociólogo o el estudiante de la disciplina existe una clara distinción entre Sociología General y las Sociologías Especiales. La Sociología del Derecho pertenece a éstas últimas y tiene una creciente importancia desde su aparición a fines del Siglo XIX. En la presente “Guía didáctica” se incluye una variedad de temas que tienen que ver con el derecho desde una perspectiva sociológica. El objetivo es generar la comprensión del objeto de estudio y de su importancia actual como ámbito específico del conocimiento y en la investigación científica por una parte, y suscitar el sentido crítico y el debate por otra. Cometido que entendemos válido tanto para los estudiantes de Sociología, como para los Científicos del Derecho ó de la Teoría General de la disciplina, los cientistas políticos, como para abogados, magistrados judiciales y auxiliares de la Justicia como poder del Estado.
Ciencia del Derecho y Filosofía del Derecho.
La Ciencia del Derecho ha recorrido un largo camino. No es nuestra intención describirlo sino explicarlo en el marco del objetivo del presente trabajo. Por ello, si nos basamos en la definición de Enrique Aftalión diremos que el Derecho ...”es el conjunto de normas coercibles que regulan la convivencia humana en interferencia intersubjetiva”. Se trata pues de un conjunto de normas ó juicios imperativos, que reglan vínculos entre personas, y que por definición son coercibles, es decir que su incumplimiento trae aparejada una sanción o el cumplimiento de la obligación aún en contra de la voluntad del obligado. Lo que implica que toda sociedad, medianamente civilizada, tiene un sistema de normas que regulan la convivencia social y han sido establecidas por el poder legítimo, para resolver todo tipo de conflictos que en la convivencia cotidiana puedan presentarse, para ayudar a consolidar un “orden social” y tornar previsibles las conductas. De allí la conocida expresión de los romanos: “ubi societas ubi jus” expresión latina que traducida significa: “donde hay sociedad hay derecho”. Y si bien la discusión es muy vasta respecto del objeto, adoptamos el criterio que el mismo es “la norma” como mandato imperativo de conducta que posee una estructura lógica. En consecuencia el Científico del Derecho estudia normas o un conjunto de normas positivas y vigentes en una sociedad y tiempo determinados.
Esta era distinción del filósofo Emanuel Kant, cuando señalaba que para el científico del derecho la preocupación pasa por el “quid jus”, esto es qué es el derecho aquí y ahora, para el Filósofo de la disciplina la pregunta es el “quid juris” o sea “qué es el derecho en todo tiempo y todo lugar, es decir su esencia universal”, lo cual se comprende por que la filosofía aspira a el saber sin supuestos que busca establecer la cualidad universal de sus objetos.
En tanto el Jurista tiene como punto central de interés conocer el ordenamiento jurídico vigente de un país en un tiempo histórico concreto. En consecuencia, el hombre de derecho interpreta el derecho, es decir busca
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