TRABAJO ESCRITO Y EXPOSICIÓN “EL SENTIMIENTO CONSTITUCIONAL” DE PABLO VERDÚ
Enviado por Víctor Andrés Corea • 19 de Mayo de 2019 • Ensayo • 2.635 Palabras (11 Páginas) • 104 Visitas
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UNIVERSIDAD DE PANAMÁ
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
DEPARTAMENTO DE CIENCIA POLÍTICA
DERECHO CONSTITUCIONAL – 230 A
Segundo año “B” – Diurno
TRABAJO ESCRITO Y EXPOSICIÓN
“EL SENTIMIENTO CONSTITUCIONAL” DE PABLO VERDÚ
COREA, VÍCTOR
8-956-67
SALÓN 201
PROF. MIGUEL A. BERNAL.
LUNES 6 DE MAYO DE 2018
INDICE
- Introducción ………………………………………… 3
- Aspectos Metodológicos …………………………… 4
- El problema del sentimiento constitucional ……… 10
- Conclusión …………………………………………. 14
- Bibliografía ……………………………………………. 15
INTRODUCCIÓN
Esta obra nace de la necesidad de Verdú de escribir sobre la sensibilidad y el sentimiento constitucional, al no encontrar en su contexto nacional información, alusión y bibliografía sobre esta. Lo hace teniendo en cuenta las semejanzas y diferencias del sentimiento jurídico y sentimiento constitucional (o por lo menos teniendo la misión se separar ambas y estudiarlas analíticamente) y sus importantes funciones para una adecuada integración de la convivencia política, para analizar y conceptualizar y argumentar qué papel la clase política han desempeñado y puede desempeñar, para intensificar ese vínculo moral entre los ciudadanos y las instituciones, cosa que me atrevo a señalar carece en nuestro país, por falta de ese sentimiento jurídico y aún más: sentimiento constitucional. Principalmente por lo que señala el autor en su prólogo: la excesiva formalización de la norma fundamental, que en tiempos de crisis tiende a alejar a los ciudadanos de las normar e instituciones básicas, a desvalorizar la democracia, a fomentar la hipocresía constitucional (que es claramente lo que se puede decir pasa en nuestro país.
I
INTERÉS DE LA CUESTIÓN
ASPECTOS METODOLÓGICOS
- En esta preliminar el autor nos introduce a lo que es el sentimiento jurídico per-ce (o lo que presume debe ser y debe importar) en lo cual es argumentado racionalmente como un aspecto emotivo que choca con las conceptualizaciones excesivas las cuales mencioné anteriormente. El sentir jurídico, es pues, sentido, vivido.
También compara este sentimiento jurídico con otras ramas del derecho (Derecho Civil) donde expone que este sentir tiende a diluirse por tratar temas de meros intereses concretos. En contraposición con el derecho constitucional, que va más allá: trata libertades personales, las instituciones del estado y demás.
- Lugar y función del sentimiento constitucional en el ámbito jurídico.
La conceptualización, racionalización, racionalización y sistematización del derecho son indispensables, pero toda esta conceptualización y formalización del derecho no suprime la necesidad y operatividad del sentir jurídico. Si todo derecho está constituido por causa del hombre, hay que tomar a éste como razón y pasión, como ser que piensa y siente, como racionalidad sentiente. (Zubiri)
El lugar y su función, en resumidas cuentas, recae en la convicción de que determinadas normaciones, escritas o consuetudinarias son convenientes y justas para convivir. Esta emoción o convicciones tienen una adhesión emocional a la norma porque la satisfacción que brinda un deber cívico cumplido, así como la experimentación de integrarse libremente en un proyecto solidario común. Convicciones (o sentir jurídico) que se incorporan a los ciudadanos que sienten el plano jurídico como algo suyo. Todo lo contrario, como puedo atreverme a decir pasa en nuestro país, una normativa jurídica puramente lógica es muy difícil que provoque, por sí sola, efectividad y que un sentimiento jurídico intensamente pasional y/o patético disuelve la normatividad. El papel de la importancia y su lugar en el derecho recae en que cuando hay adhesión afectiva (de la población o ciudadanos en general) a las normativas, a las instituciones que más enraízan sus bases sociales, encontramos que el ordenamiento es algo vivo, que “no está ahí” sino que penetra la entraña popular y entonces es ordenamiento nutrido.
Como cita el autor, en definitiva, una constitución alejada de la realidad y que no integra a la población, está vigente, sí, pero es ignorada por el común de la gente. Una constitución vívida lo es, en gran parte, porque es sentida por el pueblo y aparece como símbolo político que tiene sentido por su función integradora.
- Dificultades de y objeciones contra sentimiento constitucional.
Aquí el autor nos aclara que el sentir jurídico debe preverse de arrogancia emocional que adolece una visión unidimensional como la excesiva racionalización no menos unilateral. Resalta que es imprudente e inexacto centrar en una cosa única y gran causa la explicación satisfactoria de todas las manifestaciones jurídicas. Porque ni la norma, ni la institución agotan, por sí solas, la juricidad. En ese mismo orden, el sentimiento constitucional no puede ni intenta resolver los complejos problemas constitucionales por sí misma, solo explica la adhesión a un ordenamiento fundamental.
Dentro de las comunes objeciones encontramos argumentos como: “El llamado sentimiento constitucional es un asunto que atañe a la psicología social, a la sociología, a la ciencia política, pero es ajeno a una consideración técnica del derecho constitucional.”
“El llamado sentimiento constitucional es un ente fantasmagórico que no puede tomarse en serio por los juristas estrictos.”
Estas observaciones a su vez son totalmente falsas y son desmentidas por el propio autor en su libro.
- Sentimiento constitucional y figuras afines. Conciencia jurídica y sentimiento jurídico.
Debido al carácter emocional, afectivo del sentimiento jurídico de están derivas y se interrelacionan otras figuras correspondientes según su carga emocional dentro del ordenamiento jurídico. Estas figuras provienen del léxico alemán, que es rico en conexiones con este tema. Estas figuras a su vez son usadas por autores y escuelas y a veces usados como sinónimos.
Estas son:
(Rechtsbewusstein) Conciencia Jurídica
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