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UNIDAD DEL MUNDO JURÍDICO Y NATURALEZA DE LA FILOSOFÍA


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2014  •  Ensayo  •  1.662 Palabras (7 Páginas)  •  1.920 Visitas

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UNIDAD DEL MUNDO JURÍDICO Y NATURALEZA DE LA FILOSOFÍA

Los estudios del derecho positivo son insuficientes para explicar y dar fundamento a una concepción unitaria de la vida y del desarrollo concreto de las ramas del derecho; la generalidad o universalidad del derecho solo podrá ser encontrada desde el punto de vista del método filosófico.

Pero lo anterior también lleva implícita la ociosidad de la actitud filosófica para ahondar los conocimientos adquiridos en las ciencias jurídicas positivas.

Es decir, que es justificada la apreciación de que la dislocáis del derecho no enseña nada más de lo que se ha aprendido en las ramas de la ciencia del derecho positivo (derecho penal. Civil. Administrativo). Sin embargo, la justificación de los estudios filosóficos está en dar armonías comprensión unitaria a todo eso que las ciencias jurídicas muestran como aparentemente dispersó, como inconciliable; por ejemplo, integrar el criterio civilista con el penalista, o el criterio del derecho público con el del derecho privado, el del derecho del trabajo con el del derecho civil. Todos estos extremos aparentemente inconciliables de entronque común en esta aparente dispersión de la vida jurídica.

La filosofía del derecho no trabaja con bellas imágenes o con reglas de buena fe o de buena conducta para moralizar en el sentido del bien, sino que tiene que trabajar y formarse con conceptos y procedimientos racionales.

Conviene hacer dos obsesiones: primera, además de la filosofía del derecho o de la filosofía de la historia, de la lógica, de la ética, o de todas las ramas filosóficas, no cabe hablar de una filosofía que fuese la filosofía en general. O sea no existe la filosofía en sí y además las ramas de la misma. Conviene aclarar esto, porque pudiera creerse que, además de la filosofía como una ciencia, existen las ramas de la filosofía. No existe una ciencia unitaria llamada filosofía, así como tampoco exige la ciencia del derecho en general. Hay, es cierto, lo que se llama la teoría general del derecho; pero es distinta a una ciencia totalizadora del derecho en sentido filosófico; lo que designa el término "filosofía" es el sistema o conjunto de las ramas o partes que la forman.

La segunda observación consiste en que la opinión popular estima que la reflexión filosófica es algo misterioso y difícil, impenetrable, vago y confuso. El origen de la aparente dificultad del pensamiento filosófico y del aprendizaje de la filosofía, frente a otros tipos de concomiendo, es el mismo que el relativo al análisis matemático, que en los años de bachillerato se estima difícil frente a la facilidad del estudio de la historia y de otras ciencias.

Esto se debe a su carácter sobremanera abstracto. Pero si se logra en un solo problema situarse en el plano de la abstracción filosófica frente a las ciencias positivas del derecho, no volverá a perderse el hilo de la comprensión filosófica.

Bastara con que una sola vez se logré captar la posición de la filosofía frente a las cuestiones jurídicas, para que no vuelva a dificultarse el desarrollo del pensamiento filosófico en su abstracción, así la conciencia de tal dificultad la elimina.

LOS PROBLEMAS DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO

Los problemas fundamentales de la filosofía del derecho son los siguientes: 1.-El concepto o ser del derecho, cuestión lógica u ontologica del derecho. 2.-La idea, el fin o el valor del derecho, calificado como tema ético o de estimativa jurídica. 3.-La realización del derecho. Problema que con relación a los dos anteriores es sintético y los supone. Esto es,como se orienta el derecho positivo al cumplimiento de sus fines o valores. De acuerdo con estos problemas, la primera parte del curso será carácter lógico u ontologico; la segunda, de carácter ético, estimativo o político, y la tercera se ocuparía de los fundamentos de la técnica jurídica para la realización del derecho.

El primer problema enunciado se vincula con la teoría de la ciencia o del concomiendo; es decir con la lógica. El segundo, con la ética, es teleologico y estimativo.

El tercero con amabas por igual. Si la filosofía del derecho construye con fundamento en la lógica y en la ética, debe reflexionarse que, siendo dos las ciencias filosóficas fundamentales de las que ha de derivar la filosofía del derecho, no puede entroncar, a no ser en forma dispersa, con los dos sistemas en el mismo grado. Por lo tanto, debe verse cual de ellos es el que prevalece. Lo que caracteriza al derecho es su destino como ordenamiento normativa de la conducta, su obligatoriedad.

EL MUNDO DE LA CULTURA

El vocablo "cultura" designa al conjunto de todos estos fenómenos no naturales, producto del esfuerzo humano. Obras artísticas, construcciones arquitectónicas, producción musical, reglas y hechos del culto religioso, guerras, instituciones políticas y hasta el instrumental doméstico más simple, forman parte de lo que, en general, se denomina el mundo de la cultura. Por lo tanto, no es usada la palabra cultura para calificar la alta formación mental o artística de los hombres cultos; tomase el dicho vocablo en la amplísima

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