Ensyao De Historia
Enviado por dcgvaevp • 28 de Mayo de 2013 • 1.536 Palabras (7 Páginas) • 402 Visitas
Estamos de acuerdo, La ex presidenta Michelle Bachelet estaba en el lugar de los hechos lo que justifica una acusación, pero no significa que la acusación sea correcta.
Banca opositora, compañeros y público presente tengan ustedes muy buenas días, mi nombre es Dania González, y voy a proceder a dar la contrargumentación del tema planteado con anterioridad imponiendo nuestra postura en contra frente a la tesis “La ex presidenta de la república debería ser condenada por abandono a sus deberes a raíz del terremoto y posterior tsunami del 27 de febrero de 2010”.
Como hemos podido expresar, no creemos, estamos seguras de que la ex presidenta de Chile Michelle Bachelet no tiene responsabilidad alguna en los hechos ocurridos el 27 de febrero del 2010 y de los cuales se le culpan.
Antes de seguir aclarando las razones por las cuales la ex mandataria no tiene culpa en los hechos ocurridos quería aclarar que en esta circunstancia no estamos debatiendo la intencionalidad que la ex jefe de estado tuvo, sino que la responsabilidad y la inculpabilidad de la ex mandataria frente a esta situación.
Sigamos, nuestra contraparte y la ciudadanía plantean la hipótesis que se puede explicar con el conocido dicho “Es mejor prevenir que lamentar”, pero pocos conocen o mas bien saben que ella en esa circunstancia no tenía responsabilidad administrativa ya que al basarnos en el Plan Nacional de protección Decreto n° 156 aprobado en Santiago el 12 de marzo de 2002 cito textual:
IX. RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN
La responsabilidad de la Gestión en Protección Civil es de las autoridades de cada nivel administrativo del Estado, según corresponda: Ministro del Interior, intendente, gobernador o alcalde.
A nivel nacional, la coordinaciónes de responsabilidad de la Oficina Nacional de
Emergencia del Ministerio del Interior”
dejando en claro que ella no tiene responsabilidad alguna en la información dada a la comunidad.
A raíz de esta confusa e importante situación han surgido muchos nombres de ´posibles culpables pero solo son ocho nombres lo que fueron imputados por la fiscalía:
-Patricio Rosende el ex subsecretario del interior
-Carmen Fernandez ex
directora de la ONEMI,
-Osvaldo Malfandi Jefe de turno de la ONEMI,
-Johaziel Jamett Jefe de turno centro de alerta temprana,
- Carlos Aranda Jefe de turno del servicio sismológico de la U. de Chile
- Mariano Rojas director del SHOA
- Andres Henríquez Jefe de turno del SHOA
- Mario Andina Oficial de guardia en el servicio nacional de Alerta de Maremoto del SHOA.
Pero si alguien piensa que al imputar y realizar la investigación pertinente el caso ha estado exento de polemicas, esta completamente equivocado Quizas se pregunten a que quiero llegar al nombrar a estas personas, mi punto es la respuesta de la fiscal al abogado querellante Raúl Meza debido a los constantes requerimientos para que la fiscal Huerta a cargo del caso también formalice a Bachelet. Sin embargo, la postura de la fiscal es que la cadena de mando en el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) llega hasta el Ministerio del Interior, que esa noche fue asumido por el subsecretario Rosende en reemplazo de Edmundo Pérez Yoma. En este esquema, la fiscal atribuyó el mando de autoridad política a Rosende, el mando de coordinación a la Onemi y el mando técnico al SHOA.
Antes de proceder al próximo argumento requiero citar nuevamente al plan nacional de protección civil mencionado con anteriodad:
“Ocurrido un evento destructivo, éste debe ser de conocimiento de un organismo o institución responsable de atender ese tipo de situaciones. Mientras no se reciba el aviso correspondiente, no existe ninguna posibilidad de dar respuesta oportuna.” Este ubicado en el capitulo V gestión de protección civil punto 3 Planificación a ACCEDER para el Manejo de Emergencias y Desastres deja en claro que la presidenta no tenía la facultad de contradecir la información que el Centro de Operaciones de Emergencia comandado por el subsecretario del interior le informo e instruyo a decir en sus declaraciones ante el país
HASTA AHÍ TENGO ME FALTA … SE ACEPTAN CORRECCIONES Y ESO (: LO DEABAJO ES INFORMACION, NO LA PESQUES (:
El imputado, es aquella persona a la que se le atribuye participación en un hecho punible
3 oradores:
- Según lo promulgado en la tesis “ La ex presidenta de la republica debería ser condenada por abandono de sus deberes” ¿qué entienden por abandono de sus deberes? si el decreto … la respalda y el exhime. …
A pesar de tus argumentos poco convincentes voy a proceder a realizar la siguiente pregunta.
- ¿Por qué culpar
...