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JURISDICCION ELECTORAL EN ESTADOS UNIDOS


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2014  •  6.006 Palabras (25 Páginas)  •  307 Visitas

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JURISDICCION ELECTORAL EN ESTADOS UNIDOS

El propósito de este trabajo es tener una idea general de cómo el sistema jurídico funciona en los Estados Unidos de América. La finalidad es detallar en forma general de qué los estadounidenses entienden por Derecho y cómo lo aplican en la práctica. Con esto, pretendemos entender parte de su cultura jurídica.

Para realizar una labor con un contenido enriquecedor se plantea tres objetivos generales, los cuales a pesar de estar interconectados entre sí, considero por razones prácticas se deben mantener en forma independiente.

Ellos son:

• Conocer la organización del Poder Judicial en los Estados Unidos de América;

• Conocer las bases del sistema procesal en los Estados Unidos de América; y

• Estudiar aspectos procesales específicos sobre la jurisdicción en los Estados Unidos de América en materia electoral.

Este trabajo por razones prácticas se ha dividido en tres secciones. En la primera de ellas estudiaré la historia del desarrollo del Common Law y sus principales institutos procesales. En una segunda sección, me dirigiré a comentar sobre la organización del Poder Judicial en los Estados Unidos de América, especialmente lo relativo a la jurisdicción federal frente a la jurisdicción estatal, los aspectos jurisdiccionales en función de la materia y el grado. Finalmente me avocaré en la última sección a revisar los aspectos procesales más sobresalientes en materia electoral y como lo son las fases del procedimiento.

El sistema jurídico de los Estados Unidos de América por su naturaleza de derecho común ofrece la oportunidad de explorar un ordenamiento completamente diferente, es un sistema cuyas fuentes del derecho son distintas a las de las mayorías existentes en los países americanos. Al estudiar el sistema norteamericano, se abre la puerta de conocer esos mismos institutos en un sistema de common law, siendo que sea posible comprender con claridad los institutos básicos de dicho sistema procesal.

La tradición jurídica norteamericana es parte de la tradición jurídica angloamericana, que es el: common law. Como es de nuestro conocimiento, los estudiosos del Derecho comparado, en su forma más simple han clasificado los sistemas jurídicos del mundo en dos grandes grupos o familia, observando su metodología y técnicas jurídicas que emplean y que son:

1) aquellos que son parte de la más antigua de esas tradiciones jurídicas –la romano-germánica y

2) aquellos que son parte de la tradición del common law.

I. El common law

A.- Desarrollo histórico

Se originó en la época feudal en Inglaterra después de la invasión normanda en 1066. Tras la conquista normanda de Inglaterra, el Rey, quien ejercía por sí mismo la prerrogativa de dispensar justicia, comenzó a delegar esa función en jueces que, aunque instalados en Londres, viajaban por el país dispensando justicia en nombre del Rey. Esos jueces luego regresaban a su base en Londres y comparaban sus ejecutorias con sus compañeros jueces. En esas discusiones desarrollaron la regla de que al enfrentarse a disputas similares seguirían las decisiones ya hechas. O sea, se estableció un sistema de precedentes donde las decisiones anteriores son obligatorias al resolver casos futuros similares.1

Bajo esa regla la gente que venía a la corte sabía qué esperar – decisiones más predecibles y consecuentes. Como dice el adjetivo, esta ley vino a ser “común” en toda Inglaterra.

Posterior a la conquista normanda del año 1066, se dieron importantes cambios en la forma de solucionar los conflictos jurídicos. En primer lugar se instauró la figura del Comisario, quien periódicamente en representación del Rey visitaba los poblados del Reino para resolver in situ las disputas entre los campesinos. La figura del Comisario, tenía tanto funciones judiciales como funciones administrativas. En los distintos poblados, visitados por el Comisario, éste comenzó a recibir los reportes de actos criminales directamente de las personas afectadas. El Comisario procedía a la recopilación de la información relacionada con el asunto sometido a su conocimiento. Luego de recopilada la información el Comisario escogía entre los pobladores de la villa un grupo de personas que deberían definir la validez de los cargos, para determinar si el o los sujetos objeto del proceso sería sometidos a un proceso.

No debió pasar mucho tiempo para que fuera visible la inconveniencia de que el mismo grupo de personas que decidía sobre la solicitud de sometimiento a juicio del Comisario fuese el que decidiese sobre la condición de inocente o culpable de las partes sometidas al proceso. De esta forma este grupo de personas se llega a dividir en dos. Nacen a partir de este momento el Gran Jurado y el Pequeño Jurado o Jurado de Juicio. Con el transcurso del tiempo estos grupos de personas evolucionarían en lo que hoy se conoce en el sistema judicial norteamericano con el nombre de Gran Jurado, mientras que el Comisario evolucionaría para convertirse en el fiscal de juicio.

Por supuesto, los hechos de los casos siempre son en alguna medida distintos, por lo que había que tratar de asimilar los hechos del caso de hoy a los del de ayer para lograr entrada a las cortes de common law. Eso supuso que el sistema del common law pusiera un énfasis extraordinario en lo procedimental, porque el objetivo básico era lograr que la corte aceptara entender en el caso.

El sistema judicial comienza a delinearse y se llegan a establecer dos tipos de cortes en Inglaterra: "Las cortes comunes", llamadas "Court of Common Pleas"; y "El Estrado o Corte Real", llamada "The Kings Bench". En las primeras se tramitarían Los asuntos de naturaleza no criminal, y los personales quedaban reservados a la Corte Real.

La representación del Rey fue ejercida por el "Chancellor" ( Canciller o Ministro). Este funcionario sería el encargado de impulsar el proceso en nombre del Rey. se encargaría de asistir a los ciudadanos en la presentación de sus asuntos ante el órgano judicial, esto se lograba mediante la compra y uso de una fórmula especial (forms of action). Como sería lógico de prever, llegó un momento en el que una gran cantidad de asuntos no podían ser atendidos por este primitivo sistema judicial. La monarquía tuvo que resolver este problema y se creó un nuevo sistema judicial a cargo del Chancellor que sería quien resolvería estos procesos no cubiertos por el sistema de "forms

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