AMPARO INDIRECTO CONTRA ORDEN DE REAPREHENSION
Enviado por Gndareibol Ga • 19 de Mayo de 2016 • Documentos de Investigación • 2.141 Palabras (9 Páginas) • 2.728 Visitas
AMPARO INDIRECTO CONTRA
ORDEN DE REAPREHENSION
C. JUEZ EN TURNO DE DISTRITO DE AMPARO
EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE NAYARIT
P R E S E N T E.
JUAN JOSE VILLANUEVA SALGADO, mexicano, mayor de edad, casado, de ocupación comerciante, con domicilio para oír y recibir notificaciones en Calle Miñón numero 13 interior 5 oriente de esta ciudad autorizando para que las reciba en los términos del artículo 27 de Ley de Amparo a los C. C. LICENCIADOS LUIS ENRIQUE RAMOS GONZALEZ, LENIN RODRIGUEZ VILLANUEVA, ROLANDO HERNANDEZ GUTIERREZ, ante usted, con todo respeto comparezco y expongo
Por mi propio derecho demando el Amparo y Protección de la Justicia Federal en contra de las autoridades que más adelante señalare y por los actos que en la parte conducente precisaré.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley de Amparo a continuación hago el siguiente:
S E Ñ A L A M I E N T O:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS QUEJOSOS. Mismos que ya quedaron precisados.
II.- EL NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO.- En el presente juicio, considero que no existe.
III.- LA AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES.
Como ordenadoras:
1).- C. JUEZ PENAL DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS VARAS NAYARIT.
Como ejecutoras:
EL C. PROCURADOR DE JUSTICIA EN EL ESTADO DE NAYARIT, con domicilio en avenida tecnológico numero 3200 de esta Ciudad, capital.
DIRECTOR DE LA POLICIA ESTATAL INVESTIGADORA DEL ESTADO DE NAYARIT, con domicilio en avenida tecnológico numero 3200 de esta Ciudad, capital.
ENCARGADO DE LA COMANDANCIA DE LA POLICIA ESTATAL INVESTIGADORA, EN EL POBLADO DE LAS VARAS, NAYARIT. Con domicilio ampliamente conocido en el Municipio de Las Varas Nayarit.
IV.- LOS ACTOS RECLAMADOS:
De la autoridad señalada como ordenadora, le reclamo la orden de reaprehensión dada a las ejecutoras para privarme de mi libertad personal dentro procedimiento judicial.
De las ejecutoras reclamo la ejecución de la orden que recibieron de la ordenadora para privarme de mi libertad personal fuera de procedimiento judicial.
FUNDAMENTOS LEGALES DEL AMPARO
Artículos 73 fracciones X y XXIX apartados 4º y 5º inciso a), 103 fracciones I y III y 107 fracciones I, IV, VII y X, 115 fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1º fracciones I y III, 114 fracciones II y VI de la Ley de Amparo.
PRECEPTOS CONSTITUCIONALES QUE CONTIENEN LAS GARANTÍAS VIOLADAS:
Artículos 14, 16 y de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
PROTESTA DE LEY:
Bajo protesta legal de decir verdad, manifiesto que los hechos que constituyen los antecedentes de los actos reclamados, que a la vez sirven de fundamento a los conceptos de violación, son los que enseguida se indicarán.
A N T E C E D E N T E S:
1.- El día de ayer, y toda la semana pasada se presentaron unos elementos de policía estatal al domicilio del suscrito manifestándoles a familiares que me buscaban para hacerme unas preguntas, en relación a un proceso que se sigue en mi contra por el delito de despojo en las Varas Nayarit, diciéndoles mis familiares que no me encontraba, que dejaran el citatorio si se trataba de una audiencia y ellos me lo harían llegar en cuanto me vieran, pero se negaron, diciéndole a mis familiares que ocupaban verme personalmente y que si no sabían dónde me podían localizar, pero es el caso es que el día de hoy desde temprano esta estacionada una patrulla de policía estatal afuera de mi casa, y tengo el temor fundado de que pretendan detenerme motivo por el cual temo por mi libertad personal, ya que se la manera en que se manejan ciertas autoridades temo que con artimañas pretendan ejecutar alguna ORDEN DE REAPREHENSIÒN sin que para ello hubiere dado motivo, ya que dentro del proceso que se me sigue por un supuesto despojo, bajo el número de expediente 261/2004, siempre he cumplido con mis obligaciones, así mismo me he presentado a todas y cada una de las audiencias que se han llevado a cabo desde que empezó en el año dos mil cuatro, y al tener tantos años litigando dicho asunto me parece muy sospechosa la actitud de los Agentes de la policía Estatal.
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