ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Alcance de la presente Convención.


Enviado por   •  23 de Enero de 2014  •  Tesis  •  2.621 Palabras (11 Páginas)  •  290 Visitas

Página 1 de 11

INTRODUCCIÓN

1. Alcance de la presente Convención.

La presente Convención se aplica a los tratados entre Estados.

2. Términos empleados. 1. Para los efectos de la presente Convención:

a) se entiende por "tratado" un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular;

b) se entiende por "ratificación", "aceptación", "aprobación" y "adhesión", según el caso, el acto internacional así denominado por el cual un Estado hace constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado;

c) se entiende por "plenos poderes" un documento que emana de la autoridad competente de un Estado y por el que se designa a una o varias personas para representar al Estado en la negociación, la adopción o la autenticación del texto de un tratado, para expresar el consentimiento del Estado en obligarse por un tratado, o para ejecutar cualquier otro acto con respecto a un tratado;

d) se entiende por "reserva" una declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, hecha por un Estado al firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o al adherirse a el, con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a ese Estado;

e) se entiende por un "Estado negociador" un Estado que ha participado en la elaboración y adopción del texto del tratado;

f) se entiende por "Estado contratante" un Estado que ha consentido en obligarse por el tratado, haya o no entrado en vigor el tratado;

g) se entiende por "parte" un Estado que ha consentido en obligarse por el tratado y con respecto al cual el tratado esta en vigor;

h) se entiende por "Tercer Estado" un Estado que no es parte en el tratado;

i) se entiende por "organización internacional" una organización intergubernamental.

LA CONVENCION DE VIENA

Esta convención establece las formas de celebración de tratados entre estados, indicando que este será aplicable para todos los estados contratantes del mismo aplicando para todos los estados contratantes de este, destinando solamente entre estados, no así a otros sujetos de derecho internacional sin que este afecte el valor jurídico de los celebrados entre ellos (sujetos de derecho internacional y estados o entre sujetos de derecho internacional).

Por otra parte indica que los efectos del mismo no son retroactivos y que se destinara a todos los tratados aplicado en el ámbito de una organización internacional, así como a los tratados constitutivos de organizaciones internacionales.

Los representantes de los estados deben contar con plenos poderes para poder celebrar tratados, no los necesitan cuando se trate de jefes de estados, gobernantes, ministros de relaciones exteriores, jefes de misión diplomática y representante acreditado por los estados ante una conferencia internacional, sino es una persona autorizada, el tratado que celebre no surtirá efectos.

El texto se considerara autentico siempre que el mismo se haya realizado conforme a los procedimientos establecidos por los estados contratantes.

Las formas de manifestación del consentimiento en obligarse por un tratado son:

* Firma: cuando así se disponga o se haya convenido por los estados

a) Rubrica: cuando así se estipule en el cuerpo del tratado

b) Ad referéndum.- cunado se necesite que un estado convalide el mismo

* Canje: es el simple intercambio de los documentos, aplicando este cuando así se haya convenido por los estados contratantes

* Ratificación: El consentimiento de un estado se configura una vez firmado el tratado esté sea convalidado por un órgano interno del estado contratante.

* Adhesión: Cuando de un tratado existente un tercer estado se obligue al mismo siempre que las partes así lo convengan.

En los casos de ratificación, aceptación, aprobación, adhesión, se realizara el canje o deposito salgo acuerdo en contrario de las partes,

El estado contratante puede obligarse solamente por una parte de un tratado siempre que los estados contratante así lo permitan y no podrá ningún estado frustrar el objeto o fin de un tratado antes de su entrada en vigor.

El estado puede formular las reservas en el momento de firmar, ratificar, aceptar, aprobar o adherirse a aun tratado, siempre que la misma no sea incompatible con el objeto o fin del tratado o esté prohibido en el propio. Una reserva expresamente autorizada por el tratado no exigirá la aceptación ulterior de los demás Estados contratantes, a menos que el tratado así lo disponga. El hecho de que uno de los estados contratantes objete una reserva no impide la entrada en vigor del tratado entre estos, a menos que el estado que objeto manifieste lo contrario.

Se tiene 12 meses para poder objetar una reserva sino se considerara como aceptada, las objeciones y reservas se pueden retirar en cualquier momento.

Un tratado entra en vigor cuando así lo acuerden los estado negociadores, correrá con la misma suerte en caso de que su aplicación provisional.

En cuanto a su observancia se aplica el principio Pacta Sunt Servanta, no se puede invocar disposiciones de derecho interno para incumplir con un tratado, a menos que este viole normas fundamentales, y este será aplicable en todo el territorio del estado contratante.

Para la interpretación de un tratado, se hará de buena fe y se tiene que tomar en cuenta el contexto, texto, preámbulo y anexos, se pone acudir a medios de interpretación complementarios cuando sea ambiguo, o conduzca a un resultado absurdo, si está en dos o más idiomas prevalecerá el idioma convenido.

Las regla general respecto de terceros estado es que el tratado celebrado no le genera obligaciones, sin embargo si los estados contratantes convinieron conferir este derecho a un tercer estado su aceptación por escrito puede crear la obligación y para revocar esta obligación solo puede ser mediante el consentimiento de las partes y el tercer estado, excepto si se acordó lo contrario.

Un tratado podrá ser enmendado por acuerdo entre las partes y esta tiene que ser notificado a los estados partes, para que estos decidan y negocien respecto de la propuesta. Puede ser que en un tratado multilateral solo dos estados negocien una enmienda que afecte únicamente a ellos.

La nulidad, terminación, retiro o suspensión, no podrá alegarse

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (16 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com