Antecedentes Historicos Del Juicio Oral
Enviado por libertador4 • 10 de Noviembre de 2014 • 3.431 Palabras (14 Páginas) • 797 Visitas
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL JUICIO ORAL
ORIGENES DEL JUICIO ORAL.-
El juicio oral tiene raíces griegas en el Tribunal de los Heliastas, el cual tomaba su nombre de la helia, parte del ágora o plaza pública donde se constituía y sesionaba como una especie de jurado popular. El encausado comparecía ante el tribunal y de viva voz exponía su caso, como explica Platón en su Apología de Sócrates.
También tiene raíces en la República romana, en la cual los procedimientos penales se realizaban con la sola intervención de los magistrados, cuyas decisiones se basaban generalmente en la costumbre. La publicidad se exigía al dictar el fallo. Se permitía la autodefensa. La sentencia y su ejecución dependían del arbitrio –no de la arbitrariedad» del magistrado. Cuando la pena impuesta era la de muerte o se trataba de una patrimonial superior a un mínimo determinado, se requería la confirmación de los Comicios ciudadanos, que eran asambleas del pueblo romano, reunidas para elegir a sus magistrados, como también para tratar de los negocios públicos.
El procedimiento probatorio era oral y comenzaba con una breve exposición de los cargos por parte del actor, cargos que eran rechazados por el inculpado. Acto seguido se ofrecían pruebas, particularmente las testimoniales, e intervenían los abogados o jurisdicentes quienes realizaban una exposición del caso y llamaban a declarar a los testigos, empezando por los del actor y continuando con los del demandado. También se presentaban documentos probatorios. La etapa probatoria solía llevar varios días. Desahogadas las pruebas, el jurado procedía a evaluarlas para dictar sentencia, ya fuera ésta absolutoria o condenatoria. La sentencia se imponía de una vez y para siempre
En la Edad Media el enjuiciamiento dejó de ser oral y adoptó la forma escrita o inquisitiva, gracias a una Decretal del papa Inocencio III, dada en 1216, en la que se establece que todo lo actuado ante el juez debería quedar por escrito, bajo la advertencia de que todo aquello que no constara en actas no tendría valor: quod non est in actis, non est in mundo
Fue así como tanto el interrogatorio del imputado como las pruebas ofrecidas por los testigos se recogieron por escrito, como se hace actualmente en lo que conocemos como «autos» del proceso
El juicio oral, Suele definirse como aquel que se sustancia en sus partes principales de viva voz ante el juez o tribunal que entiende en el litigio, sea éste civil, penal, laboral, contencioso administrativo, etc. A diferencia del juicio escrito, en el juicio oral las pruebas y los alegatos de las partes se efectúan ante el juzgador, por eso se señala que inmediación y oralidad deben estar estrechamente unidas en la recta administración de justicia, especialmente en materia penal, entre otras razones, por la publicidad de los debates (salvo cuando se trata de hechos o delitos que pueden producir escándalo público, o afectar el honor de las personas o atentar contra la seguridad del Estado)
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL JUICIO ORAL.-
Este capítulo, integra una breve semblanza de la evolución histórica de los juicios orales. Muestra que desde la antigüedad el hombre ha buscado y empleado los medios que, conforme a las circunstancias sociológicas imperantes en un tiempo determinado, ha tenido a su alcance a fin de solucionar los conflictos surgidos dentro de su comunidad. Al paso del tiempo, y con la evolución del derecho, las instituciones jurídicas, entre ellas las procesales, se van perfeccionando y surgen así los juicios orales. Entre las fuentes de estos procesos, dignas de tomarse en cuenta, son las que emergen del derecho germánico y canónico, en donde se puede apreciar una tradición jurídica oral; la influencia del derecho canónico, a principios de la edad media, dio como resultado procedimientos excesivamente lentos, donde la jurisdicción se encontraba a cargo de funcionarios del estado. México, como heredero de la tradición jurídica europea, a través de España, la que trasladó las instituciones del derecho castellano a las tierras conquistadas, también tuvo su evolución respecto a su evolución procesal; ejemplo de ello, a principios del siglo pasado, el proceso penal se llegó a desarrollar en forma oral ante jurado popular; los que con el tiempo cayeron en desuso, por ser poco prácticos. Actualmente, no todos los juicios son completamente de carácter escrito, tienen etapas de oralidad, como lo es el desahogo de pruebas, pudiendo hablarse, más bien de una forma mixta y oral.
Las sociedades antiguas como las modernas, han tenido siempre aunque sea de manera rudimentaria, una estructura social, política, e inclusive jurídica, que van en función del adelanto cultural de las comunidades insertas en las sociedades, que éstas presentan en su momento histórico.
El hombre, en consecuencia, ha tenido que buscar y emplear los medios que conforme a las circunstancias sociológicas, tiene a su alcance a fin de solucionar conflictos que surgen dentro de la comunidad; la mayoría de las veces, entre los pueblos primitivos, estas componendas fueron resueltas por la fuerza, caso en el que, ganaba el más fuerte y no siempre el débil podía hacer que se le reconociera su derecho. Con el devenir de los tiempos y el advenimiento del derecho, que no es más que un producto social que evoluciona de manera directa y proporcional y proporcional al desarrollo cultural de los pueblos, es que los hombres empiezan a buscar mecanismos que solucionen sus problemas, de manera tal, que independientemente de la solución del problema, las partes que intervienen queden convencidas, en conciencia, de que la solución que se tomó era la conforme al modo de ser social y a las costumbres propias de esa sociedad era la adecuada.
Es innegable, que la mayoría de los pueblos antiguos, existían formas que aunque fueran rudimentarias, de sistemas heterocompositivos, los cuales se desarrollaron a través de la oralidad, por la sencilla razón de que la escritura es un logro que sobrevino mucho después. Asimismo, de acuerdo a la concepción jurídica de los romanos, la acción procesal era proporcionada por el pretor mediante una fórmula, con la característica de que a falta de ella no se tenía el derecho correlativo. Este régimen era propio del exagerado formalismo de esa época en la historia de las instituciones jurídicas desde el punto de vista de su realización, situación que perduró durante largo tiempo.
Es entendible que en otros ámbitos, en las comunidades primitivas, la administración de justicia estuvo comúnmente en manos de un jefe o líder que detentaba el mando de ese grupo social: en otros grupos, pudo haber sido un “consejo de ancianos o de un brujo, ya que la solución de los litigios tenía
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