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Brevísima Relación De La Destrucción De Las Indias, Fray Bartolomé De Las Casas


Enviado por   •  9 de Octubre de 2013  •  28.451 Palabras (114 Páginas)  •  549 Visitas

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Brevísima relación de la destrucción de las Indias

[Crónica de Indias: Texto completo]

Fray Bartolomé de las Casas

Brevísima relación de la destruición de las Indias, colegida por el obispo don fray

Bartolomé de Las Casas o Casaus, de la orden de Santo Domingo, año 1552

ARGUMENTO DEL PRESENTE EPÍTOME

Todas las cosas que han acaecido en las Indias, desde su maravilloso descubrimiento y del principio que a ellas fueron españoles para estar tiempo alguno, y después, en el proceso adelante hasta los días de agora, han sido tan admirables y tan no creíbles en todo género a quien no las vido, que parece haber añublado y puesto silencio y bastantes a poner olvido a todas cuantas por hazañosas que fuesen en los siglos pasados se vieron y oyeron en el mundo. Entre estas son las matanzas y estragos de gentes inocentes y

despoblaciones de pueblos, provincias y reinos que en ella se han perpetrado, y que todas las otras no de menor espanto. Las unas y las otras refiriendo a diversas personas que no las sabían, y el obispo don fray Bartolomé de las Casas o Casaus, la vez que vino a la corte después de fraile a informar al Emperador nuestro señor (como quien todas bien visto había), y causando a los oyentes con la relación de ellas una manera de éxtasis y suspensión de ánimos, fué rogado e importunado que de estas postreras pusiese algunas con brevedad por escripto. Él lo hizo, y viendo algunos años después muchos insensibles hombres que la cobdicia y ambición ha hecho degenerar del ser

hombres, y sus facinorosas obras traído en reprobado sentido, que no contentos con las traiciones y maldades que han cometido, despoblando con exquisitas especies de crueldad aquel orbe, importunaban al rey por licencia y auctoridad para tornarlas a cometer y otras peores (si peores pudiesen ser), acordó presentar esta suma, de lo que cerca de esto escribió, al Príncipe nuestro señor, para que Su Alteza fuese en que se les denegase; y parecióle cosa conveniente ponella en molde, porque Su Alteza la leyese con más facilidad. Y esta es la razón del siguiente epítome, o brevísima relación.

FIN DEL ARGUMENTO

PRÓLOGO

Del obispo fray Bartolomé de las Casas o Casaus para el muy alto y muy

poderoso señor el príncipe de las Españas, don Felipe, nuestro señor

Muy alto e muy poderoso señor: Como la Providencia Divina tenga ordenado en su mundo que para direción y común utilidad del linaje humano se constituyesen, en los reinos y pueblos, reyes, como padres y pastores (según los nombra Homero), y, por consiguiente, sean los más nobles y generosos miembros de las repúblicas, ninguna dubda de la rectitud de sus ánimos

reales se tiene, o con recta razón se debe tener, que si algunos defectos, nocumentos y males se padecen en ellas, no ser otra la causa sino carecer los reyes de la noticia de ellos. Los cuales, si les constasen, con sumo estudio y vigilante solercia extirparían. Esto parece haber dado a entender la divina Escriptura de los proverbios de Salomón. Rex qui sedet in solio iudicit, dissipatomne malum intuitu suo. Porque de la innata y natural virtud del rey, así se supone, conviene a saber, que la noticia sola del mal de su reino es

bastantísima para que lo disipe, y que ni por un momento solo, en cuanto en sí fuere, lo pueda sufrir.

Considerando, pues, yo (muy poderoso señor), los males e daños, perdición e jacturas (de los cuales nunca otros iguales ni semejantes se imaginaron poderse por hombres hacer) de aquellos tantos y tan grandes e tales reinos, y, por mejor decir, de aquel vastísimo e nuevo mundo de las Indias, concedidos y encomendados por Dios y por su Iglesia a los reyes de Castilla para que se los rigiesen e gobernasen, convirtiesen e prosperasen temporal y espiritualmente, como hombre que por cincuenta años y más de experiencia, siendo en aquellas tierras presente los he visto cometer; que, constándole a Vuestra Alteza algunas particulares hazañas de ellos, no podría contenerse de suplicar a

Su Majestad con instancia importuna que no conceda ni permita las que los tiranos inventaron, prosiguieron y han cometido [que] llaman conquistas, en las cuales, si se permitiesen, han de tornarse a hacer, pues de sí mismas (hechas contra aquellas indianas gentes, pacíficas, humildes y mansas que a nadie ofenden), son inicuas, tiránicas y por toda ley natural, divina y humana, condenadas, detestadas e malditas; deliberé, por no ser reo, callando, de las perdiciones de ánimas e cuerpos infinitas que los tales perpetraran, poner en molde algunas e muy pocas que los días pasados colegí de innumerables, que con verdad podría referir, para que con más facilidad Vuestra Alteza las pueda leer.

Y puesto que el arzobispo de Toledo, maestro de Vuestra Alteza, siendo obispo de Cartagena me las pidió e presentó a Vuestra Alteza, pero por los largos caminos de mar y de tierra que Vuestra Alteza ha emprendido, y ocupaciones frecuentes reales que ha tenido, puede haber sido que, o Vuestra Alteza no las leyó o que ya olvidadas las tiene, y el ansia temeraria e irracional de los que tienen por nada indebidamente derramar tan inmensa copia de humana sangre e despoblar de sus naturales moradores y poseedores, matando mil cuentos de gentes, aquellas tierras grandísimas, e robar incomparables tesoros, crece cada hora importunando por diversas vías e varios fingidos colores, que se les concedan o permitan las dichas conquistas (las cuales no se les podrían conceder sin violación de la ley natural e divina, y, por consiguiente, gravísimos pecados mortales, dignos de terribles y eternos suplicios), tuve por conveniente servir a Vuestra Alteza con este sumario brevísimo, de muy difusa historia, que de los estragos e perdiciones acaecidas se podría y debería componer.

Suplico a Vuestra Alteza lo resciba e lea con la clemencia e real benignidad que suele las obras de sus criados y servidores que puramente, por sólo el bien público e prosperidad del estado real, servir desean. Lo cual visto, y entendida la deformidad de la injusticia que a aquellas gentes inocentes se hace, destruyéndolas y despedazándolas sin haber causa ni razón justa para ello, sino por sola la codicia e ambición de los que hacer tan nefarias obras pretenden, Vuestra Alteza tenga por bien de con eficacia suplicar e

persuadir a Su Majestad que deniegue a quien las pidiere tan nocivas y detestables empresas, antes ponga en esta demanda infernal perpetuo silencio, con tanto terror, que ninguno sea osado desde adelante ni aun solamente se las nombrar.

Cosa es esta (muy alto señor) convenientísima e necesaria para que todo el estado de la corona real de Castilla, espiritual y temporalmente, Dios lo prospere e conserve y haga bienaventurado. Amén.

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