CIUDADANO. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL EN TURNO
Enviado por kcmg • 2 de Junio de 2016 • Apuntes • 971 Palabras (4 Páginas) • 470 Visitas
CIUDADANO.
JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
EN TURNO
C. LIC. DANIEL SALDIVAR RODRIGUEZ, mexicano, mayor de edad, por propio derecho señalando domicilio para recibir todo tipo de notificaciones, el domicilio ubicado en la calle de acamapichtli número 335 de la Colonia ejidal ocolucen de esta Ciudad y autorizando para que en mi nombre, y representación, oigan, reciban y recojan toda clase de documentos a los C.C.MELITON GARCIA JACOBO, ante Usted respetuosamente comparezco a exponer:
Con el carácter antes indicado vengo a dar contestación a la demanda entabla en mi contra por el C., ANALINE ORTIZ quien me reclama las prestaciones mencionadas en su infundado libelo.
CONTESTACION A LAS PRESTACIONES
A).- Es parcialmente cierto que yo le expedí al C.OCTAVIO ORNELAS GARCIA, un CHEQUE por la cantidad de $10,000 (DIEZ MIL PESOS MONEDA NACIONAL)
B).- No es procedente un interés legal reclamado, puesto que nunca se pactó, y mucho menos hasta la conclusión del juicio, toda vez que fue por su propio deseo infundado de entablar esta temeraria demanda en mi contra, sin hacer caso a nuestro acuerdo de que en la fecha fijada en el CHEQUE, mi demandante tendrá que cobrar lo pactado.
C).- No es procedente los gastos y costas judiciales que pretende hacer valer, toda vez que el juicio que hoy nos ocupa no ha llegado al periodo de sentencia, ni he sido vencido en juicio.
PUNTOS DE LOS HECHOS:
1.- En cuanto al primero de los hechos, contesto que son parcialmente ciertos, toda vez que con fecha 07 de septiembre del año 2004 dos mil cuatro, suscribí un título de crédito denominado CHEQUE a favor del C.OCTAVIO ORNELAS GARCIA, por la cantidad de $10,000 (DIEZ MIL PESOS MONEDA NACIONAL)
y de común acuerdo se estableció en dicho CHEQUE que se cobraría hasta el día 03 tres de octubre del año 2004dos mil cuatro, motivo por el cual refiero que no fue de manera errónea ni dolosa mi actuar, toda vez que en esos momentos se encontraban presentes los CC.CLAUDIA AREGUIN MENDEZ Y ESTHER ARREGUIN MENDEZ, testigos oculares de la expedición del multicitado título de crédito.
2.- En cuanto al segundo de los hechos, contesto que no son ciertos, puesto que no son míos personales, no me consta que se hubiese intentado depositar el CHEQUE a la cuenta de mi ahora demandante.
3.- En cuanto al tercero de los hechos, contesto que es parcialmente cierto lo referido por mi demandante, toda vez que, siempre le he referido a C.ANALINE ORTIZ, que debe de cobrar el CHEQUE en la fecha estipulada en el documento, puesto que ese fue lo que acordamos voluntariamente.
4.- Concluyo, negando la temeraria demanda infundada en mi contra en la forma expuesta.
EXCEPCIONES Y DEFENSAS
OSCURIDAD DE LA DEMANDA.- Porque el actor afirma en el inciso b) de los intereses, cuando es de manifestarse que nunca se pactaron, por las explicaciones a que me refiero en el inciso b) de mi contestación de demanda, además de que es totalmente obscuro, ya que la parte actora trata de ofuscar la mente y criterio del juzgador para que lo favorezca.
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