COMO OPERA LA LEY BUSTOS
Enviado por csalinasa • 3 de Septiembre de 2016 • Apuntes • 566 Palabras (3 Páginas) • 267 Visitas
LEY BUSTOS
Es la ley N°16.931 que obliga a los empleadores a cancelar las cotizaciones previsionales adeudadas al trabajador al momento del despido, la cual se aplica a todos los trabajadores, sin excepción la cual también incluye a los temporeros y a trabajadores de casa particular.
Para que sea válido el despido, el empleador debe acompañar en el aviso de TÉRMINO DE CONTRATO los certificados que acrediten que tiene pagada las siguientes cotizaciones:
- Cotización de pensiones AFP o INP.
- Cotización de FONASA O ISAPRE.
- Cotizaciones del seguro de cesantía (Ley N°19.728) si correspondiere.
Si al momento del despido el empleador no tiene cancelada dichas cotizaciones, el despido como tal no será válido, lo que significa que el empleador deberá continuar pagando al trabajador afectado las remuneraciones y demás prestaciones contempladas en el contrato de trabajo, hasta que haya validado debidamente el despido.
COMO OPERA LA LEY BUSTOS
Esta ley opera cuando el contrato de trabajo termina en las siguientes causales:
Las del articulo N° 159 N°s 4, 5 y 6 del código del trabajo que corresponden a:
- Vencimiento del plazo del contrato de trabajo.
- Conclusión o término del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
- Caso fortuito o de fuerza mayor.
Las del artículo N°160 que corresponden a:
- Las causales imputables al trabajador, es decir, aquellas que se estable negligencia, falta de probidad, abandono del trabajo, etc.
Las del articuloN°161 que corresponden a:
- Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, o desahucio.
Esta ley no aplica cuando las causas de término de contrato sean por renuncia voluntaria o mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador.
OBLIGACION DEL EMPLEADOR
Cuando un empleador ha puesto término al contrato de trabajo convenido sin tener pagadas las cotizaciones del trabajador tiene las siguientes obligaciones:
- Pagar al trabajador la totalidad de las remuneraciones e imposiciones del periodo comprendido entre la fecha del despido y aquella que efectivamente pago las cotizaciones adeudadas y así lo acredito, y en este caso el trabajador no estará obligado a trabajar durante tal periodo.
- El empleador no puede dejar sin efecto el despido en forma unilateral, solo podrán hacerlo ambas partes en común acuerdo, en tal caso que la relación laboral continuara vigente, en los mismo términos de antes, pero el empleador deberá ponerse al día en el pago de las cotizaciones morosas.
FINIQUITO SÓLO SE FIRMA
- Cuando este por escrito.
- Por el trabajador, el empleador y por el presidente del sindicato, delegado de personal o sindical respectivo, si lo hubiere.
- Si el trabajador está absolutamente de acuerdo con los hechos y causal de despido invocada.
- Si están pagadas las indemnizaciones que correspondan, las remuneraciones y demás beneficios que procedan, como por ejemplo, el feriado, ya sea completo o proporcional.
- Si el empleador acredita el pago de las cotizaciones previsionales.
- Este finiquito puede ser ratificado por un ministro d efe, que puede ser un Inspector de la Inspección del Trabajo, un notario público, así como también el oficial del registro civil de la comuna o el secretario municipal correspondiente (Art. 177, inciso 2° del código del trabajo).
CONCLUSION
La ley Bustos es una ley que obliga a los empleadores a cumplir con derechos de los trabajadores, asi como también de sus propias obligaciones, lo que permite
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