CONDICIONES DE TRABAJO
Enviado por alberto20091985 • 11 de Junio de 2015 • Tesis • 3.100 Palabras (13 Páginas) • 443 Visitas
INTRODUCCION
CONDICIONES DE TRABAJO
Para Mario de la Cueva las condiciones de trabajo son "las normas que fijan los requisitos para la defensa de la salud y la vida de los trabajadores en los establecimientos y lugares de trabajo y las que determinan las prestaciones
EL PRINCIPIO DE IGUALDAD
Refiriéndose al principio de igualdad en las condiciones de trabajo, el artículo 56 de la Ley, establece al respecto: "Las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecer diferencias por motivos de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta Ley". El principio de la igualdad tiene sus excepciones, las cuales revisten gran importancia por los aspectos que las caracterizan; esas excepciones se localizan en los trabajos especiales, artículos 234, 297 y 307, respectivamente).
CLASIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO
Mario de la Cueva las clasifica en tres categorías, a saber: Condiciones de trabajo de naturaleza colectiva. Son aquellas normas aplicables a cada uno de los trabajadores en particular. II Condiciones de trabajo de naturaleza colectiva. Son las normas que protegen la salud y la vida de los trabajadores en general .III Condiciones de trabajo de naturaleza colectiva social. Son normas que consagran prestaciones de las cuales disfrutan todos los trabajadores en general.
MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO A PETICIÓN DEL TRABAJADOR
El artículo 57 de la Ley Federal del Trabajo en su primer párrafo, establece que "El trabajador podrá solicitar de la junta de Conciliación y Arbitraje la modificación de las condiciones detrabajo, cuando el salario no sea remunerador de las condiciones de trabajo o concurrencia circunstancias económicas que la justifiquen".
DESARRLLO DE LOS TEMAS
7.1.- LA JORNADA DE TRABAJO.
7.2 Concepto
La Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.
7.4.- LAS JORNADAS DIURNAS, NOCTURNAS Y MIXTAS.
De acuerdo a los artículos del 58 al 64 de la ley federal del trabajo incluyen lo siguiente:
El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.
Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.
Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas.
Jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas.
Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna.
La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.
Para fijar la jornada de trabajo se observará lo dispuesto en el artículo 5o., fracción III.
Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.
Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.
7.5.- TRABAJOS DE EMERGENCIA.
Se da en el supuesto de una promulgación de la jornada ordinaria a causa de un siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa; esa promulgación será por el tiempo necesario para evitar tales males .Este tipo de emergencia se justifica en la medida en que el trabajador esta colaborando a salvar la vida de sus compañeros, del patrón o la existencia de la empresa misma, que es la fuente de trabajo.
7.6.- PRINCIPIOS DE LA JORNADA EXTRAORDINARIA DE TRABAJO.
Según Mario de la Cueva a la jornada extraordinaria se le puede definir como "la prolongación, por circunstancias extraordinarias, del tiempo durante el cual el trabajo esta a disposición del patrón".
El pago del tiempo extraordinario esta regulado por los artículos 67 y 68 de la Ley. Las horas de trabajo extraordinario se deberán pagar con un 100% mas del salario correspondiente alas horas de la jornada ordinaria y si la prestación del tiempo excedente de nueve horas a la semana, el patrón deberá pagar al trabajador el tiempo excedente con un 200% mas el salario correspondiente a las horas de la jornada ordinaria.
7.8.- DIAS DE DESCANSO Y VACACIONES.
Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.
7.9.- SEMANAL.
El descanso semanal es una causa legal de interrupción de la jornada de trabajo, consignada en el artículo 69 de la Ley.
- EL SALARIO DEL DESCANSO SEMANAL.
El artículo 69 de la Ley establece que el día de descanso semanal será con goce de salario integro.
7.10.- OBLIGATORIO.
El descanso obligatorio está orientado a que los trabajadores puedan celebrar, conmemorar, ciertos sucesos relevantes para el país o para los mismos trabajadores y el descanso es obligatorio por que así lo establece la Ley en su artículo 74
7.11.- VACACIONES.
Todos los trabajadores disfrutan, en los términos de la Ley, de un periodo anual de vacaciones como mínimo La duración de las vacaciones la establece el artículo 76 de la Ley. La Suprema Corte de Justicia que dicto en la contradicción de tesis 25/95: "Después del cuarto año, el periodo vacacional se aumentara en dos días por cada cinco de servicios, que empezaran a contar desde el inicio de la relación contractual…" por tanto, una vez que el trabajador cumple cinco años de servicio, operara el incremento aludido y, entonces, disfrutara hasta los nueve años de catorce días de asueto; luego del decimo al decimo cuarto años de dieciséis y así sucesivamente". El artículo 80 de la Ley establece el pago de una prima con motivo de las vacaciones, consiste en un 25% sobre los salarios que correspondan al trabajo durante su periodo vacacional.
7.12.- EL SALARIO.
Constitucionalmente se halla consagrado el principio que sostiene que: "Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución, y sin su pleno consentimiento."
7.13.- CONCEPTO.
El salario es el punto
...