CURSO DE DERECHO ROMANO Glosario 1
Enviado por dalysaldrete04 • 26 de Septiembre de 2015 • Ensayo • 1.787 Palabras (8 Páginas) • 767 Visitas
UNIVERSIDAD LATINA DE PANAMÁ
CURSO DE DERECHO ROMANO
Glosario 1
Profesora BRENDA BLOISE
Ordene Alfabéticamente y coloque su significado
Debe indicar la fuente bibliográfica
1. Corpus Iuris Civile | 36.- Plebeyos |
2.-Ius | 37 .-Etruscos |
3.- Honeste Vivere | 38.- Ramnes |
4.- Alterum Non Laedere | 39.-Tticios o titienses |
5.- Sum Cuique Tribuere | 40.-Ius Sufragii |
6.- Fas | 41.- Ius Honorum |
7.- Iustitia | 42.-Clientela |
8.- Aequita | 43.-Ius Patronatus |
9.-Imperium | 44.-Intercessio |
10-Potestas | 45.-Pontifex Maximus |
11.-Autorictas | 46.-Censor |
12.-Ius Naturale | 47.-Cursus Honorum |
13.-Ius Gentium | 48.-Tribuni plebis |
14.-Ius Civile | 49.-Concilia plebis |
15.-Ius Propium Civium Romanorum | 50.-Decenviros |
16.- Ius Scriptum | 51.-Pretor |
17.- Ius non Scriptum | 52.-Cura Mores |
18.- Plebiscito | 53.-Cura Urbi |
19.-Interrex | 54.-Cuestores |
20.- Lex Curiata de Imperium | 55.-In Collegium |
21.-Ius Civile Papirianum | 56.-Aerarium Populi Romani |
22.- Senatus | 57.-Ius Edicendi |
23.- Cupidae legume iuventuti | 58.-Edictum Traslatium |
24.-Autoritas Patrum | 59.-Edictum Novum |
25.- Patres Majorum Gentium | 60.-Consecratio |
26.-Patres Minorum gentium | 61.-Ius Agenda Cum Plebe |
27.-Proletarii | 62.-Comitia Curiata |
28.-Comitia Centuriata | 63.-Ius Flavium |
29 Comitia Tributa | 64.-Lex Julia |
30..-Patricii | 65.-Lex Poetelia Papiria |
31.- Plebiscito | 66.- Julio César |
32.-Triunvirato | 67.- Marco Antonio |
33.- Antonino de Caracalla | 68. Papiniano |
34.- Gayo | 69.- Cicerón |
35.-Escipión El Africano | 70.-Octavio |
- Corpus Iuris Civile : es una recopilación de constituciones imperiales y jurisprudencia romanas desde 117 hasta 565 compuesta por el Codex repetitae praelectionis, la Digesta sive pandectae, las Institutas y las Novellae constitutiones.
- -Ius: es la palabra en latín que hace referencia al Derecho objetivo, es decir la norma (lex-ius-regula) y en sentido subjetivo la "facultas", entendida como el poder juridico que concretamente pertenece a un sujeto de derecho en cierto momento; solamente que la concepción clasica de la "facultas" va inesperadamente unida a la idea deActio; esto es, como poder de acudir a los tribunales en demanda de justicia, de tal manera que no hay verdadera "facultas" sin su Actio respectiva, de aquí que el derecho clásico se presenta más como un sistema de acciones que de derechos subjetivos. Está situación cambia cuando se concibe la idea general de una sola acción separada de los derechos subjetivos.
- Honeste Vivere : “Vivir honestamente”
- Alterum Non Laedere: No dañar a otro
- Sum Cuique Tribuere: dar a cada uno lo suyo
- Fas: Derecho de los Dioses o divino.
- Iustitia: La justicia (del latín iustitĭa)1 es la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus normas jurídicas.
- Aequita: equidad.
- Imperium: es un término jurídico latino (imperĭum) que designaba en la Antigua Roma el poder de mando y castigo, de índole militar, del gobernante sobre los ciudadanos convocados a la guerra y el dominio sobre los territorios conquistados. No existe una traducción exacta al español, dado que el sistema político moderno de división de poderes difiere del romano antiguo, pero es similar al concepto de "soberanía".
- Potestas: el poder socialmente reconocido. Ostenta la potestas aquella autoridad, en el sentido moderno de la palabra, que tiene capacidad legal para hacer cumplir su decisión. El concepto se contrapone al auctoritas o saber socialmente reconocido.
- Autorictas: una cierta legitimación socialmente reconocida, que procede de un saber y que se otorga a una serie de ciudadanos. Ostenta la auctoritas aquella personalidad o institución, que tiene capacidad moral para emitir una opinión cualificada sobre una decisión.
- Ius Naturale: Derecho Natural
- Ius Gentium: Derecho de Gentes
- Ius Civile: Derecho Civil
- Ius Propium Civium Romanorum
- Ius Scriptum: derecho escrito
- Ius non Scriptum: derecho no escrito
- Plebiscito: era la denominación de las decisiones tomadas por la plebe romana en sus asambleas.
- Interrex: proveniente del latín, con la cual literalmente se le adjudicaba a un gobernante durante la época del Imperio Romano o por su parte a la magistratura romana.
- Lex Curiata de Imperium: es la ley que le otorgaba a los magistrados de la antigua Roma todo el poder que tenían sobre la sociedad Romana.
- Ius Civile Papirianum
- Senatus: el senado.
- Cupidae legume iuventuti
- Autoritas Patrum: son la confirmación o sanción religiosa de las leyes y de los nombramientos.
- 25.- Patres Majorum Gentium: Los padres de nuestros antepasados
- 26.-Patres Minorum Gentium: los padres de los menores de edad
- Proletarii: es el término utilizado para designar a los trabajadores o clase obreraque carece de propiedades y medios de producción por lo que, para subsistir, se ve obligada a arrendar su fuerza de trabajo a la burguesía, propietaria de los medios de producción.1 Un proletario es el miembro de la clase obrera o proletariado.
- Comitia Centuriata: (asamblea curiata) es la más antigua documentada en Roma, remontándose a la época de los Reyes.
- Comitia Tributa: Elecciones.
- Patricii: Patricios.
- Plebiscito: Procedimiento jurídico por el que se somete a votación popular una ley o un asunto de especial importancia para el Estado.
- Triunvirato: Magistratura de la antigua Roma compuesta por tres personas.
- Antonino de Caracalla: hace referencia a una capa larga de origen galo cuyo uso introdujo en Roma; aunque dicho sobrenombre nunca se utilizó oficialmente, es por el que se le conoce en toda la historiografía.
- Gayo: fue un jurista romano de mediados del siglo II.
- Escipión El Africano
- Plebeyos: era la denominación de un grupo social de la Roma antigua.
- etruscos: Fueron un pueblo de la antigüedad cuyo núcleo geográfico fue la Toscana, Italia, a la cual dieron su nombre. Eran llamados Tirrenoso luego etrusci, por los romanos; ellos se denominaban a sí mismos Rasenas.
- Ramnes: Tribus. Los ramnenses de origen Latino y dirigidos por Rómulo.
- Tticios o titienses : Vicios. De origen sabino y dirigidos por Tatio.
- Ius Sufragii: Derecho de sufragio. Es el derecho de votar tanto en los comicios, para aprobar leyes, como en la designación de magistrados.
- Ius Honorum: Derecho honorario. Era el derecho a ser electo para desempeñar las magistraturas romanas.
- Clientela: Era un cierto número de personas que se hallaban al lado de los patricios agrupados bajo la protección del jefe de una.
- Ius Patronatus: derecho de patronato. Relación del esclavo con el antiguo amo, ya que tenía ciertas obligaciones con su antiguo amo.
- Intercessio: Intercesión. La intercesión era una facultad que se ejercía en la época de la República romana por parte de quienes ejercían magistraturas superiores, para oponerse a las decisiones de su colega de igual cargo, pues eran colegiadas. Inclusive podían vetar las decisiones de otros magistrados.
- Pontifex Maximus: Sumo pontífice. Se le otorgaba al principal sacerdote del colegio de Pontífices, y era el cargo más honorable en la religión romana, al que inicialmente sólo podían aspirar los Patricios.
- Censor: Magistrado de la antigua Roma que realizaba el censo de las personas y sus bienes y velaba por la moralidad de las costumbres del pueblo.
- Cursus Honorum: Carrera de honores. el nombre que recibía la carrera política o escalafón de responsabilidades públicas en la Antigua Roma. Establecía el orden y la jerarquía por la que se regían las magistraturas romanas, así como el modo de cumplirlas.
- Tribuni plebis: Tribuno de la plebe. Era un cargo de la antigua república romana que era elegido por los ciudadanos que componían la plebe. Los tribunos de la plebe surgieron para defender a los plebeyos.
- Concilia plebis: Consejos personas. Asamblea de La plebe romana de la que estaban excluidos los patricios; en ella se elegían sus representantes: los tribunos de la plebe y los ediles, y en la que se adoptaban decisiones denominadas plebiscita.
- Decenviros: Es una institución de la República Romana. Magistrado de la antigua Roma que formaba parte de una comisión de diez miembros nombrada legalmente, con funciones judiciales y religiosas.
- Pretor: Es un término que se utilizaba en el Imperio Romano para nombrar a un magistrado ubicado, en la escala jerárquica de la administración pública. Magistrado o alto funcionario que administraba justicia en la antigua Roma o gobernaba una de las provincias del Imperio romano.
- Cura Mores:
- Cura Urbi: Cuidado de la ciudad (ornato, vigilancia nocturna, habitabilidad de los edificios, orden y moralidad públicos, socorro contra incendios).
- Cuestores: Eran los encargados de manejar la contabilidad del Estado romano y los recursos públicos.
- In Collegium: colegio. era el nombre de una institución romana con un importante papel en el derecho romano; tenía el carácter de una asociación privada y estaba regido por su propio estatuto donde se establecían sus órganos y finalidad, los criterios de admisión de los asociados y otros asuntos propios.
- 56. Aerarium Populi Romani: Tesoro público (aerarium populi romani) repercuten los actos de venta, compra, arrendamiento, aceptación de herencia, etc., llevados a cabo por el Estado.
- Ius Edicendi: Legítima defensa. Facultad para dictar edictos de carácter obligatorios Edicto Traslaticio; no se modifica.
- Edictum Traslatium: Formada por normas de pretores anteriores. Edictos
- Edictum Novum: edicto nuevo
- Consecratio Consagración
- Ius Agenda Cum Plebe
- Comitia Curiata "comicios curiados
- .-Ius Flavium Fue el primer intento en secularizar el derecho de Roma. Publicado en el año 304 a.C., según la tradición sería obra de un liberto llamado Cneo Flavio en el cual dio a conocer las fórmulas y el calendario.
- Lex Julia La Ley Julia sobre el adulterio del año 18 a. C. tipificó los crímenes de adulterium, que se produce cuando la mujer que interviniente en una relación sexual está casada con otra persona.
- Lex Poetelia Papiria fue una norma aprobada en la Antigua Roma que abolió indirectamente la forma contractual del Nexum. Por virtud del Nexum se establecía la responsabilidad personal por las deudas, a diferencia de lo que ocurre hoy día, donde dicha responsabilidad es sólo patrimonial.
- Julio César (Cayo Julio César) Militar y político cuya dictadura puso fin a la República en Roma (Roma, 100 - 44 a. C.). Procedente de una de las más antiguas familias del patriciado romano, los Julios, Cayo Julio César fue educado esmeradamente con maestros griegos.
- Marco Antonio Militar y político romano del periodo de las guerras civiles (?, h. 83 - Alejandría, 30 a. C.). Miembro de una familia patricia, era nieto de otro político del mismo nombre, asesinado por Mario en el 87 a. C. Tras una juventud disoluta, entró al servicio de su tío Julio César, a quien ayudó a imponerse sobre la oligarquía romana. Conquistado el poder, desde el 48 gobernó Italia mientras César proseguía la lucha contraPompeyo en África.
- Papiniano Emilio Papiniano (en latín, Aemilius Papinianus), también conocido simplemente por el nombre de Papiniano, (Siria, 142-Roma, 212) fue un jurisconsulto romano, magister libellorum y prefecto del pretorio del emperador Septimio Severo. Fue discípulo del jurista Quinto Cervidio Escévola.
- -Cicerón (Arpino, actual Italia, 106 a.C.-Formies, id., 43 a.C.) Orador, político y filósofo latino. Perteneciente a una familia plebeya de rango ecuestre, desde muy joven se trasladó a Roma, donde asistió a lecciones de famosos oradores y jurisconsultos y, finalizada la guerra civil (82 a.C.), inició su carrera de abogado, para convertirse pronto en uno de los más famosos de Roma.
- Octavio (Cayo Julio César Octavio) Primer emperador romano (?, 63 a. C. - Nola, Nápoles, 14 d. C.). Procedía de una rica familia del orden ecuestre de Veletri (su abuelo fue banquero y su padre, pretor de Macedonia). Por parte de madre era sobrino-nieto de Julio César, el cual le adoptó en el 45 a. C. y le designó su heredero.
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