Caracteristicas Del Absolutismo Español Segun Anderson
Enviado por pzamora • 23 de Octubre de 2012 • 739 Palabras (3 Páginas) • 682 Visitas
Historia Moderna
Taller: Absolutismo
1.
Es solo en mi persona donde reside el poder del soberano, cuyo carácter propio es el espíritu de consejo, de justicia y de razón, es a mí a quien deben mis cortesanos su existencia y su autoridad; la plenitud de su autoridad que ellos no ejercen más que en mi nombre reside siempre en mi y no puede volverse nunca contra mi; solo a mi pertenece el poder legislativo sin dependencia y sin división; es por mi autoridad que los oficiales de mi Corte proceden no a la formación, sino al registro, a la publicación y a la ejecución de la ley; el orden público emana de mi, y los derechos y los intereses de la Nación, de los que se suele hacer un cuerpo separado del Monarca, están unidos necesariamente al mío y no descansan más que en mis manos.
Discurso de Luís XV al Parlamento de París, 3 de marzo de 1766
2.
Las leyes de naturaleza, tales como las de justicia, equidad, modestia y piedad (…) son, por sí mismas, cuando no existe el temor a un determinado poder (…), contrarias a nuestras pasiones naturales, las cuales nos inducen a la parcialidad, al orgullo, a la venganza y a cosas semejantes. Los pactos que no descansan en la espada no son más que palabras, sin fuerza para proteger al hombre, en modo alguno. Por consiguiente, a pesar de las leyes de la naturaleza (…) si no se ha instituido un poder (…), cada uno fiará tan solo, y podrá hacerlo legalmente, sobre su propia fuerza y maña, para protegerse contra los demás hombres.
El único camino para erigir semejante poder común, capaz de defenderlos (…) asegurándoles de tal suerte que por su propia actividad y por los frutos de la tierra puedan nutrirse (…) es conferir todo su poder y fortaleza a un hombre o a una asamblea de hombres, todos los cuales (…) puedan reducir sus voluntades a una voluntad.
HOBBES, T.: Leviatán, 1651
3.
Cuando los poderes legislativo y judicial se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el Senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.
Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del legislativo y del ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador; y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un opresor.
En el Estado, en que un hombre solo o una sola corporación de próceres, o de nobles, o del pueblo, administrase los tres poderes, y tuviese la facultad de hacer las leyes, de ejecutar las resoluciones públicas y de juzgar los crímenes y contiendas de los particulares, todo se perdería enteramente.
MONTESQUIEU, Barón de: El
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