Caso De Leidy Taamyo
Enviado por jesica12345 • 13 de Mayo de 2014 • 839 Palabras (4 Páginas) • 592 Visitas
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I. RESUMEN
1. El 12 de mayo de 1998 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la CIDH”) recibió una petición presentada por la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (en adelante “los peticionarios”), en la cual se alega la responsabilidad de agentes de la República de Colombia (en adelante, “el Estado” o “el Estado colombiano”) en la muerte de la niña Leydi Dayán Sánchez, de 14 años de edad, ocurrida el 21 de marzo de 1998 en el Barrio El Triunfo, Ciudad de Kennedy, Bogotá, República de Colombia.
2. Los peticionarios alegaron que el Estado era responsable por la violación del derecho a la vida (artículo 4), las garantías judiciales (artículo 8), la protección judicial (artículo 25), los derechos del niño (artículo 19) y el derecho a la verdad (artículos 8, 25 y 13) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”) en perjuicio de la víctima y sus familiares, así como de la obligación genérica de respetar y garantizar los derechos protegidos en dicho Tratado, prevista en su artículo 1(1). El Estado colombiano, por su parte, sostuvo que las garantías judiciales y la protección judicial consagradas en la Convención Americana habían sido observadas en el proceso ante la justicia militar y que se habrían desarrollado todas las actuaciones y los procedimientos legales y constitucionales para esclarecer de manera imparcial los hechos.
3. Tras analizar los elementos de hecho y de derecho aportados por las partes durante el trámite, la Comisión concluye que la República de Colombia es responsable por la violación al derecho a la vida de la niña Leydi Dayán Sánchez, así como de los derechos del niño, las garantías judiciales y la protección judicial, consagrados en los artículos 4, 19, 8 y 25 de la Convención Americana. La Comisión concluye también que el Estado ha incumplido con su obligación de garantizar los mencionados derechos protegidos en la Convención Americana de conformidad a lo establecido en el artículo 1(1) del Tratado.
II. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN
4. El 26 de mayo de 1998 la CIDH procedió a dar trámite a la petición, bajo el N° 12.009 conforme a las normas del Reglamento vigente hasta el 30 de abril de 2001 y transmitió las partes pertinentes de la denuncia al Estado con un plazo de 90 días para presentar observaciones. Tras sustanciar el trámite de admisibilidad, la Comisión declaró el reclamo admisible mediante su Informe 43/02. El 9 de octubre de 2002 la Comisión transmitió el Informe de Admisibilidad a las partes y otorgó un plazo de dos meses a los peticionarios para presentar sus alegatos sobre el fondo. En la misma
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