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Causales de despido


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2011  •  Monografía  •  2.290 Palabras (10 Páginas)  •  974 Visitas

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Introducción

Objetivo: El objetivo de este trabajo, es mostrar las causas más comunes de despido injustificado y cómo el trabajador puede defenderse y/o actuar ante ellas a través de algunos ejemplos encontrados en el libro de Baltasar Cavazos Flores: “Causales de despido”. Enfocándonos principalmente en el Artículo 47 de dicha ley.

A lo largo del tiempo, las relaciones empleado-patronales han evolucionado y han pasado de ser un simple contrato de arrendamiento regulado por el derecho civil, (donde se creía que el patrón arrendaba los servicios del empleado a través del pago de un salario como ocurre cuando se arrienda una casa) a ser una materia independiente y regulada por la Ley Federal del trabajo, quien especifica que para que pueda existir un contrato, (ya sea individual o colectivo) las relaciones entre el empleado y patrón deben ser establecidas a través de un documento legal llamado contrato. Este documento es un acuerdo de voluntades por escrito con la característica que el empleado se subordinará al patrón y también aquí se especifica claramente los derechos y obligaciones de ambas partes de manera clara y concisa. (Datos de ambas partes, el tipo de relación de trabajo, el tipo de servicios a prestarse, lugar de prestación del servicio, duración de la jornada y la forma monto del salario). Esto es debido a que se piensa que el patrón, dada su posición de poder, por naturaleza tiende a aprovecharse del trabajador.

Un ejemplo de esto, es la antigua existencia de los contratos “a prueba” y de 28 días, donde comúnmente se hacía trabajar a los empleados por un tiempo corto para luego ser despedidos sin ninguna razón y, después de un par de días sin ninguna prestación ni beneficios, ser contratados de nuevo con el fin de evitar la existencia de antigüedad y además evadir las normas establecidas por la Ley Federal del Trabajo.

Y, aunque se ha tenido la intención de buscar diversas formas de evitar casos como este a través de la vigilancia del cumplimiento de las normas del la ley federal del trabajo, esta intención no se ha podido cumplir satisfactoriamente en algunos casos, ya que a veces el patrón, rompe la relación de trabajo de manera temporal o permanentemente (esta relación surge a partir de la iniciación de la prestación del servicio y puede ser por tiempo definido, indefinido o por obra) de manera injusta y busca no retribuirle al empleado la compensación que merece. Argumentando que el despido fue justificado y que por ende, el trabajador no merece compensación alguna y justificándose sin razón en el Art. 42 de la Ley Federal del Trabajo si se trata de una suspensión de la relación laboral, el Art. 53 del mismo documento si se trata de terminación del contrato y finalmente, el Art. 47 si se trata de una rescisión.

Además, considero que este es un tema de mucha importancia debido a la falta de información y conocimiento del trabajador sobre sus derechos y obligaciones laborales, ya que hoy en día y cada vez más frecuentemente, se ha propiciado un mayor abuso del patrón hacia sus trabajadores gracias a la mala o incompleta interpretación de los artículos de la Ley Federal del trabajo como veremos más adelante.

Desarrollo

Para empezar, nos enfocaremos en la fracción primera del Art 47 que dicta que “Engañarlo el trabajador, o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes y facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de 30 días de prestar sus servicios el trabajador”.

Esta fracción ha provocado despidos injustificados debido a que el patrón, escudándose en ella, ha despedido a empleados que durante los primeros 30 días de servicio, no han podido desempeñar el trabajo acordado por diversas causas que no son el engaño por presentación de documentos falsos. Así que, si no hay engaño, el patrón no puede despedir bajo esta justificación al empleado sin importar la incompetencia de este. (Un ejemplo de esto sería que un patrón contratara a una secretaria y, al ver que ella no puede adaptarse a la carga de trabajo, trate de despedirla basándose en esta fracción).

Asimismo, con respecto a la fracción II, que dice: “Incurrir el trabajador, durante sus labores, en falta de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia”. Aquí, el problema reside en que el amago, no es razón suficiente para despedir a alguien sin compensación alguna, ya que “los malos tratamientos son muy difíciles de decidir y mucho más difíciles de comprobar”. Así que esta fracción sólo es aplicable si el trabajador obró sin ser provocado y sin responder en defensa propia. (Un ejemplo podría ser que un empleado le diga a su superior que es un hijo de…. Sin mencionar la palabra “puta”, se trataría de un despido injustificado).

Mientras tanto, en a fracción IV, que dicta que “Cometer el trabajador, fuera de servicio, contra el patrón, sus familiares o personal directivo o administrativo, alguno de los actos a que se refiere la fracción II, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo”. Puede causar un despido injustificado si el patrón no puede comprobar la imposibilidad del cumplimiento de la relación laboral. (aquí un ejemplo sería que el trabajador insulte a su patrón pero argumente que dicho acto no hace “imposible” la relación de trabajo).

Por otra parte, en la fracción VI, que dictamina que “Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la fracción anterior siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia tal que ella sea la causa única del perjuicio”. Aquí, sería un despido injustificado si un “trabajador negligente ocasiona perjuicios graves al patrón, pero su negligencia no es la cause única del despido”. (Un ejemplo de esto sería que el empleado arruinara una máquina simplemente por falta de capacitación y no por alguna otra causa)

Con respecto a la fracción X, que dice que “tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada”. En este caso, la excepción que podría causar un despido injustificado, sería que el trabajador hubiera tenido permiso del patrón y que además, la falta fuera justificada. Asimismo, las faltas no pueden confundirse con el abandono de trabajo (el abandono ocurre cuando el empleado llega a trabajar y de repente se marcha durante las horas que dura la jornada de trabajo) ni con los retardos. (Con respecto a los retardos, estos

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