Codigo Penal Oaxaca
Enviado por flavioxx • 3 de Julio de 2015 • 476 Palabras (2 Páginas) • 286 Visitas
PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS
Artículo 1. Finalidad del proceso
El proceso penal tiene por objeto establecer la verdad procesal, garantizar la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto surgido como consecuencia del delito, para contribuir a restaurar la armonía social entre sus protagonistas, en un marco de respeto irrestricto a los derechos de las personas reconocidos en las Constituciones Federal y Local, en los tratados internacionales ratificados por el Senado de la República y en las leyes.
Artículo 2. Juicio previo y debido proceso
Nadie podrá ser condenado a una pena ni sometido a una medida de seguridad sino después de una sentencia firme obtenida luego de un proceso expedito, tramitado con arreglo a este Código y con observancia estricta de las garantías y derechos previstos para las personas en las Constituciones Federal y Local, en los tratados internacionales ratificados por el Senado de la República y en las leyes.
Artículo 3. Principios rectores
En el proceso penal se observarán especialmente los principios de oralidad, publicidad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración, en las formas que este Código determine.
Los principios, derechos y garantías previstos por este Código serán observados en todo proceso del cual pueda resultar una sanción penal, medida de seguridad o cualquier otra resolución que afecte los derechos de las personas.
Artículo 4. Regla de interpretación
Deberán interpretarse restrictivamente las disposiciones legales que coarten o restrinjan de cualquier forma, incluso cautelarmente, la libertad personal, limiten el ejercicio de un derecho conferido a los sujetos del proceso, establezcan sanciones procesales o exclusiones probatorias. En esta materia, se prohíben la interpretación extensiva, como la analogía y la mayoría de razón, mientras no favorezcan la libertad del imputado ni el ejercicio de una facultad conferida a quienes intervienen.
Artículo 5. Presunción de inocencia
El imputado será considerado y tratado como inocente en todas las etapas del proceso y en la aplicación de la ley penal, mientras no se declare su culpabilidad por sentencia firme, conforme a las reglas establecidas en este Código.
En caso de duda, se estará a lo más favorable para el imputado.
Ninguna autoridad pública podrá presentar a una persona como culpable ni brindar información sobre ella en ese sentido hasta la sentencia condenatoria.
En los casos de quienes se encuentren sustraídos a la acción de la justicia, se admitirá la publicación de los datos indispensables para su aprehensión por orden judicial.
El juez o el tribunal limitará por auto fundado y motivado la intervención de los medios de comunicación masiva cuando la difusión pueda perjudicar el normal desarrollo del proceso o exceda los límites del derecho a recibir información.
...