Comercio Inter
Enviado por RLASSO • 31 de Octubre de 2013 • 654 Palabras (3 Páginas) • 341 Visitas
Artículo 81 Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas
Químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de
Residuos nucleares y desechos tóxicos. El Estado regulará el ingreso al país y la salida de él de los recursos genéticos, y su utilización, de acuerdo con el interés nacional.
Artículo 81. Influye de manera positiva, ya que es una medida de prevención con los ciudadanos, el país y todo su entorno a excepción de los recursos genéticos mencionados, los cuales deben seguir normas o requisitos estipulados por la ley
Artículo 150: Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes funciones: 1. Interpretar, reformar y derogar las leyes. 2. Expedir códigos en todos los ramos de la legislación y reformar sus disposiciones. 3. Aprobar el Plan Nacional de Desarrollo y de inversiones públicas que hayan de emprenderse o continuarse, con la determinación de los recursos y apropiaciones que se autoricen para su ejecución, y las medidas necesarias para impulsar el cumplimiento de los mismos. 4. Definir la división general del territorio con arreglo a lo previsto en esta Constitución, fijar las bases y condiciones para crear, eliminar, modificar o fusionar entidades territoriales y establecer sus competencias.
Artículo 339: En la parte general se señalaran los propósitos y objetivos nacional de largo plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica ambiental y social, los planes de la santidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones de medio y corto plazo.
Artículo 340: Habrá un Consejo Nacional de Planeación integrado por representantes de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales.
En las entidades territoriales habrá también consejos de planeación, según lo determine la ley.
El Consejo Nacional y los consejos territoriales de planeación constituyen el Sistema Nacional de Planeación.
Artículo 341: El Plan Nacional de Inversiones se expedirá mediante una ley que tendrá prelación sobre las demás leyes; en consecuencia, sus mandatos constituirán mecanismos idóneos para su ejecución y suplirán los existentes sin necesidad de expedición de leyes posteriores. Con todo, en las leyes anuales de presupuesto se podrá aumentar o disminuir las partidas y recursos aprobados en la ley del plan. Si el Congreso no aprueba el Plan Nacional de Inversiones Públicas en un término de tres meses después de presentado, el Gobierno podrá ponerlo en vigencia mediante decreto con fuerza de ley.
El Congreso podrá modificar el Plan de Inversiones Públicas siempre y cuando mantenga
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