Constitución de 1917. Artículo 27. (05 de Febrero de 1917)
Enviado por Karla_10 • 10 de Marzo de 2017 • Resumen • 953 Palabras (4 Páginas) • 401 Visitas
Con motivo de la conmemoración de los 100 años de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 que se cumplieron el 05 de Febrero de 2017, debemos considerar la importancia para el Estado Mexicano de tener esta constitución, si transcribimos el concepto de Estado: “Es una sociedad humana establecida en el territorio que le corresponde, estructurada y regida por un orden jurídico, que es creado, definido y aplicado por un poder soberano para obtener el bien público temporal formando una institución con personalidad moral y jurídica”-1; lo que da la importancia como una condición de ser un Estado de contar con un Orden Jurídico, que si nos atenemos al concepto de constitución “como un conjunto de normas jurídicas que contiene las disposiciones en algún sentido fundamentales de un Estado” -2. Considerando lo anterior, una constitución es una condición para que un país pueda constituirse en un estado.
Los antecedentes constitucionales en México datan de la Constitución de Cádiz de 1812 y más cercana a nosotros la Constitución de Apatzingán de 1814 inspirada en los Sentimiento de la Nación (de José María Morelos y Pavón), en dicha constitución estaban consignados el ideario de nuestra nación, los conceptos fundamentales que nos iban a regir. Si bien esta constitución (1814) nunca rigió, si fue considerada cuando se escribió la constitución de 1824, casi cuatro años después de nuestra independencia de 1821, en strictum sensus el Estado Mexicano creado en 1821 no contaba con una constitución propia sino hasta que se promulgo la de 1824.
El siguiente antecedente constitucional es la de 1857, que marca los cambios sociales que se dieron en los 33 años que van de una constitución a otra, todavía no consigna la separación de la iglesia del estado y ni la libertad de conciencia, si bien en el Artículo 28 establece la prohibición de los monopolios. Después de la Guerra de Reforma, de la Invasión Francesa, la Imposición de un Emperador extranjero, de la restauración de la legalidad, de la Dictadura porfiriana, se hacía necesario revisar la constitución de 1857, pues todos los acontecimiento reseñados anteriormente habían dejado una profunda huella en la sociedad mexicana que debía redactar de nuevo sus conceptos fundamentales en una nueva constitución.
La constitución de 1917 fue la más avanzada en su época en materias políticas, sociales y económicas: retomó de la legislación española la Soberanía del Estado sobre el Territorio y también los recursos naturales y del subsuelo, fue la raíz del Derecho Económico, fue avanzada en el mundo en tema como Derecho Laboral, Derecho Social, la educación laica, gratuita y obligatoria, etc.
El derecho Económico Mexicano del Artículo 27 Constitucional
El artículo 27 Constitucional en materia de hidrocarburos redactado en la constitución de 1917 establece en el 4to, 5to y 6to párrafo el dominio del estado mexicano sobre sus recursos naturales, y aunque establece que se pueden otorgar concesiones, estas deben de ser a empresas que deben de tener ciertas características:
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