Constitucion Centralista De 1836
Enviado por Alexiskoz • 13 de Julio de 2015 • 1.182 Palabras (5 Páginas) • 245 Visitas
Un buen número de mexicanos de la primera mitad del siglo XIX estaban convencidos de que el centralismo era la mejor manera de resolver los problemas de México.
Para conservar el orden político y social, lucharon por establecer una autoridad central radicada en la Ciudad de México, con poder de hacer leyes y mandar ejecutarlas de manera uniforme en todo el territorio nacional.
Pensaban que el país requería un gobierno fuerte para terminar con la anarquía imperante que ellos atribuían a la Constitución federal de 1824. Consideraban que el federalismo, inspirado en la cultura jurídica anglosajona, era ajeno a la tradición jurídica mexicana formada durante la época colonial.
La mayor parte de los centralistas pertenecían a la élite socioeconómica criolla de ese periodo. Repudiaban cualquier elemento igualitario o participativo proveniente de los revolucionarios franceses o de los Estados Unidos por considerar que causarían un rompimiento de la estructura social y llevaría al caos.
No negaban los derechos humanos limitados por el dogma católico, como era común en la época. Por el contrario, limitaban los derechos políticos a la fortuna y a la propiedad, con lo que excluían del voto a la mayor parte de la población.
Consideraban la religión católica como lazo único de unión y defendían a ultranza los privilegios de la Iglesia. Se apoyaban en el ejército, que conservaba la oficialidad y los privilegios del ejército realista que había combatido a los insurgentes.
Con el tiempo, la ideología centralista se fue identificando como “conservadurismo”. Su principal exponente fue el ilustre político e historiador Lucas Alamán.
El Estado federal se creó por la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787. Las antiguas trece colonias inglesas, convertidas después de la independencia en estados independientes con sus propias constituciones, organización interna y leyes, se unieron en una República creando un gobierno nacional común con tres poderes —Congreso con dos Cámaras (representantes y senadores), presidente de la República y poder judicial encabezado por una Suprema Corte— dotados de las funciones y atribuciones en lo que se consideró de interés común, pero conservando sus constituciones particulares, ahora ajustadas a la nacional, sus propios poderes locales y aquellas facultades que no fueron expresamente concedidas a los poderes federales.
Fue éste el esquema que las provincias impusieron en México en 1824 para garantizar sus libertades y necesidades propias.
El Estado centralista se propuso como forma alternativa al federal. Francia recogió el centralismo tradicional de sus provincias en las constituciones revolucionarias y en las posteriores de las eras napoleónica y de la monarquía restaurada.
En la organización centralista hay sólo poderes nacionales —legislativo, ejecutivo y judicial— asentados en la capital del país. Hay una Constitución única que crea un solo punto de emisión de leyes por una asamblea nacional —se le denomine así o de otra forma— que se aplican en todo el territorio por un poder ejecutivo único.
En México la República fue concebida como centralista en 1836 y 1843, oponiéndola al modelo federal. Su inspiración teórica provenía del centralismo francés conforme al modelo del “consulado” adaptado a la República.
Las Siete Leyes Constitucionales de 1836
En las elecciones de 1832 triunfaron Antonio López de Santa Anna como presidente y Valentín Gómez Farías como vicepresidente. En ausencia del primero que haciendo gala de su oportunismo se retiró, pretextando mala salud, con el propósito de esperar la definición de la victoria de una de las fuerzas políticas en pugna, el vicepresidente tomó el mando. Gómez Farías inició la reforma de la Iglesia, mediante el aprovechamiento de sus propiedades inmobiliarias ociosas y la eliminación de fueros excluyentes de la justicia estatal de
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