Constituciones de Venezuela (1936-1999)
Enviado por valeriaabarreto • 17 de Mayo de 2021 • Tarea • 4.696 Palabras (19 Páginas) • 389 Visitas
Constituciones de Venezuela (1936-1999)
INTRODUCCIÓN
La constitución de un país es el documento de mayor rango de importancia en materia jurídica, según la pirámide de Kelsen, la carta magna es la ley de máxima en la jerarquía que establece la división de poderes de un estado, asimismo como todos los derechos y garantías de cada habitante, en este caso Venezuela.
La teoría Kelsiana (pirámide de Kelsen), señala la relevancia del desligamiento de toda influencia psicológica, teológica y sociológica para la construcción de un modelo jurídico ideal, siguiendo unos parámetros de rango, categorizando las leyes según su predominación.
En virtud de ello, en la cúspide de esta pirámide se encuentra la constitución de un país, como máximo documento que rige las leyes de un territorio, en adaptación al marco jurídico venezolano, esta se encuentra dividida en tres partes, en primer lugar, consta de un preámbulo, que de manera poética narra los principios y valores morales de la nación en confluencia del pensamiento de nuestros próceres más relevantes, en segundo plano, se halla la dogmática, que de manera detallada despliega los derechos y garantías de los venezolanos y finalmente el segmento orgánico, que es aquella que organiza los poderes públicos, los entes que los representan , y la función de cada uno de ellos.
Por otra parte, la historia constitucional de nuestro país se gesta desde la época independentista, que es a partir del año 1811, y durante más de un siglo el rumbo de la historia fue cambiando y la carta magna de Venezuela sufrió una serie de enmiendas y configuraciones que iban acorde con el contexto social de cada periodo presidencial en pro a los intereses de los gobernantes de turno.
Según grandes historiadores de Venezuela, la patria se ha visto inmersa en periodos presidenciales provisionales, golpes de estado, e incluso dictaduras que han marcado hito en nuestro pasado y en el presente, en virtud de ello es vital extraer la importancia de la historia constitucional desde un periodo en el cual el país conoce la primera carta magna posterior a una dictadura que violó sus derechos durante más de dos décadas, y la importancia de la promulgación de la misma para conocer las transformaciones que haya sufrido hasta llegar a la constitución que se encuentra vigente en la actualidad, porque se considera vital que los ciudadanos conozcan las leyes y garantías que los respaldan.
Constitución de los Estados Unidos de Venezuela, 1936
El Poder Legislativo elige a Eleazar López Contreras Presidente Constitucional para el período 1936-1943, y sanciona una nueva Constitución en 1936, que no recoge las reivindicaciones a las cuales se aspiraba y que más bien conserva normas que atentan contra los derechos democráticos del pueblo. Dicha Constitución reduce de 7 a 5 años el lapso presidencial.
López Contreras da un viraje a la política nacional, se reforma la primera constitución democrática de los Estados Unidos de Venezuela, aunque termina con el carácter personalista en pro a los intereses de Gómez, conserva muchas características de constituciones anteriores.
Entra en vigencia el 16 de septiembre de 1936 y promulgada por el Presidente Eleazar López Contreras, entro lo mas resaltante encontramos que los senadores y diputados se eligen por medio de elecciones de segundo grado, y tienen la tarea de elegir al presidente de la república. Por su parte se modifica el nombre del estado Zamora al estado Barinas.
Para esta nueva constitución se permite la participación de mujeres en elecciones de concejo municipal, además se prohíbe la propaganda comunista. Finalmente
Finalmente, se deduce que la constitución de 1936 conserva en su mayoría las disposiciones de constituciones gomecistas y castristas, salvo la enmienda más predominante que fue la reducción del periodo presidencial.
Muchos artículos de esta constitución en nuestros días han perdido vigencia e incluso fueron cambiadas radicalmente, sin embargo fue la primera constitución que abre las puertas a la democracia de Venezuela.
Constitución de los Estados Unidos de Venezuela (reforma), 1945
Esta constitución es básicamente una reforma de lo que era la constitución del año 1936, promulgada por el presidente encargado de ese tiempo, el General Isaías Medina Angarita, ubicándonos en el contexto de aquellos tiempos en los que la democracia todavía no era absoluta en muchos aspectos, se ven algunos avances al respecto en esta reforma. Estudiando la evolución de la constituciones que ha tenido nuestro país, es muy notable ver como poco a poco se fueron dando pasos lentos pero firmes hacia la igualdad totalitaria (al menos en los intereses generales), de los venezolanos.
Los cambios que trajo la reforma de 1945 no fueron tan relevantes, a comparación de otras constituciones, pero sin duda sus principales características marcaron un inicio. Hubieron muchas modificaciones como por ejemplo: el artículo 32, en el cual se modificaron varios textos ordinales (2, 6, 9,14 y 17), sin embargo una de las cosas que logra esta reforma constitucional es abrirle paso a lo que es hoy nuestro irrevocable derecho al ejercer el sufragio, se modifica el texto ordinal número 14, en el cual se le permite votar a los jóvenes mayores de 21 años que sepan leer y escribir y a las mujeres venezolanas (aunque solo a nivel municipal), es importante decir que esto se debió a protestas que llevaban a cabo grupos de mujeres que de manera justificada exigían que la mujer de una u otra manera fuera tomada en cuenta en estos asuntos. Si bien, con la alfabetización requerida para votar, se le quitaba aún participación a gran parte de la población del país y era visible la desigualdad de género viendo lo importante que era para el gobierno la ponencia de las mujeres a nivel electoral.
Resalta también el artículo 56 en esta reforma ya que se da a conocer otra novedad, se establece la votación directa de los diputados en cada estado.
Constitución de los Estados Unidos de Venezuela (1945):
“Artículo 56.- Para formar la Cámara de Diputados se elegirán, en cada Estado y en el Distrito Federal, por votación directa y de conformidad con la legislación federal sobre elecciones, un Diputado por cada treinta y cinco mil habitantes y uno más por cualquier exceso que no baje de quince mil. El Estado cuya población no alcance a treinta y cinco mil habitantes elegirá un Diputado. De la misma manera se elegirán suplentes, en número igual al de los Principales, para substituir a éstos en las vacantes que ocurran, por el orden de su elección. No se computarán en la base de población los indígenas no reducidos.”.
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