La Constitucion De Venezuela 1999
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CONSTITUCIÓN
TÍTULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Principios Fundamentales [editar]
El primer título (artículos 1º a 9º), establece el cambio de nombre del país de "República de Venezuela" a "República Bolivariana de Venezuela" además una serie de principios elementales de un Estado de derecho. Este título resume la filosofía política de la Constitución, en cuanto toca a la relación del hombre con el poder. Así, establece, por ejemplo que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y reconoce la importancia de la justicia social y del respeto a los derechos fundamentales. Contiene diversos principios inspiradores de la organización política del Estado: soberanía nacional, democracia participativa, forma federal descentralizada, etc. El valor jurídico de la Constitución es regulado por ella misma: se trata de una norma, por consiguiente su observancia es obligatoria para toda persona, institución o grupo, y evidentemente también para todos los órganos del Estado. El principio de respeto al Estado de derecho se completa mediante los principios de legalidad, los símbolos de la patria y los idiomas oficiales.
Artículo 1
. La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador. Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.
Análisis:
La República Bolivariana de Venezuela es y será siempre libre e independiente y esto no podrá ser cambiado, fundamentada en los valores de la libertad, la igualdad, la justicia y la paz internacional que promoviera el libertador Simón Bolívar, siendo por ello derechos fundamentales que no se le pueden quitar a la población la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación de la nación.
Artículo 2.
Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Análisis:
Venezuela se encuentra compuesta por un estado democrático y social con derechos y de justicia, que apoya el ordenamiento jurídico, la vida, la libertadla justicia, la igualdad, la solidaridad, la responsabilidad social y en general todos los derechos humanos y el pluralismo político, el que permite la existencia de una mayor democracia y participación popular.
Artículo 3
. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Análisis:
El estado tiene como deber principal y finalidad la protección y garantizar el crecimiento y desarrollo de los ciudadanos, así como los valores respectivos para la buena formación de los ciudadanos, así como el ejercicio
Democrático de la voluntad del pueblo para lograr la formación de una sociedad
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