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DERECHO ESPAÑOL


Enviado por   •  3 de Octubre de 2011  •  1.029 Palabras (5 Páginas)  •  852 Visitas

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EL DERECHO CASTELLANO A FINES DEL SIGLO X V

Derecho Público:

Los monarcas de Castilla lograron unificar el derecho de ese reino, a través de las codificaciones, tales como El Ordenamiento de Alcalá, el Código de las Siete Partidas y las Ordenanzas Reales de Castilla.

A traves del descubrimiento se promulgaron las Leyes de Toro, importante recopilación de legislación castellana. Estos cuerpos de leyes suplantaron en gran parte los fueros de la nobleza, del clero, de las ciudades, de los gremios y de las órdenes militares.

Se centralizó el poder en manos de un rey con pretensiones de designado de Dios, en un momento en qué, en España por lo menos, el fanatismo religioso, racial y nacional, eran una misma cosa.

Derecho Privado en Castilla A Fines del Siglo XV

EL derecho Romano-Justiniano habia arraigado en Castilla, luego de la extinción paulatina del antiguo derecho germánico visigótico que rigió durante gran parte de la Edad Media en la Península.

Estos principios, vigentes hoy día en la mayoría de las legislaciones del occidente donde no han sido suplantados por principios más modernos, basandose en la igualdad entre los ciudadanos. Este legado romano llegó a esta colonia por vía directa e indirecta.

Por vía directa:

podemos decir que a través de la legislación clerical que regía para todo lo relativo al estado civil de las personas.

por vía indirecta:

con el ingreso a la legislación vigente del Medioevo, es inaplicable en una sociedad que empezaba un desarrollo económico de tipo capitalista.

La Propiedad:

En cuanto a la ocupación, la prescripción, la venta, la permuta y las sucesiones fueron los medios clásicos para adquirir propiedad de bienes muebles e inmuebles. El derecho de propiedad estuvo durante la alta Edad Media restringido a la nobleza y al clero, pero poco a poco fue abriéndose a la burguesía.

Las Siete Partidas fue permitido a todos los hombres "libres". Otros modos especiales de adquisición de derecho de propiedad inmobiliar en Castilla Medieval fueron las "mercedes" y los "repartimientos".

Las "mercedes" fueron donaciones del Monarca de terrenos de su propio patrimonio y del de la Corona (a miembros de la alta nobleza o del clero en pago de algún servicio).

Otro fue el de los "repartimientos", que surgieron como consecuencia de la reocupación de vastas regiones de Castilla y de Andalucía.

Las Personas:

Afines del Siglo XV, los países de la Península Ibérica, como muchos de parecida evolución, tenían un concepto sobre la Capacidad jurídica de las personas que era mezcla de derecho romano, derecho canónico y del derecho visigótico.

Las Siete Partidas definen a la persona humana como:

Aquella que había nacido viable y que hubiese sido bautizada, O sea, que el no católico no era un ser con derecho plenoplenitud de derechos.

Las mujeres sufrían una serie de discriminaciones, no podian manejar su proio patrimonio, otorgar testamentos, recibir sucesión, tenian que vivir en constante tutela por sus conyuge.

La esclavitud existía y fue objeto de acomodación para no torcer demasiado los principios evangélicos. Los hombres libres gozaban de plenitud de derechos, por lo menos teóricamente ya que evidenciaban gran injusticia y divisiones sociales.

La Familia:

El Código de las Siete Partidas daba al matrimonio un carácter eminentemente religioso. Así, los impedimentos

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