DERECHO PUBLICO
Enviado por ivonnemars • 3 de Julio de 2015 • 4.175 Palabras (17 Páginas) • 152 Visitas
UNIDAD 1.- CONCEPTOS BÁSICOS DEL DERECHO INTERNACIONAL Y PÚBLICO.
1.1: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO.
El Derecho Internacional público es el ordenamiento jurídico que regula el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales, en sus competencias propias y relaciones mutuas, sobre la base de ciertos valores comunes, para realizar la paz y cooperación internacionales, mediante normas nacidas de fuentes internacionales específicas. O más brevemente, es el ordenamiento jurídico de la Comunidad Internacional.
El actual sistema de Derecho internacional público puede definirse como el conjunto de normas jurídicas y principios que las jerarquizan y coordinan coherentemente. Estas están destinadas a regular las relaciones externas entre sujetos soberanos, los Estados, y otros sujetos (sujetos atípicos), a los cuales también se les confiere calidad de sujetos de derecho internacional. El propósito es armonizar sus relaciones, construyendo un ideal de justicia mutuamente acordado por ellos, en un marco de certeza y seguridad que permita realizarla.
Se trata de un conjunto de normas jurídicas con una estructura especialmente adecuada a los destinatarios del sistema y a las necesidades del mismo. La estructura del derecho internacional público es de coordinación, lo que le diferencia de las estructuras de subordinación de los sistemas internos, dónde los sujetos están sometidos a poderes que los condicionan. Esta estructura de coordinación responde a que sus principales sujetos, los Estados, son soberanos, razón por la cual no admiten sometimiento a poder material ajeno que les condicione, aunque si se subordinan, sin perder su atributo, a reglas jurídicas que le obligan sin excepción.
1.2: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.
El Derecho internacional privado es aquella rama del Derecho que tiene como objeto los conflictos de jurisdicción internacionales, los conflictos de ley aplicable, los conflictos de ejecución y determinar la condición jurídica de los extranjeros.
Esta rama del Derecho analiza las relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un interés privado. Esta relación jurídica tiene la particularidad de tener un elemento extraño al derecho local, que suscita ya sea conflictos de jurisdicción o de ley aplicable, y su fin es determinar quién puede conocer sobre el tema y qué derecho debe ser aplicado.
En algunos países a esta rama del derecho se le conoce como Derecho Civil Internacional.
Cabe recalcar que el Derecho internacional privado no soluciona los conflictos, simplemente determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia (Posición Normativista). Modernamente la doctrina está cambiando hacia una posición sustancialista, en donde dentro del DIP se incluyen Normas que resuelven directamente los casos que se puedan plantear, y centra el estudio de esta rama del derecho, no ya en la "Norma indirecta o de conflicto" sino en las relaciones Jurídicas Privadas Internacionales que es donde realmente radican las controversias de las que se hará cargo el Derecho Privado Internacional.
1.3: SOCIEDAD INTERNACIONAL Y COMUNIDAD INTERNACIONAL.
• SOCIEDAD INTERNACIONAL
La sociedad internacional es un conjunto de sujetos de Derecho Internacional Público, unidos por un objetivo común en razón de intereses similares, es decir, es el grupo de comunidades políticas independientes que no forman simplemente un sistema, sino que, además, han establecido, a través del diálogo y del consentimiento, reglas e instituciones comunes para organizar sus relaciones y han reconocido tener intereses comunes para mantener dichos acuerdos.
- Sujetos del D.I.P. (los más típicos)
- ESTADOS
- ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
AMBOS FORMAN LA SOCIEDAD INTERNACIONAL
Dicho en palabras más sencillas, podríamos definir a la sociedad internacional como el conjunto de los Estados y otras entidades capaces de actuar más allá de las fronteras estatales (ONG, organizaciones internacionales, pueblos, corporaciones transnacionales e incluso particulares), que son capaces de interactuar con cada uno y la influencia entre sí de manera significativa.
La Sociedad Internacional también se puede entender como un proceso. Por lo tanto, las características de la Sociedad Internacional pueden cambiar dependiendo del momento histórico.
• COMUNIDAD INTERNACIONAL
La expresión comunidad internacional designa o engloba, de manera relativamente imprecisa y eufemística, al conjunto de actores influyentes en materia internacional. Por tanto y según el contexto en que se aplique este término, el mismo puede referirse a:
• A los actores o países del sistema internacional.
• A la Sociedad Internacional, conjunto de sujetos con personalidad y capacidad jurídica suficiente para sostener relaciones y operar válidamente más allá de sus fronteras.
• A la comunidad internacional regulada por las normas y tratados internacionales, es decir, los sujetos pasivos del Derecho internacional.
• A todos los países representados en la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
• A toda población constituida ad hoc por habitantes de diversos orígenes.
Este término es utilizado por EEUU y sus aliados para referirse a sí mismos con fines propagandísticos, en especial cuando su posición no ha sido refrendada de manera explícita por la ONU, tratando de arrobarse la supuesta representación de una mayoría implícita de naciones.
1.3.1: LOS ESTADOS DE LA SOCIEDAD INTERNACIONAL.
Definición de Estado: Ahora podemos decir que el Estado es una sociedad humana, asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien público temporal de sus componentes.
El estado como actor internacional.
Gonidec lo amplia con el concepto de formación social con el que muestra que un estado viene definido y condicionado, tanto en su estructura como en su actuación internacional, por la conjunción de su base de producción y de su sistema político. Samir Amin lo amplia al sistema de formaciones sociales, que se produce cuando las oposiciones y alianzas de clase en un Estado reaccionan significativamente a las alianzas y oposiciones de otro.
Los estados en el ámbito
...