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Derecho Agrario


Enviado por   •  3 de Abril de 2013  •  7.611 Palabras (31 Páginas)  •  335 Visitas

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INDICE

INTRODUCCIÓN………………………………..............………...…………………………………….…….PAG 02

ANTECEDENTES………………………………………..……………………………………...……………. PAG 02

ÉPOCA PREHISPÁNICA………………………………………………………………………………..…..........PAG 02

PROPIEDAD AGRARIA ENTRE AZTECAS Y LA NUEVA ESPAÑA ……………………………...…PAG 03

ÉPOCA INDEPENDIENTE………………………………………………………………………………...…..PAG 03

ANÁLISIS DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL……………………………………………………….PAG 04

EVOLUCIÓN HISTÓRICA Y REFORMAS…………………………………………………………..…….PAG 04

REFORMAS CONSTITUCIONAL DEL 6 DE ENERO DE 1992……………………………………………PAG 05

NUEVO DERECHO AGRARIO, EL EJIDATARIO Y EL COMUNERO………………………….……… PAG 05

CAPACIDAD AGRARIA INDIVIDUAL……………………………………………………..……………… PAG 05

DERECHOS AGRARIOS INDIVIDUALES…………………………………………………………………….. PAG 05

CALIDAD DE EJIDATARIO………………………………………………………………………....………….. PAG 06

RENUNCIA DE DERECHOS AGRARIOS………………………………………………..………….……… PAG 06

ASPECTOS GENERALES DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EJIDAL……………………........….. PAG 06

TIERRAS PARA ASENTAMIENTO HUMANO………………………………………….………….….. PAG 07

UNIDADES PARCELARIAS ESPECIALES………………………………………………………………. PAG 07

TIERRAS DE USO COMÚN…………………………………………………………………………………PAG 08

TIERRAS PARCELADAS…………………………………………………………………………………………PAG 08

DIVISIÓN Y FUSIÓN DE EJIDOS…………………………………..……………………………………..PAG 08

AUTORIDADES EN MATERIA AGRARIA………………………………………...……………………..PAG 12

CONCLUSIONES…………………………………………….……………………………...………………….. PAG 12

BIBILIOGRAFIAS

ANTECEDENTES

ÉPOCA PREHISPÁNICA

La época prehispánica. Está caracterizada porque el esquema de propiedad de la tierra se encuentra íntimamente relacionada con la organización social y considerando a los mexicanos como el grupo étnico más importante, el esquema de propiedad podemos dividirlo en 3 grandes grupos.

Tierras Comunales (Capulli) A este tipo de tierras corresponde las características de ser cultivada por los miembros de un determinado barrio o calpulli, con la condición única de permanecer en él, asegurando de esta forma el beneficio directo de los miembros de la comunidad.

Tierras Administradas por el Estado (Altepetlalli) Este tipo de tierras se caracteriza por no ser trabajadas por aquellos a quienes beneficiarán los productos que de ella se obtenían ya que las mismas mediante arrendamiento fueron dadas a trabajar a quienes carecían de tierras, quienes recibían parte de lo cosechado y lo demás se entregaba para el provecho y beneficio de sacerdotes, militares y funcionarios públicos.

Tierras de Propiedad Privada (Pillalli) podemos identificarla como aquel grupo de tierras que mediante herencia eran transmitidas entre la clase noble.

PROPIEDAD AGRARIA ENTRE AZTECAS Y LA NUEVA ESPAÑA

la propiedad de las tierras pertenecían al Rey, toda la propiedad territorial se puede decir que se originaba de la voluntad del rey, ya que el era el que distribuía La tierra ya sea a los guerreros que se habían distinguido en la campaña y también a los nobles y los importante sacerdotes de esa época. Los guerreros y los noble no tenían que pagar tributos, ya que ellos eran los únicos con propiedad privada. Había tierras algunas se les denomino con el nombre de altepetlalli estas fueron de uso común y se destinaban a cubrir los gastos públicos. Las tierras del calpullalli pertenecían en propiedad de barrios estos eran donde las familias habitaban, perdían derecho si dejaban de cultivar más de tres años. La tierra la cual integraba el mitlchimalli se usaban para alquiler o se utilizaban para el cultivo; pero había tierras que se ocupaban para explotar denominado teotlalpan.

Después de la conquista los españoles se adueñaron de las mejores tierras; como las del monarca, nobles y la de los guerreros, en la época colonial la propiedad privada se estableció como la Propiedad privada de los españoles, propiedad eclesiástica, propiedad de los pueblos. Pero conforme fue pasando el tiempo empezó una decadencia al grado de que terminaban en manos de la iglesia, México ya cuando inició su independencia siguió decayéndose, aunque hubo intentos para evitar esto, como las leyes de colonización en 1821, la ley de desamortización de 1856, y la ley de nacionalización de bienes eclesiásticos, de 12 de junio de 1859. Pero cada vez se agravaba todo ya que por las leyes de Terrenos Baldíos, la gente empezó a apropiarse de estos terrenos y realizaban denuncias, a través del tiempo empezaron abusos como las tiendas de raya, baja política, esto provocó la Revolución Mexicana de 20 de noviembre de 1910 lo que provocó el cambio en México.

ÉPOCA INDEPENDIENTE

Las diferencias existentes entre las personas propietarias de la tierra y aquellas que la trabajaban en la época colonial hacia el año 1800 se hicieron insostenibles, fundamentalmente porque el reparto de las tierras entre los propios españoles fue in equitativa. Así mismo se comenzaron a hacer mas notorias las diferencias en las clases sociales por lo cual gente como Hidalgo encabezó la rebelión en contra de la Corona Española que concluiría finalmente con la Independencia en 1810, sin embargo se planteó un nuevo problema ¿Cómo repartir la tierra? Porque no dejaron de existir los latifundios ni los mecanismos de explotación de la tierra.

Esta situación dio pauta a la expedición de dos leyes:

1.- La Ley Lerdo

2.- Ley de Nacionalización de Bienes

Éstas, tuvieron como principal función el hacer posible el reparto de las tierras a quienes efectivamente las trabajaba dotando a gran número de personas de un pedazo de tierra que cultivar. Además hicieron posible aproximarse

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