Doctrina
Enviado por jhon023 • 21 de Mayo de 2013 • Tesis • 1.181 Palabras (5 Páginas) • 595 Visitas
DOCTRINA:
DEFINICIÓN:
MARCIAL RUBIO CORREA-EL SISTEMA JURIDICO-Introducción al Derecho- Décima edición-pag 196
La doctrina es el conjunto de escritos aportados al Derecho a lo largo de toda su historia, por autores dedicados a describir, explicar, sistematizar, criticar y aportar soluciones dentro del mundo jurídico.
En el Perú, la deficiencia que normalmente muestra la jurisprudencia en materia de
Discriminación entre la ratio decidendi y el obiter dictum (conceptos a los que nos hemos
Referido en el punto 4 del capítulo V), hace aún más importante la recurrencia a
la doctrina para la debida comprensión y manejo del sistema en su conjunto.
Doctrina según Eduardo García Maynes-introduccion al estudio del derecho-editorial porrua-pag 76: Se da el nombre de doctrina a los estudios de carácter científico que los juristas realizan acerca del derecho, ya sea con el propósito puramente teorico de sistematización de sus preceptops, ya con la finalidad de interpretar sus normas y señalar las reglas de su aplicación.
Ariel alvarez gardiol-manual de introducción al derecho-editorial juris-pag 130:
Constituye una fuente de conocimiento del derecho, que está integrada por las teorías sustentadas por los tratadistas respecto de un determinado problema jurídico.
En el derecho moderno solo actúa a través de la fuerza de convicción de sus argumentaciones, que puedan decidir a los aplicadores respecto de un determinado sentido o de un ámbito de aplicación de la normatividad legal.
COMO FUENTE DE DERECHO:
La doctrina no es una fuente formal del derecho, salvo que la ley se remita a ella , porque no crea normas jurídicas sino que las interpreta, describe, explica y sistematiza para su mejor utilidad y aplicación y contribuye al perfeccionamiento del ordenamiento jurídico vigente.
Ariel Álvarez Gardiol : destaca que la distinción en fuentes formales y fuentes de conocimiento del derecho, es tomada por W. Goldschmidt de Clemente de Diego.
Pero el fundador del trialismo le atribuye -por ejemplo- un alcance muy significativo a la doctrina jurídica, que siendo fuente de conocimiento del derecho puede constituirse también en una fuente real: "Las fuentes del conocimiento de las normas se hallan en la ciencia jurídica. La literatura jurídica nos ayuda a conocer el conjunto de normas elaborando científicamente sus fuentes reales. Se puede, por consiguiente, afirmar que la misión de la ciencia jurídica consiste en convertir las fuentes reales de las normas en fuentes de su conocimiento. Los resultados de la ciencia jurídica forman parte del caudal de consideraciones que gravitan sobre los repartidores al realizar los repartos e igualmente sobre los recipiendarios, sobre todo los grabados, al obedecer a las ordenanzas. Así se produce una continua invasión de la ciencia en el mundo jurídico: las fuentes del conocimiento del mundo jurídico se transforman en fuentes reales de él.
En la misma orientación, Ciuro Caldani ubica a la doctrina jurídica como
parte del derecho positivo; y agrega "la doctrina jurídica abarca las fuentes de
conocimiento, pero es también fuente material
Aquella usa el término "fuentes materiales" como conjunto de fuerzas que repercuten sobre la redacción de la ley o el nacimiento de las costumbres (influencias económicas, políticas, espirituales), o sea, lo utiliza en el sentido de lo que para Goldschmidt serán las "fuentes indirectas" o "mediatas"
dicen Mouchet - Zorraquín Becú: "Pero si en principio las opiniones de los jurisconsultos no son obligatorias, su influencia se impone como fuente materialdel derecho, determinando las soluciones que adoptan las leyes y la jurisprudencia"
Antiguamente en Roma, Augusto concedió a algunos iurisprudentes la facultad de evacuar consultas en problemas de derecho. Los que así tenían el ius publice respondendi gozaban de gran autoridad ante los magistrados. Adriano resolvió que los dictámenes de
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