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EL CONCEPTO DE DERECHO Y SU OBLIGATORIEDAD


Enviado por   •  2 de Julio de 2014  •  Síntesis  •  974 Palabras (4 Páginas)  •  287 Visitas

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derivación, como tampoco los clásicos exponentes de la teoría ni soñaban alcanzar talderivación”. Para Finnis, los principios del derecho natural son los principios de larazonabilidad práctica y esta no emana de los hechos de la existencia humana, sino que preexisten a la situación humana. Es cierto que la razonabilidad práctica opera enrelación con el bien humano. Y los bienes de la existencia humana se hacen patentes enel “

es

” de la existencia humana. Así que, si la situación humana fuese diferente, asicomo su naturaleza y existencia, entonces el código moral producido por las exigenciasde la razonabilidad practica seria diferente. Pero el código no seria producto del “es”,sino que seria el resultado de la aplicación de los principios de la razonabilidad practica.Por eso, considerando a “A” como un bien humano y este puede, en determinadascircunstancias, ser fomentado de la mejor manera en un acto “X”, entonces es unacuestión de razonabilidad practica que “X”, debería ser hecho. La necesidad lógica deque “X” debería ser hecho emana de la razonabilidad, no del hecho de que el bienacaecido sea “A”.

3. EL CONCEPTO DE DERECHO Y SU OBLIGATORIEDAD

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En principio, quien teoriza en el campo de las ciencias sociales, debe tener en cuentaque el orden de cosas que constituye el objeto de su reflexión es práctico: conductas einstituciones destinadas a satisfacer necesidades y exigencias humanas, es decir, es unobrar deliberadamente ordenado a un fin. Por lo que el científico debe prestar atención ala finalidad práctica de los elementos que conformarán su concepto de derecho.Luego es necesario distinguir entre el caso central de la realidad analizada, de los casos periféricos de esa misma realidad. Por ejemplo: la amistad. No es lo mismo la amistadentre novios que la amistad que puede haber entre dos personas que recién se conocen.Este último caso de amistad, compinches como se dice, se entiende mejor si locomparamos con una amistad mayor.La diferenciación entre caso central y casos periféricos, tiene raíces aristotélicas en laherramienta de la analogía, con la distinción entre analogado principal y los analogadossecundarios.Siguiendo a SANTO TOMÁS, podemos decir que el primero significa la realidadabsolutamente considerada. Los segundos significan la realidad considerada en ciertamedida, en relación con algún aspecto, es decir, una realidad relativamente consideradaen relación con el analogado principal. Es en virtud de ésta dependencia, que en lacomprensión de los casos desviados debe tenerse en cuenta el caso central al que hacenreferencia.Siguiendo esta idea, no debe caerse en el error de algunos positivistas, de relegar cuestiones atinentes al derecho injusto argumentando que el derecho injusto no esderecho, debe procederse sin ignorar los casos desviados de la materia en estudio. Estaaceptación de que el derecho injusto es derecho secundum quid no resulta ajena al pensamiento de Santo Tomás, como lo demuestra Finnis. Por ese motivo, para Finnis,aquél integra el objeto de la ciencia jurídica.

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UN ACERCAMIENTO A LAS IDEAS DE JOHN FINNIS

En base a las obras sobre John Finnis del Prof. Dr.

Santiago Legarre.

Trabajo Proporcionado por la Catedra.

Ésta afirmación supone un acercamiento

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