EVIDENCIA DE APRENDIZAJE - DEONTOLOGIA UNIDAD 1
Enviado por ales730529 • 27 de Septiembre de 2018 • Tarea • 1.141 Palabras (5 Páginas) • 297 Visitas
DEONTOLOGIA APLICADA AL SERVICIO PÚBLICO
UNIDAD 3.
ACTIVIDAD 2. CÓDIGOS DE ÉTICA APLICABLES AL SERVIDOR PÚBLICO
Tanto el Servidor Público como el Funcionario pertenecen a la Administración Pública y son personas a las que el Estado les ha conferido un cargo o una comisión, en donde ambos tienen el compromiso de satisfacer sin fines de lucro a la colectividad en general, que posee necesidades básicas que requieren del apoyo de los funcionarios públicos en un sentido más jurídico, apegado al actuar moral y éticos, puesto que ellos son los que ejercen este Derecho y lo hacen valer o en su defecto violentar.
El Código tiene los siguientes fines:
- Fortalecer el carácter de todos los servidores en el desempeño de su trabajo, mediante la promoción de cualidades a través de una cultura de transparencia, honestidad y objetividad con el desarrollo de actitudes y compromiso consigo mismos, la sociedad y con las instituciones a las que pertenecen.
- Establecer los criterios y valores que deben inspirar la conducta ética de los servidores, y que coadyuven a la excelencia de su función, independientemente del cumplimiento de las disposiciones legales que regulan el desempeño de sus funciones.
- Abstenerse de propiciar prácticas que afecten las funciones o actividades para mejorar los estándares de desempeño profesional de los servidores judiciales.
PROHIBICIÓN DE RECIBIR BENEFICIOS INJUSTIFICADOS. Se abstendrán de solicitar o recibir beneficios de cualquier naturaleza, que fomenten o contribuyan al menoscabo de su función o que por cualquier motivo resulten injustificados.
CULTURA DE CONVIVENCIA EN SOCIEDAD. Se procurará que su actuación contribuya a la mejor convivencia humana, robusteciendo el aprecio a la dignidad de la persona y la convicción del interés de la sociedad, sustentando los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, sin privilegio alguno.
PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN. Se fomentará una cultura de prevención y abatimiento de prácticas de corrupción e impulsarán la calidad de sus funciones con el propósito de generar certidumbre en la sociedad respecto de la objetividad e imparcialidad que se emplee y tener un cambio de actitud mediante el ejemplo en el desempeño de sus propias actividades y en su vida personal, familiar y social.
ACTUALIZACIÓN, CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN. Se promoverá la actualización, capacitación y profesionalización continua en las materias relacionadas con sus funciones, de conformidad con la normatividad aplicable, estableciendo en sus respectivos ámbitos de competencia un mecanismo transparente y equitativo, que permita tener acceso a los cursos, pláticas, conferencias o cualquier otro evento organizado o promovido por las instituciones a las que pertenezcan.
TRANSPARENCIA. Se promoverá la transparencia de su actuar como garantía de la toma de sus decisiones, procurando ofrecer, sin infringir el derecho vigente, información útil, pertinente, comprensible y fiable.
En relación con los medios de comunicación social, se actuará de manera equitativa y prudente, y cuidando que no resulte perjudicado derecho ni interés legítimo, o vulnerada norma alguna.
SECRETO PROFESIONAL. Los servidores deberán respetar el secreto profesional, con el objeto de salvaguardar los derechos de las personas frente al uso indebido de informaciones obtenidas en el desempeño de sus funciones, evitando exponer cualquier opinión personal que implique prejuzgar sobre una causa bajo su competencia o resguardo, con excepción de aquellos casos en que exista imperativo legal.
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