ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ejemplos De Principios De Protteccion Y Garantia En Derecho Colectivo


Enviado por   •  24 de Agosto de 2014  •  677 Palabras (3 Páginas)  •  334 Visitas

Página 1 de 3

Obligare' y 'obligatio'. El verbo obligare es bastante antiguo.

Aparece ya en las comedias de Plauto'. Significa atar, ligar, enlazar,

maniatar, encadenar, vincular, obligar. Es usado en sus dos sentidos: el

real o literal y el figurado o metafórico.

Enel segundo, se le halla en el lenguaje jurídico, en el cual tiene dos

A) Obligare rem, atar una cosa, es vincular una cosa a un derecho real,

como darla en garantía (pignus) o afectar un predio a una servidumbre'.

~ B) Obligare personam, vincular a una persona, es imponerle un

deber, una conducta determinada'.

El nombre obligatio emerge en época posterior'.

Verbo y sustantivo - obligare rem, obligare personam, obligatio rei,

obligatio personae - fueron utilizados en los períodos clásico y postclásico.

En este capítulo, nos ocuparemos en exclusividad del obligare

personam y de la obligatio personae.

(1:417. Deji.niJ;l,onesde obligación. Las fuentes traen dos definiciones, , ,en las cuales subyas,e; desde luego, la etimología. ..-------

I La primera de éllas es de Paulo. Se encuentra en el Digesto y hace

I resaltar el elemento de la obligación llamado 'débito' o 'prestación': la

~ \ conducta, que el deudor debe observar en favor del acreedor,para cumplir

\

¡ / la obligación. Su tenor es el siguiente: "La esencia de las obligaciones

no, consisteen que nos entreguen alguna cosa en propiedad o en que nos

: hagan titulares de una servidumbre sino en que constriña a otro a que nos

dé, haga o cumpla algo'".

, La segunda está en las Institutas Justinianeas y se cree sea de Florentino.

¡ Enf:.atiza el segundo elemento de la obligación: la responsabilidad,

que es la sujeción del deudor a las consecuencias derivadas de su

I incumplimiento. Reza así: "La obligación es un vínculo jurídico por el

cual somos constrenidos a pagar algo, necesariamente, de acuerdo con el

derecho de nuestra comunidad política'".

Con las anteriores definiciones, podemos forjar otra: la obligación es

una relación jurídica entre dos sujetos, la cual constriñe a uno de ellos (el

deudor) a realizar en favor de otro (el acreedor) una prestación consistente

en un dar, hacer o no hacer, para cuyo cumpimiento el primero responde

con su cuerpo o con su patrimonio",

El C. C. no define la obligación sino su contrapartida=-: el derecho

personal o el crédito". Sin embargo, la última definición transcrita,

omitida en ella la referencia a la responsabilidad personal ("responde

con su cuerpo"]":", vale también para nuestro ordenamiento.

Prestación y responsabilidad.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com