El Contrato Social - J.J. Rousseau
Enviado por tito13sep • 2 de Febrero de 2013 • 1.208 Palabras (5 Páginas) • 1.141 Visitas
Rousseau comienza constatando el hecho de que, habiendo nacido libre, el hombre se encuentra por doquier encadenado. ¿Cabe la posibilidad de explicar este cambio? La cuestión remite al análisis de la naturaleza misma del orden social, el cual es un derecho sagrado que sirve de base a los demás. Este derecho no procede de la naturaleza, sino que se basa en un pacto, convención o contrato. La única sociedad de derecho natural sería la familia, pero su unión está condicionada a la necesidad que los hijos tienen de sus padres para su propia conservación. Al cesar esta necesidad, acaba el derecho natural: Los hijos se independizan y recuperan su libertad. De este modo, la prolongación de la sociedad familiar se da sólo en función de un contrato voluntario entre sus miembros.
Esta forma de contrato no se impone por la fuerza y la coacción, pues ello negaría la libertad natural del hombre y no institucionalizaría ni permitiría una libertad civil y política adecuada. La única fuente legítima de la autoridad hay que buscarla en las convenciones o pactos entre los hombres. Ahora bien, el hombre no puede enajenar su libertar y someterse a un semejante, pues renunciar a su libertad implica renunciar a su cualidad de hombre, a sus derechos e incluso a sus deberes. Hay que buscar, pues, un medio de establecer y justificar la soberanía y la autoridad colectivas, sin que ello suponga una merma de libertades individuales. Esto no significa que en el orden social político establecido por el contrato no haya –y no deba haber- sumisión y obligatoriedad de la ley. En suma, el problema está en conciliar la obediencia, el orden y la autoridad con la libertad inalienable de los individuos. El contrato Social posibilita esta conciliación; esto es, los hombres no se someten más que a la ley que ellos mismos se han dado con la finalidad de conseguir en la unión social una ayuda indispensable para hacer frente a los obstáculos que ponen en peligro su supervivencia en un orden natural y solitario.
Ernest H. Wright nos suministra este sencillo ejemplo: “Si no hubiera sociedad, no pagaría impuestos, cosa que ahora tengo que hacer. Eso es lo que pierdo. Pero todos los otros miembros también pagan impuestos, y el importe de su tributo, que se utiliza en mi beneficio, equivale a la cantidad que pago para beneficiar al resto. De este modo, mi ganancia es igual a mi pérdida. Sin embargo, juntos podemos hacer con nuestros impuestos cosas que sería imposible llevar a cabo de cualquier otra manera. Juntando, así, nuestras fuerzas, cada uno hereda un poder hasta entonces desconocido. Si ampliamos nuestro ejemplo, el principio sigue teniéndose en pie. Cada deber que tengo con los otros miembros de la sociedad presenta como contrapartida el deber que los demás adquieren en correspondencia por mi beneficio, y, a la vez, todos salimos ganando con la fuerza que deriva de la unión”.
Según este contrato, el individuo no se somete a nadie en particular, pues el contratante no enajena sus derechos a favor de otros individuos, sino a favor de la comunidad, esto es, de la voluntad general. Sin duda que este paso del orden natural al social es beneficioso para los individuos: sus actos comienzan a ser morales, la justicia sucede al instinto, el deber al impulso físico, el derecho al apetito, la razón a su capricho. Con otras palabras, si bien el orden social no es un orden natural, el paso del segundo al primero es fruto de una decisión racional. El individuo pierde su libertad natural, pero obtiene la libertad civil; pierde un derecho vago e ilimitado a todo, pero gana el derecho de propiedad sobre los bienes de uso que llega a
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